SECRETARÍA – TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Guía de trámites frecuentes
Traslados de expediente previo al inicio del curso
La opción de traslado a la EOI de Pozuelo, cuando esta se realice antes del inicio del curso académico, vendrá determinada por las circunstancias que motiven la solicitud del mismo:
- Ausencia de oferta educativa para la continuidad de los estudios en la EOI de origen.
- Otros motivos.
En el caso de solicitud de traslado debido a la ausencia de oferta educativa, los solicitantes tendrán prioridad sobre las solicitudes de los nuevos alumnos, siempre y cuando sus solicitudes se cursen en el plazo debido (véase Admisión).
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La solicitud de traslado de expediente a la EOI de Pozuelo por razón de ausencia de oferta educativa en la EOI de origen se tramitará en Secretaría presentando la siguiente documentación:
- Solicitud cumplimentada, alegando específicamente la ausencia de oferta educativa en la EOI de origen. (Descargar TRASLADO DE CONTINUIDAD).
- Documentación acreditativa expedida por la EOI de origen sobre la ausencia de oferta educativa alegada.
En el caso de solicitud de traslado debido a otros motivos, los solicitantes no tendrán prioridad sobre las solicitudes de los nuevos alumnos y sus solicitudes no serán atendidas hasta la completa resolución del proceso de admisión (véase Admisión).
La solicitud de traslado de expediente a la EOI de Pozuelo por otros motivos se tramitará en Secretaría presentando la siguiente documentación:
- Solicitud cumplimentada, alegando las razones particulares de la misma. (Descargar TRASLADO POST-ADMISIÓN).
- Certificado del último curso aprobado emitido por la EOI de origen (véase certificación académica de EOI).
Traslados de matrícula durante el curso (matrícula viva)
Los traslados a la EOI de Pozuelo por causas de fuerza mayor, en cualquier momento del curso ya iniciado, se atenderán solamente en el caso de que existan las correspondientes plazas disponibles (Art. 50 de Orden 2414/2019).
La solicitud de traslado de expediente a la EOI de Pozuelo por causas de fuerza mayor, a lo largo del curso ya iniciado, se tramitará en Secretaría presentando la siguiente documentación:
- Solicitud cumplimentada, alegando las razones del traslado (Descargar TRASLADO MATRÍCULA VIVA).
- Certificado del último curso aprobado en la EOI de origen (véase certificación académica de EOI).
- Justificante pago tasas.
La Jefatura de Estudios de la EOI de Pozuelo estudiará la solicitud, comprobará la disponibilidad de plaza e informará al interesado, el cual, en su caso, deberá formalizar la matrícula en la Secretaría de la EOI de Pozuelo, previo abono de las tasas pendientes de pago, si las hubiera.
Los alumnos procedentes de otras CCAA estarán eximidos del pago de tasas, toda vez hubieran satisfecho las mismas con anterioridad y hayan presentado en Secretaría la documentación acreditativa correspondiente.
Se podrá solicitar cambio de grupo/horario, por motivos justificados, presentando la siguiente documentación en Información/Secretaría de 9 a 18 septiembre 2025:
- Descargar formulario SOLICITUD CAMBIO GRUPO/HORARIO.
Las solicitudes de cambio de grupo/horario a partir de octubre se cursarán directamente a Jefatura de Estudios por medio del mismo impreso (enlace superior) y la documentación acreditativa pertinente.
NO SE PROCEDERÁ A CAMBIO DE GRUPO/HORARIO SIN MOTIVO PLENAMENTE JUSTIFICADO
La resolución a los cambios solicitados se publicará en el Tablón de Anuncios físico del centro y en esta web el 22 septiembre 2025.
RESOLUCIÓN CAMBIOS DE GRUPO
| DNI | IDIOMA | NIVEL | GRUPO ADJUDICADO INICIALMENTE | GRUPO ASIGNADO TRAS LA SOLICITUD | SOLICITUD DE CAMBIO CONCEDIDA |
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Se podrá solicitar la renuncia de matrícula dentro de los primeros 60 días naturales del curso.
La renuncia se hará constar en el expediente académico personal del alumno, pero no computará a efectos de permanencia, ni en el curso, ni en el nivel correspondientes.
La renuncia de matrícula no da derecho a la devolución de los pagos de tasas realizados.
Los alumnos que tras renunciar a su matrícula deseen retomar las enseñanzas deberán someterse al proceso de admisión ordinario para nuevos alumnos (véase Admisión).
Para la renuncia de matrícula se debe presentar por duplicado en Secretaría el formulario SOLICITUD RENUNCIA MATRÍCULA
Se podrá solicitar la anulación voluntaria de matrícula cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.
- Incorporación a un puesto de trabajo, incompatible con las clases.
- Obligaciones de tipo personal o familiar.
- Causa sobrevenida de análoga consideración que impida el normal desarrollo de los estudios.
Las solicitudes se formularán con una antelación mínima de 30 días naturales antes de la sesión de evaluación final ordinaria y serán resueltas por la Dirección de la EOI en un plazo de diez días hábiles desde su presentación, que podrá recabar los informes pertinentes.
Efectos administrativos de la anulación de matrícula:
- Se hará constar mediante la oportuna diligencia en el expediente académico personal del alumno.
- La matrícula anulada no computará a efectos de permanencia, ni en el curso ni en el nivel correspondientes.
- Solo se podrá conceder una vez para cada uno de los niveles del idioma correspondiente.
- No implica la devolución del pago de las tasas abonadas.
- Se preserva la opción de retomar los estudios en el curso siguiente al de la anulación.
- En caso de no retomar los estudios en el curso siguiente a la anulación de la matrícula, para la reincorporación a los estudios el alumno se deberá someter al proceso ordinario de admisión (véase Admisión).
La solicitud voluntaria de anulación de matrícula se tramitará en Secretaría presentando la siguiente documentación:
- Formulario por duplicado de la SOLICITUD ANULACIÓN VOLUNTARIA MATRÍCULA.
- Documentación acreditativa de la necesidad o conveniencia de anulación de la matrícula.
Se podrá solicitar la devolución del pago de tasas en los siguientes casos:
- Cuando no se realice la actividad por causas no imputables al alumno.
- Por duplicidad en el pago.
- Por pago de cuantía superior a la debida.
- Errores materiales de hecho o aritméticos.
- Acreditación de la condición de becario exento del pago de los precios públicos
No se podrá solicitar la devolución del pago de tasas en los siguientes casos:
- Cuando no se preste el servicio por el que se ha abonado el precio público debido a causas imputables al interesado (como incompatibilidad de horario laboral o de estudio).
- Cuando no se preste el servicio por el cual se ha abonado el precio público debido a causas no imputables a la Administración Educativa.
- Anulación de la matrícula.
- Renuncia voluntaria de la matrícula.
- Cuando no se acredite la condición de beneficiario de familia numerosa antes de efectuar el pago
- Cuando no se presente el libro de familia en vigor en el momento de formalizar la matrícula.
Para consultar toda la información relativa y realizar la solicitud de devolución de tasas en este enlace, acceder a la web TRÁMITES COMUNIDAD MADRID – DEVOLUCIONES
Previa solicitud de los interesados y bajo las condiciones establecidas, la Secretaría de la EOI de Pozuelo emitirá de manera gratuita los siguientes documentos oficiales:
Certificación prueba de clasificación
Certifica la realización de la prueba de clasificación en el idioma correspondiente y ofrece orientación sobre el nivel y curso óptimo al cual incorporar al interesado. La validez no académica de esta certificación es de 2 años.
Razones más comunes por las que se solicita:
- Acreditar el nivel de conocimiento del solicitante CON nociones previas del idioma, dentro del proceso de admisión en EOI (véase páginas Admisión).
Certificación académica personal
Certifica los cursos realizados por el alumno en EEOOII según constan en el expediente académico del interesado en el momento de la expedición.
Razones más comunes por las que se solicita:
- Requisito para el traslado de expediente o «matrícula viva».
- Certificación oficial de la superación de curso no conducente a certificado oficial de nivel de idioma (título).
Certificación de matrícula
Certifica la inscripción del interesado en el idioma, nivel y horario de un determinado curso académico.
Razones más comunes por las que se solicita:
- Acreditar en el ámbito laboral o en otros centros académicos la ubicación de la EOI así como el horario y los días de asistencia correspondientes al curso en el cual se ha realizado la matrícula.
Certificación de matrícula con tasas abonadas
Especifica la cuantía de las tasas abonadas hasta el momento además de hacer constar que el alumno figura inscrito en un idioma, nivel y horario determinados en un curso académico.
Razones más comunes por las que se solicita:
- Acreditar la matrícula formalizada y los pagos realizados para la obtención de ayudas económicas en el ámbito laboral.
- Exenciones fiscales, en determinados casos.
Certificación académica oficial de nivel
Certifica la superación del examen oficial de certificado correspondiente a los niveles A2, B1, B2, C1 y C2.
Razones más comunes por las que se solicita:
- Necesidad de certificar oficialmente la superación del examen oficial de certificado de nivel de idioma (título).
- Véase página Título oficial.
Acreditación por destrezas
Certifica las calificaciones obtenidas en las dististas partes del examen oficial de certificado de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2.
- Necesidad de certificar oficialmente los niveles de competencia detallando cada destreza o actividad de lengua.
Instrucciones para la solicitud de una certificación
La solicitud de las certificaciones antedichas se tramitará en Secretaría de la EOI de Pozuelo presentando el formulario SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN debidamente cumplimentado.
En condiciones normales, la Secretaría emitirá el documento solicitado en un máximo de 72 horas y lo enviará a la dirección de correo electrónico indicada en el formulario.
En virtud de lo establecido en la Orden 2414/2019 (art.16) los alumnos con discapacidad podrán solicitar la adaptación de sus pruebas de evaluación. Esta adaptación se deberá solicitar en el momento de formalizar la matrícula (alumnos oficiales) o solicitar admisión para el examen oficial de certificado (alumnos libres).
La solicitud de adaptación se tramitará en Secretaría presentando la siguiente documentación:
- Solicitud cumplimentada (descargar SOLICITUD ADAPTACIÓN DISCAPACIDAD).
- Certificación oficial de discapacidad expedida por el organismo responsable.
- Dictamen técnico facultativo o informe técnico oficial con indicación del grado y características de la discapacidad padecida y reconocida.
- Indicaciones técnicas sobre las medidas concretas solicitadas para la realización de la prueba.
Cuando el solicitante sea alumno oficial, el profesor responsable del grupo elaborará un informe en base las indicaciones aportadas por el alumno en el cual se corroboren las medidas a adoptar para la realización de la prueba y se incluyan cuantas nuevas medidas estime oportuno, en su caso.
Cuando el solicitante sea alumno libre, será la jefatura de estudios quien elabore el informe, en comunicación con el alumno.
Corresponde a la dirección de la EOI resolver las solicitudes de adaptación para atender con los medios disponibles a los solicitantes afectados por discapacidad visual parcial o total , determinados grados de grados de discapacidad motriz o hipoacusia:
- Incremento de tiempo de duración asignado al examen.
- Cambio de tamaño y fuente de la tipografía.
- Uso de auriculares, amplificadores de sonido o equipos de FM.
- Lectura de preguntas por parte del profesor.
Para otro tipo de adaptaciones se trasladará la solicitud a la dirección general con competencias en estas enseñanzas.
- Los alumnos podrán renunciar a la evaluación final, previa solicitud a la dirección de la EOI con, al menos, 30 días naturales de antelación a la sesión de evaluación ordinaria.
- La renuncia a la evaluación está referida conjuntamente a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria.
- La matrícula del curso en el que se renuncia a la evaluación computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente y será tenida en cuenta para la consideración como alumno repetidor del mismo nivel y curso en posteriores cursos académicos.
- El alumno con renuncia a la evaluación podrá realizar la prueba de certificación.
- La renuncia a la evaluación no supondrá la devolución de los precios públicos abonados.
Descargar formulario RENUNCIA A EVALUACIÓN FINAL

