{"id":214,"date":"2021-04-23T14:08:11","date_gmt":"2021-04-23T14:08:11","guid":{"rendered":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/?page_id=214"},"modified":"2024-02-01T15:51:12","modified_gmt":"2024-02-01T14:51:12","slug":"infantil","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/infantil\/","title":{"rendered":"Infantil"},"content":{"rendered":"\n<p>La Educaci\u00f3n Infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a los ni\u00f1os desde el nacimiento hasta los seis a\u00f1os de edad, orden\u00e1ndose en dos ciclos, el primero comprende hasta los 3 a\u00f1os y el segundo desde los 3 a los 6 a\u00f1os de edad, y teniendo un car\u00e1cter voluntario. En nuestro centro se imparte el segundo ciclo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>FINALIDAD<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Educaci\u00f3n Infantil contribuir\u00e1 a desarrollar en los ni\u00f1os las capacidades que les permitan:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, as\u00ed como sus posibilidades de acci\u00f3n, y aprender a respetar las diferencias. Adquirir una imagen ajustada de s\u00ed mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Iniciarse en el conocimiento de las ciencias.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Adquirir progresivamente autonom\u00eda en sus actividades habituales.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Desarrollar capacidades relacionadas con emociones y afectos.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Relacionarse con los dem\u00e1s en igualdad y adquirir pautas de convivencia y de relaci\u00f3n, as\u00ed como aprender a ponerse en el lugar del otro y la resoluci\u00f3n de conflictos, evitando cualquier tipo de violencia.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>h) Aproximarse e iniciar el aprendizaje de una lengua extranjera.<\/p>\n\n\n\n<p>i) Iniciarse en las habilidades l\u00f3gico-matem\u00e1ticas, en la lectura y la escritura, y en el movimiento, el gesto y el ritmo.<\/p>\n\n\n\n<p>j) Promover y desarrollar las normas sociales que fomentan la igualdad entre hombres y mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p><br><em><strong>ENSE\u00d1ANZAS DEL SEGUNDO CICLO DE EDUCACI\u00d3N INFANTIL<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>1. Los contenidos educativos de la Educaci\u00f3n Infantil se organizan en \u00e1reas correspondientes a \u00e1mbitos de la experiencia intr\u00ednsecamente relacionados entre s\u00ed. Se abordar\u00e1n por medio de propuestas de aprendizaje que tengan inter\u00e9s y significado para el alumnado y ayuden a establecer relaciones entre todos los elementos que las conforman.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las \u00e1reas de Educaci\u00f3n Infantil son las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Crecimiento en armon\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Descubrimiento y exploraci\u00f3n del entorno.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Comunicaci\u00f3n y representaci\u00f3n de la realidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>E<em>nse\u00f1anzas de lengua extranjera.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Se incorpora una primera aproximaci\u00f3n a una lengua extranjera en el curr\u00edculo del segundo ciclo de la etapa. A tales efectos, en el \u00e1rea III \u02baComunicaci\u00f3n y representaci\u00f3n de la realidad\u02ba, se a\u00f1ade el bloque J \u02baLengua extranjera\u02ba a los establecidos y reconocidos en el Real Decreto 95\/2022, de 1 de febrero.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Se dedicar\u00e1 en todos los cursos del segundo ciclo al menos 1,5 horas semanales al tratamiento del bloque J \u02baLengua extranjera\u02ba. Esa dedicaci\u00f3n horaria se repartir\u00e1 en un m\u00ednimo de dos sesiones semanales.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Los contenidos que se incorporan al bloque J se presentar\u00e1n al alumnado por el profesorado que cuente con la debida especializaci\u00f3n o habilitaci\u00f3n para impartir docencia en el idioma correspondiente. En el caso de centros p\u00fablicos, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1594\/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempe\u00f1en sus funciones en las etapas de Educaci\u00f3n Infantil y de Educaci\u00f3n Primaria reguladas en la Ley Org\u00e1nica 2\/2006, de 3 de mayo, los maestros con la especialidad de Lengua extranjera del idioma correspondiente ser\u00e1n los encargados de esta funci\u00f3n educativa.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas ense\u00f1anzas tambi\u00e9n podr\u00e1n ser impartidas por quienes est\u00e9n en posesi\u00f3n del t\u00edtulo de Maestro especialista en Lengua Extranjera, Diplomado en Profesorado de Educaci\u00f3n General B\u00e1sica o Maestro de Primera Ense\u00f1anza con la especialidad del idioma a impartir, o con la habilitaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>El profesorado al que se refiere los dos p\u00e1rrafos anteriores que carezca de la menci\u00f3n cualificadora y acreditaci\u00f3n del nivel B2 del MCERL en el caso de Graduados, o especialidad indicada para el resto de maestros, podr\u00e1 impartir las ense\u00f1anzas del bloque J \u02baLengua Extranjera\u02ba en centros docentes privados en el segundo ciclo de Educaci\u00f3n Infantil, siempre que est\u00e9n en posesi\u00f3n de alguno de los requisitos o titulaci\u00f3n siguientes en el idioma que corresponda:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Graduado en Lengua Extranjera.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Licenciado en Filolog\u00eda, o acreditaci\u00f3n de haber superado tres cursos completos de la citada licenciatura.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Graduado o Licenciado en Traducci\u00f3n e Interpretaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Diplomado por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e int\u00e9rpretes).<\/p>\n\n\n\n<p>e) T\u00edtulo de Grado que habilite para el ejercicio de la profesi\u00f3n de Maestro en Educaci\u00f3n Infantil o Educaci\u00f3n Primaria biling\u00fce.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Cualquier otra titulaci\u00f3n universitaria equivalente a las anteriores.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Certificados o titulaciones cuyo nivel de competencia ling\u00fc\u00edstica acrediten un nivel B2 o superior, seg\u00fan el Marco Com\u00fan Europeo de las Lenguas (MCERL).<\/p>\n\n\n\n<p><em><strong>Ense\u00f1anzas en lengua extranjera.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>1. Los centros podr\u00e1n impartir una parte del curr\u00edculo en una lengua extranjera en el segundo ciclo de la etapa, a excepci\u00f3n de los contenidos del bloque D \u02baAproximaci\u00f3n al lenguaje escrito\u02ba del \u00c1rea III \u02baComunicaci\u00f3n y representaci\u00f3n de la realidad\u02ba, en los t\u00e9rminos que determine la consejer\u00eda con competencias en materia de Educaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. En todo caso, la impartici\u00f3n de las \u00e1reas en lengua extranjera no supondr\u00e1 modificaci\u00f3n alguna del curr\u00edculo establecido en este decreto. El idioma en el que se imparta ser\u00e1 el mismo que el utilizado para desarrollar el bloque J \u02baLengua Extranjera\u02ba del \u00c1rea III \u02baComunicaci\u00f3n y representaci\u00f3n de la realidad\u02ba. El profesorado procurar\u00e1 que a lo largo del segundo ciclo el alumnado se inicie en el desarrollo de la competencia pluriling\u00fce, de manera equilibrada, en ambas lenguas.<\/p>\n\n\n\n<p>3. En todos los centros, los maestros que impartan el contenido de las \u00e1reas del segundo ciclo en una lengua extranjera deber\u00e1n acreditar estar en posesi\u00f3n de un certificado o t\u00edtulo que equivalga al nivel C1 del Marco Com\u00fan Europeo de Referencia de las Lenguas. En el caso de centros sostenidos con fondos p\u00fablicos, la habilitaci\u00f3n para el desempe\u00f1o de puestos biling\u00fces acreditar\u00e1, asimismo, la competencia necesaria para impartir los contenidos de las \u00e1reas en lengua extranjera.<\/p>\n\n\n\n<p>4. Los centros que tengan autorizados algunos de los Programas Biling\u00fces de la Comunidad de Madrid se ajustar\u00e1n a las condiciones y requisitos marcados en la normativa que a tal efecto se determine que, en todo caso, respetar\u00e1n la ordenaci\u00f3n acad\u00e9mica establecida en este decreto.<\/p>\n\n\n\n<p>[Por&nbsp;<a href=\"https:\/\/gestiona.comunidad.madrid\/wleg_pub\/servlet\/Servidor?opcion=VerHtml&amp;nmnorma=12665&amp;cdestado=P\">Orden 1120\/2022, de 6 de mayo<\/a>, de la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n, Universidades, Ciencia y Portavoc\u00eda, se regula la extensi\u00f3n del Programa Biling\u00fce Espa\u00f1ol-Ingl\u00e9s al Segundo Ciclo de Educaci\u00f3n Infantil en todos los colegios p\u00fablicos biling\u00fces de Educaci\u00f3n Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid]<\/p>\n\n\n\n<p><br><em><strong>EVALUACI\u00d3N<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En el segundo ciclo de la Educaci\u00f3n infantil, la evaluaci\u00f3n ser\u00e1 global, continua y formativa. La observaci\u00f3n directa y sistem\u00e1tica constituir\u00e1 la t\u00e9cnica principal del proceso de evaluaci\u00f3n.<br>La evaluaci\u00f3n en este ciclo debe servir para identificar los aprendizajes adquiridos y el ritmo y caracter\u00edsticas de la evoluci\u00f3n de cada ni\u00f1o o ni\u00f1a. A estos efectos, se tomar\u00e1n como referencia los criterios de evaluaci\u00f3n de cada una de las \u00e1reas.<\/p>\n\n\n\n<p><a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/gestiona.comunidad.madrid\/wleg_pub\/servlet\/Servidor?opcion=VerHtml&amp;nmnorma=13128\" target=\"_blank\">ORDEN 460\/2023<\/a>, de 17 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n y Universidades, por la que se regulan aspectos de organizaci\u00f3n y funcionamiento, evaluaci\u00f3n y autonom\u00eda pedag\u00f3gica en la etapa de Educaci\u00f3n Infantil en la Comunidad de Madrid.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Educaci\u00f3n Infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a los ni\u00f1os desde el nacimiento hasta los seis a\u00f1os [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"folder":[],"class_list":["post-214","page","type-page","status-publish","hentry"],"rttpg_featured_image_url":null,"rttpg_author":{"display_name":"tic.cp.marquesdeleganes.leganes","author_link":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/author\/cuenta_tic-cp-marquesdeleganes-leganes\/"},"rttpg_comment":0,"rttpg_category":false,"rttpg_excerpt":"La Educaci\u00f3n Infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a los ni\u00f1os desde el nacimiento hasta los seis a\u00f1os [&hellip;]","post_mailing_queue_ids":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/214","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=214"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/214\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2115,"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/214\/revisions\/2115"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=214"}],"wp:term":[{"taxonomy":"folder","embeddable":true,"href":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/cp.marquesdeleganes.leganes\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/folder?post=214"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}