PRUEBAS LIBRES PARA OBTENER EL TÍTULO DE LA E.S.O.
EN ESTE CEPA, PUEDES HACER LAS PRUEBAS LIBRES PARA OBTENER EL TÍTULO DE LA E.S.O.
¿Qué son?
Son exámenes realizados en Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA) que permiten obtener el título de Graduado en E.S.O.
La prueba se organizará en las siguientes partes y ejercicios:
Parte I: Ámbito de Comunicación, constituida por dos ejercicios:
-Ejercicio de Lengua Castellana y Literatura.
-Ejercicio de Lengua Extranjera: Inglés.
Parte II: Ámbito Social, constituida por un único ejercicio.
Parte III: Ámbito Científico-tecnológico, constituida por dos ejercicios:
-Ejercicio de Matemáticas.
-Ejercicio de Ciencias y Tecnología.
El currículo de estos exámenes se puede encontrar en la ORDEN 4049/2024, (desde la página 97 hasta la 154).
Destinatarios
Podrán participar en estas pruebas las personas mayores de dieciocho años, o que los cumplan en el año natural en el que se celebren las mismas, y no estén en posesión del título de Graduado en ESO, ni estén matriculadas en enseñanzas que conduzcan a la obtención del título de Graduado en ESO.
¿Hay que examinarse de todo?
Existen exenciones para realizar alguno de los ejercicios de estas pruebas en función del expediente académico. El artículo 23 de la orden 3944/2024 indica por qué motivos puede ocurrir esto:
- Haber aprobado en el 3º y 4º ESO todas las materias integradas en el ejercicio o parte de la prueba.
- Haber aprobado en 2º PMAR los ámbitos y materias, así como las materias de 4º ESO que incorporen el conjunto de materias integradas en el ejercicio o parte de la prueba.
- Haber aprobado los campos de conocimiento del 6º curso de la Educación Básica para personas adultas que incluyan todas las materias integradas en el ejercicio o parte de la prueba para el que se solicita exención.
- Haber aprobado los ámbitos del Programa de Diversificación Curricular y las materias de 3º y 4º de la ESO que incorporen el conjunto de materias integradas en el ejercicio o parte de la prueba.
- Haber aprobado los ámbitos de las enseñanzas de FPB o CFGB que incluyan todas las materias integradas en el ejercicio o parte de la prueba.
Fechas
Fecha de inscripción en las pruebas: del 19 al 30 de enero de 2026.
Fecha de realización de las pruebas: 20 y 21 de mayo de 2026.
Tasa
No requiere el pago de tasas.
Documentación para la inscripción
1. Solicitud de inscripción debidamente cumplimentada.
2. Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que acredite el cumplimiento del requisito de edad.
3. Si se solicita la exención en alguna parte de la prueba: deberá acompañar a su solicitud la certificación académica oficial de los estudios cursados, emitido por el centro donde cursó dichos estudios o, en su caso, el historial académico de la ESO.
4. Si se solicita el traslado de la calificación obtenida en alguna de las partes de las pruebas superadas en convocatorias anteriores: deberá aportar la certificación oficial de las calificaciones obtenidas de las pruebas para la obtención del título de Graduado en ESO o, en su caso, certificado oficial de estudios en los que figure la superación de algún ámbito de conocimiento de nivel II de la E.S.O. para personas adultas.
5. Si se solicita la adaptación de las pruebas por presentar algún tipo de discapacidad o necesidad específica de apoyo educativo: deberán aportar la documentación pertinente emitida por especialistas de los servicios de orientación educativa o profesionales sanitarios que justifique su petición.
Casos en los que puede solicitarse adaptación (según el artículo 21 de la Orden 3944/24, de 8 de septiembre)
a) Quienes acrediten necesidades educativas asociadas a dificultades específicas de aprendizaje por trastorno del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastorno de atención o trastorno de aprendizaje: dispondrán de adaptación de tiempos.
b) Quienes acrediten déficit visual, necesidades educativas asociadas a dificultades específicas de aprendizaje por trastorno del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastorno de atención o trastorno de aprendizaje dispondrán de adaptación en el formato del examen, en los términos y condiciones que determine cada convocatoria.
c) Quienes acrediten dificultades en motricidad fina o dificultades en la escritura, dispondrán de la posibilidad de realizar las pruebas en formato digital con el uso de ordenador, sin perjuicio de que una vez finalizada cada parte o ejercicio se imprima y sea firmada por el participante en todas sus páginas.
d) Quienes acrediten dificultades de movilidad que requieran realizar las pruebas en un lugar accesible y con espacios adecuados, estos se adaptarán dentro de las posibilidades organizativas del centro.
e) Quienes acrediten déficit auditivo dispondrán de un intérprete de lengua de signos.
*Si la solicitud de adaptación no se corresponde con alguno de los supuestos contemplados en el artículo 21 de la Orden 3944/2024, de 8 de septiembre, el aspirante deberá adjuntar un escrito en el que exponga la adaptación que solicita y adjuntar la documentación que justifique su necesidad.
Normativa reguladora
Orden 3944/2024, de 8 de septiembre (puedes descargarla pinchando sobre ella)
Resolución de 7 de noviembre de 2025 (puedes descargarla pinchando sobre ella)
Instrucciones de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial para el desarrollo de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria destinadas a personas mayores de dieciocho años en la Comunidad de Madrid para el año 2026.
