{"id":726,"date":"2023-02-25T22:23:43","date_gmt":"2023-02-25T21:23:43","guid":{"rendered":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cc.sanvicente.madrid\/?page_id=726"},"modified":"2026-03-09T12:16:59","modified_gmt":"2026-03-09T11:16:59","slug":"criterios-de-baremacion-de-solicitudes","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cc.sanvicente.madrid\/index.php\/criterios-de-baremacion-de-solicitudes\/","title":{"rendered":"Criterios de Baremaci\u00f3n de solicitudes"},"content":{"rendered":"<p>Los criterios para baremar las solicitudes presentadas en el centro son de dos tipos: prioritarios y complementarios. Pueden ser adem\u00e1s, comunes o espec\u00edficos. Los comunes son los que no var\u00edan su puntuaci\u00f3n porque dependen del alumno o familia (familia numerosa, percepci\u00f3n de RMI, etc). Los espec\u00edficos son los que puntuar\u00e1n o no dependiendo del centro (proximidad, hermanos matriculados, etc.). Por este motivo, al hacer la solicitud en varios centros, se obtendr\u00e1n puntuaciones distintas para cada uno de los solicitados.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed reproducimos los criterios que est\u00e1n recogidos en el Anexo I de la <a href=\"http:\/\/chrome-extension:\/\/efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj\/https:\/\/www.bocm.es\/boletin\/CM_Orden_BOCM\/2025\/12\/09\/BOCM-20251209-19.PDF\" data-wplink-url-error=\"true\">resoluci\u00f3n<\/a>. Para una explicaci\u00f3n m\u00e1s detallada de cada uno de ellos, hay que consultar el Anexo III.<\/p>\n<p><strong>Criterios prioritarios:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>1. Hermanos matriculados en el centro.<br \/>\nEn caso de que haya un hermano matriculado en el centro solicitado: 15 puntos.<br \/>\nEn caso de que haya dos o m\u00e1s hermanos matriculados en el centro solicitado: 30 puntos.<\/li>\n<li>2. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres o tutores legales del alumno.<br \/>\nDomicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales del alumno situado en el mismo municipio que el centro solicitado: 12 puntos.<br \/>\nEn el caso del municipio de Madrid, adem\u00e1s de la puntuaci\u00f3n obtenida por el apartado anterior, si el domicilio familiar o lugar de trabajo de uno de los padres o tutores legales<br \/>\ndel alumno est\u00e1 ubicado en el mismo distrito municipal que el centro solicitado: 1 punto.<br \/>\nDomicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales del alumno situado en un municipio de la Comunidad de Madrid distinto al del centro solicitado: 8<br \/>\npuntos.<\/li>\n<li>3. Renta de la unidad familiar.<br \/>\nAlguno de los padres o tutores legales del alumno es beneficiario de la ayuda de la renta m\u00ednima de inserci\u00f3n o del ingreso m\u00ednimo vital: 12 puntos<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Criterios complementarios:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>4. Padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se<br \/>\nsolicita plaza: 10 puntos.<\/li>\n<li>5. Alumno solicitante perteneciente a familia numerosa. El concebido no nacido se<br \/>\ncontabilizar\u00e1 a los efectos de aplicaci\u00f3n del presente criterio de admisi\u00f3n.<br \/>\n1.o Familia numerosa general: 10 puntos.<br \/>\n2.o Familia numerosa especial: 11 puntos.<\/li>\n<li>6. Alumno solicitante nacido en parto m\u00faltiple: 3 puntos.<\/li>\n<li>7. Alumno solicitante perteneciente a familia monoparental: 3 puntos.<\/li>\n<li>8. Alumno solicitante en situaci\u00f3n de acogimiento familiar: 3 puntos.<\/li>\n<li>9. Existencia de discapacidad f\u00edsica, ps\u00edquica o sensorial legalmente acreditada del<br \/>\nalumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del alumno: 7 puntos.<\/li>\n<li>10. Condici\u00f3n de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero o del terrorismo: 2 puntos.<\/li>\n<li>11. Condici\u00f3n de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o<br \/>\nde alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza: 4 puntos.<\/li>\n<li><strong>CRITERIO DEL CENTRO<\/strong>: padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza y\/o condici\u00f3n de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza: 3 puntos.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Criterios de desempate.<\/strong><\/p>\n<p>Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimir\u00e1n aplicando los criterios en el orden que a continuaci\u00f3n se exponen.<\/p>\n<ul>\n<li>1. Mayor puntuaci\u00f3n obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro<br \/>\nsolicitado.<\/li>\n<li>2. Mayor puntuaci\u00f3n obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o lugar de<br \/>\ntrabajo de alguno de los padres o tutores legales del alumno.<\/li>\n<li>3. Mayor puntuaci\u00f3n obtenida en el apartado de renta de la unidad familiar.<br \/>\n4. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado de padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza.<\/li>\n<li>5. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado alumno perteneciente a familia numerosa.<\/li>\n<li>6. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado alumno solicitante nacido de parto m\u00faltiple.<\/li>\n<li>7. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado alumno solicitante perteneciente a familia monoparental.<\/li>\n<li>8. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado alumno solicitante en situaci\u00f3n de acogimiento<br \/>\nfamiliar.<\/li>\n<li>9. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado discapacidad legalmente reconocida del alumno<br \/>\nsolicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del alumno.<\/li>\n<li>10. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado condici\u00f3n de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero o<br \/>\ndel terrorismo.<\/li>\n<li>11. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado condici\u00f3n de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro<br \/>\npara el que solicita plaza.<\/li>\n<li>12. Mayor puntuaci\u00f3n en el apartado de otra circunstancia acordada por el centro seg\u00fan criterios objetivos y que deben ser hechos p\u00fablicos por el centro.<\/li>\n<li>13. Sorteo p\u00fablico realizado por la consejer\u00eda competente en materia de Educaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los criterios para baremar las solicitudes presentadas en el centro son de dos tipos: prioritarios y complementarios. Pueden ser adem\u00e1s, comunes o espec\u00edficos. Los comunes son los que no var\u00edan su puntuaci\u00f3n porque dependen del alumno o familia (familia numerosa, percepci\u00f3n de RMI, etc). 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