ACTUALIZADO A 28/4/2026
Se ha publicado la CONVOCATORIA de becas de comedor para el curso 2026-2027
El plazo de presentación de SOLICITUDES será desde el día 29 de abril hasta el día 28 de mayo de 2026, inclusive.
Para la tramitación de la solicitud y más información, puedes acceder a través de este enlace:
https://www.comunidad.madrid/educacion/becas-comedor-escolar
Personas destinatarias
Progenitores, tutores, acogedores o personas encargadas de la guarda y custodia de alumnas y alumnos que están matriculados o tienen una reserva de plaza en alguno de los siguientes tipos de centro:
- Escuelas infantiles de titularidad pública.
- Escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos públicos con convenio con la consejería competente en materia de Educación.
- Colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, incluidos aquellos cuyo servicio de comedor sea prestado a través de las entidades locales.
- Colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
- Colegios privados de Educación Infantil, Primaria y Secundaria sostenidos con fondos públicos, en las etapas educativas obligatorias (Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria) y Educación Infantil de segundo ciclo.
- Colegios Rurales Agrupados (CRA), incluidos aquellos cuyo servicio de comedor lo están prestando las entidades locales.
- Institutos de Educación Secundaria, que cuentan con servicio de comedor debidamente autorizado, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
Requisitos
Cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Disponer de una renta familiar por persona inferior a 8.400 euros durante el año económico 2024. Para este cálculo se tienen en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
- Algún miembro de la unidad familiar recibe la Renta Mínima de Inserción.
- Algún miembro de la unidad familiar recibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 euros. Para ello, puedes acreditar el Ingreso Mínimo Vital del 2024, 2025 o 2026.
- Pertenecer a una familia que dejó de recibir la Renta Mínima de Inserción por recibir el Ingreso Mínimo Vital.
- Disponer del título de Familia Numerosa y una renta familiar por persona a partir de 8.400 e inferior a 10.000 euros durante el año económico 2024.
- Algún miembro de la unidad familiar es víctima del terrorismo.
- Algún miembro de la unidad familiar es víctima de violencia de género.
- Alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o pertenece a las Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid.
- Alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.
- Escolarizado de oficio en un centro concertado que usa el transporte escolar (alumnado que ha sido asignado en un centro concertado y hace uso del transporte escolar).
- Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
- Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.
Consideraciones de la solicitud:
- Las personas beneficiarias de la beca en el curso 2025-2026 pueden solicitar la renovación de la beca, en vez de hacer de nuevo la solicitud. Esto sólo es posible si la unidad familiar no ha cambiado y siguen cumpliendo los requisitos de concesión de la beca.
- Todas las personas progenitoras o tutoras y todas las personas mayores de 18 años incluidas en la solicitud deben firmarla.
- Puedes solicitar becas para varios hermanos en una única solicitud, así solo necesitas presentar la documentación una vez.
- Debes proporcionar un certificado de fecha probable de parto para que tu hijo compute como miembro de la unidad familiar, si aún no ha nacido al presentar la solicitud.
- Ten en cuenta que:
- Estás declarando el número de personas consideradas para calcular la renta por persona, al completar los datos familiares.
- Autorizas a la Dirección General a comunicarse contigo sobre el estado de tu solicitud, al proporcionar tu número de teléfono móvil y correo electrónico. Puedes cancelar esta autorización en cualquier momento.
Información adicional
El centro educativo recibirá una cuantía por alumno beneficiario para el servicio de comedor durante el curso escolar. Los importes varían en función de la situación de la familia:
- 979 euros para familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o a las que se les ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
- 979 euros para familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta familiar por persona inferior a 3.000 euros.
- 445 euros para familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta familiar por persona, desde 3.000 euros hasta 8.400 euros, familia con una renta familiar por persona inferior a 8.400 euros, familia víctima de violencia de género, víctima del terrorismo, con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Fuerzas Armadas o en acogimiento familiar.
- 295 euros para familia numerosa a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros.
- El coste del comedor escolar del centro donde se encuentre matriculado, para alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar, para familias beneficiarias de protección internacional o familias beneficiarias de protección temporal por el conflicto de Ucrania.
Normativa
- Extracto acumulado de la Orden 1696/2026, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2026-2027 (BOCM nº 99, de 28 de abril).
- Acuerdo de 30 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 109, de 8 de mayo).
- Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 98, de 25 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio