El art. 18 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales establece que, a fin de dar cumplimiento al deber de protección, se adoptarán las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:
- Los riesgos en el trabajo, tanto aquellos que afecten al centro en su conjunto como a cada puesto de trabajo o función.
- Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos del trabajo.
Con objeto de facilitar este cumplimiento normativo se pone a disposición algunas fichas informativas en las que se recomiendan posibles medidas y actividades de prevención y protección para diferentes categorías o puestos de trabajo, riesgos, equipos, lugares de trabajo, etc.
Estas fichas se encuentran publicadas en la página web de la Comunidad de Madrid Prevención de Riesgos Laborales en Centros Docentes (https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/prevencion-riesgos-laborales-centros-docentes#panel-395404):
Riesgos en los desplazamientos