CONVOCATORIA BECAS COMEDOR

El  plazo de presentación de solicitudes del 29 de abril y al 24 de mayo de 2026.

El curso  26/27 la ayuda de comedor se va a tramitar como una beca de concesión directa. 

La beca se presentará de manera telemática. 

Para utilizar los servicios de la Administración electrónica necesitará identificarse electrónicamente mediante:

  • Identifica
  • Sistema Cl@ve: Clave PIN o Clave Permanente
  • Certificado electrónico o DNIe

El canal telemático será el medio prioritario de presentación de las solicitudes, a través del acceso habilitado en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección electrónica:

Registro telemático

Así mismo, se podrá hacer presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, como la Dirección del Registro Auxiliar de la DAT Madrid Sur en la calle Maestro 19 en horario de 9:00 a 14:00 h y de 16:00 a 18:00, previa cita  en:

Cita previa para el registro calle Maestro.

o en cualquier registro del Ayuntamiento con ventanilla única siempre imprimiendo la solicitud una vez rellena telemáticamente y firmada, acompañándola de los documentos pertinentes.

 

IMPORTANTE

 

El plazo de presentación de la beca comienza a partir del día 29 de abril de 2026 y finaliza el 24 de mayo.

En el caso de que no presenten la solicitud de forma telemática, pueden cumplimentar la solicitud y descargar el formulario ya cumplimentado, a través del siguiente enlace:

Enlace

Una vez que tenga la solicitud debidamente cumplimentada, firmada y con la documentación necesaria, la podrán presentar de manera PRESENCIAL en cualquier registro de la Comunidad de Madrid

Todos los alumnos solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de una renta familiar por persona que no supere los 8.400 euros durante el año económico 2024. Para este cálculo se tienen en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
  • Algún miembro de la unidad familiar recibe la Renta Mínima de Inserción. 
  • Algún miembro de la unidad familiar recibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 euros pudiéndose acreditar el IMV del 2024,2025 o 2026.
  • Pertenecer a una familia que dejó de recibir la Renta Mínima de Inserción por recibir del Ingreso Mínimo Vital.
  • Disponer del título de Familia Numerosa y que la renta familiar por persona esté entre 8.400 y 10.000 euros.
  • Algún miembro de la unidad familiar es víctima del terrorismo.
  • Algún miembro de la unidad familiar es víctima de violencia de género.
  • Alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o pertenece a las Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid.
  • Alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.
  • Escolarizado de oficio en un centro concertado que usa el transporte escolar (alumnado que ha sido asignado en un centro concertado y hace uso del transporte escolar).
  • Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
  • Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.

Consideraciones de la solicitud:

  1. Las personas beneficiarias de la beca en el curso 2025-2026 pueden solicitar la renovación de la beca, en vez de hacer de nuevo la solicitud. Esto sólo es posible si la unidad familiar no ha cambiado y siguen cumpliendo los requisitos de concesión de la beca.
  2. Todas las personas progenitoras o tutoras y todas las personas mayores de 18 años incluidas en la solicitud deben firmarla.
  3. Puedes solicitar becas para varios hermanos en una única solicitud, así solo necesitas presentar la documentación una vez.
  4. Debes proporcionar un certificado de fecha probable de parto para que compute como miembro de la unidad familiar, si tu hijo aún no ha nacido al presentar la solicitud.
  5. Ten en cuenta que:
    1. Estás declarando el número de personas consideradas para calcular la renta por persona, al completar los datos familiares.
    2. Autorizas a la Dirección General a comunicarse contigo sobre el estado de tu solicitud, al proporcionar tu número de teléfono móvil y correo electrónico. Puedes cancelar esta autorización en cualquier momento.

EducaMadrid, Plataforma Educativa de la Comunidad de Madrid