Revisión y reclamación de calificaciones

Antes de formular cualquier revisión o reclamación, es conveniente que los padres o tutores legales se hayan reunido previamente con el maestro encargado de la asignatura en cuestión.

Tras la comunicación a las familias de las calificaciones de las áreas, el profesorado estará a disposición de las familias para realizar las aclaraciones necesarias sobre las calificaciones obtenidas.

1. En la solicitud de revisión, la familia incluirá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la calificación final o con la decisión adoptada. Dirección trasladará la solicitud a la atención del coordinador de ciclo.

2. El coordinador de ciclo, tras reunirse con el conjunto de profesores que imparten el área objeto de la reclamación, emitirá un informe en el que constará la ratificación o modificación razonada de la calificación o decisión de promoción.

3. El director del centro tras analizar el informe anterior, comunicará por escrito a los padres o tutores legales del alumno en el plazo de cuatro días lectivos desde la finalización del período de solicitud de revisión, la decisión adoptada, lo cual pondrá término al procedimiento de revisión.

En el procedimiento de revisión de las calificaciones finales de las materias, los padres o tutores legales podrán obtener, previa solicitud al director del centro la copia de los exámenes u otros instrumentos de evaluación escritos, que han dado lugar a la calificación correspondiente, lo que se hará por escrito a través de registro y mediante una petición individualizada y concreta, sin que quepa realizar una petición genérica de todos los exámenes. A la entrega de la documentación, el interesado deberá firmar un recibí de su recepción.

Modelo solicitud copia de examen

Modelo recepción copia de examen

Si tras el procedimiento de revisión en el centro, persiste el desacuerdo con la calificación final de curso obtenida en una materia o ámbito o con la decisión sobre la promoción adoptada, se puede presentar por escrito a la Dirección del centro docente, en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación del director del centro, la reclamación ante la correspondiente Dirección de Área Territorial.

La Dirección de Área Territorial resolverá al respecto, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa.

Una vez llegue al centro esta resolución, el centro se la enviará a la familia.