Devolución de tasas

La devolución de tasas no puede solicitarse libremente; los supuestos concretos que se admiten están regulados por la ley. El procedimiento se solicita en la secretaría de la escuela, pero su tramitación y resolución corresponde a la Unidad Técnica de Régimen Jurídico.

6.1. Devolución del pago de la matrícula

Puede encontrar más información sobre las causas que dan derecho a recibir devolución del pago de la matrícula de los centros docentes públicos de enseñanzas de régimen especial en la ficha del trámite en madrid.org.

Para la tramitación es necesario utilizar los impresos que se encuentran allí, distinguiendo si el alumno es mayor o menor de edad. 

Es importante entregar con la solicitud de devolución la documentación obligatoria:

  • fotocopia DNI,
  • matrícula,
  • modelos 030 y
  • certificado de titular de cuenta bancaria. 
  • Poder de representación, en caso de que actúe a través de representante

Referencia legal: Decreto Legislativo 1/2002, Título II, cap. I, art. 10. y art. 30

6.2. Devolución de pagos indebidos en títulos académicos

Para la devolución de pagos indebidos en las tasas de títulos académicos no universitarios y certificados de idiomas es necesario utilizar los impresos que se encuentran en la ficha del trámite en madrid.org: