BECAS COMEDOR 2026-2027
Desde el día 29 de abril se abre el plazo para la presentación de las becas de comedor del curso 26/27 hasta el 28 de mayo (ambos inclusive).
1- Las familias podrán presentar la documentación preferentemente de forma TELEMÁTICA .
De forma TELEMÁTICA: se podrá realizar el trámite accediendo a través de Cuenta Digital, CUENTA DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o a través de este enlace: BECAS COMEDOR 26-27.
De forma PRESENCIAL EN EL CENTRO: el plazo es hasta el VIERNES 22 de mayo inclusive.
| IMPORTANTE!! Para admisiones, matriculaciones, BECAS o cualquier documentación administrativa hay que poner en el CENTRO: CRA VEGA DE TAJUÑA, ORUSCO, independientemente de que el alumno sea o pertenezca a otra localidad. El CÓDIGO DE CENTRO del CRA Vega de Tajuña es 28044422 |
2- Para facilitar y agilizar la tramitación, los solicitantes sólo deberán presentar una solicitud en la que figuren sus datos básicos y el permiso expreso para que la Administración regional pueda comprobar el resto de la información requerida. Este documento deberá estar firmado obligatoriamente por todas las personas mayores de edad que figuren en él.
3- Las becas están destinadas a los alumnos de Educación Infantil, Primaria, y Secundaria Obligatoria escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la región, que cumplan alguno de estos REQUISITOS:
1. Disponer de una renta familiar por persona inferior a 8.400 euros durante el año económico 2024. Para este cálculo se tienen en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
2. Algún miembro de la unidad familiar recibe la Renta Mínima de Inserción.
3. Algún miembro de la unidad familiar recibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 euros. Para ello, puedes acreditar el Ingreso Mínimo Vital del 2024, 2025 o 2026.
4. Pertenecer a una familia que dejó de recibir la Renta Mínima de Inserción por recibir el Ingreso Mínimo Vital.
5. Disponer del título de Familia Numerosa y una renta familiar por persona a partir de 8.400 e inferior a 10.000 euros durante el año económico 2024.
6. Algún miembro de la unidad familiar es víctima del terrorismo.
7. Algún miembro de la unidad familiar es víctima de violencia de género.
8. Alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o pertenece a las Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid.
9. Alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.
10. Escolarizado de oficio en un centro concertado que usa el transporte escolar (alumnado que ha sido asignado en un centro concertado y hace uso del transporte escolar).
11. Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
12. Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.
Consideraciones de la solicitud:
- Las personas beneficiarias de la beca en el curso 2025-2026 pueden solicitar la renovación de la beca, en vez de hacer de nuevo la solicitud. Esto sólo es posible si la unidad familiar no ha cambiado y siguen cumpliendo los requisitos de concesión de la beca.
- Todas las personas progenitoras o tutoras y todas las personas mayores de 18 años incluidas en la solicitud deben firmarla.
- Puedes solicitar becas para varios hermanos en una única solicitud, así solo necesitas presentar la documentación una vez.
- Debes proporcionar un certificado de fecha probable de parto para que tu hijo compute como miembro de la unidad familiar, si aún no ha nacido al presentar la solicitud.
- Ten en cuenta que:
- Estás declarando el número de personas consideradas para calcular la renta por persona, al completar los datos familiares.
- Autorizas a la Dirección General a comunicarse contigo sobre el estado de tu solicitud, al proporcionar tu número de teléfono móvil y correo electrónico. Puedes cancelar esta autorización en cualquier momento.
4- Se puede solicitar la prórroga de la beca concedida, siempre que no haya cambiado la situación familiar (se mantiene el número de miembros de unidad familiar) y se sigan cumpliendo los requisitos por los que se le concedió la beca.
Cualquier modificación en el número de miembros (por ejemplo, se produce un divorcio o separación de hecho, un fallecimiento o nacimiento o se reconoce una discapacidad que no existía que pueda suponer un cambio en el número de miembros computables o cambio en el documento de identidad, por ejemplo, de Pasaporte a NIE o de NIE a NIF), conlleva realizar una nueva solicitud, no una prórroga.
Cualquier modificación en los requisitos por los que se le concedió la beca (por ejemplo, se le concedió por renta per cápita inferior a 8.400 euros y ahora ha pasado a ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital), conlleva realizar una nueva solicitud, no una prórroga.
5.- A tener en cuenta:
● La solicitud deberá ser firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años incluidos en ella.
● Asimismo, en la solicitud deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico.
● También hay que tener en cuenta que, en el caso de que se opongan expresamente a la consulta de datos por parte de la Comunidad de Madrid, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportar la documentación exigida en las normas que regulan esta convocatoria.
● Por último, señalar que es importante marcar expresamente en el formulario la casilla de consulta a la Información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024. Si no se autoriza expresamente este cruce de datos, se deberá adjuntar certificado de IRPF del ejercicio 2024 expedido por la AEAT, no siendo válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.
Documento de preguntas frecuentes
NOTA: la presente carta informativa NO sustituye la lectura cuidadosa de la normativa, ni
de cualquier otra información presente en las páginas de internet oficiales
correspondientes

