{"id":1162,"date":"2021-12-03T13:01:15","date_gmt":"2021-12-03T12:01:15","guid":{"rendered":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/ies.elcanaveral.mostoles\/?page_id=1162"},"modified":"2021-12-03T14:16:29","modified_gmt":"2021-12-03T13:16:29","slug":"perdida-de-matricula-por-inasistencia","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/site.educa.madrid.org\/ies.elcanaveral.mostoles\/index.php\/secretaria\/informacion-general-de-secretaria\/matricula\/perdida-de-matricula-por-inasistencia\/","title":{"rendered":"P\u00e9rdida de matr\u00edcula por inasistencia"},"content":{"rendered":"\n<p>1. En la modalidad presencial, la asistencia a las actividades de formaci\u00f3n es la condici\u00f3n necesaria que mantiene vigente la matr\u00edcula en el ciclo formativo.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Cuando un alumno acumule un n\u00famero de faltas de asistencia injustificadas igual o superior al establecido en el apartado siguiente, el Director del centro, a propuesta del tutor del grupo de alumnos, acordar\u00e1 la anulaci\u00f3n de matr\u00edcula que se hubiese formalizado.<\/p>\n\n\n\n<p>3. El n\u00famero de faltas no justificadas que determina la anulaci\u00f3n de la matr\u00edcula prevista en el apartado anterior\u00a0<strong>ser\u00e1 el que equivalga al 15 por 100 de las horas de formaci\u00f3n en el centro educativo que correspondan al total de los m\u00f3dulos en que el alumno se halle matriculado<\/strong>, excluyendo los m\u00f3dulos profesionales pendientes de cursos anteriores, si los hubiere, y los que hayan sido objeto de convalidaci\u00f3n o renuncia a la convocatoria. Asimismo, ser\u00e1 causa de dicha anulaci\u00f3n de matr\u00edcula la inasistencia no justificada del alumno a las actividades formativas\u00a0<strong>durante un per\u00edodo de quince d\u00edas lectivos consecutivos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>4. La anulaci\u00f3n de matr\u00edcula del alumno en el ciclo formativo por las causas establecidas en este art\u00edculo se ajustar\u00e1 al siguiente procedimiento:<\/p>\n\n\n\n<p><ol type=\"a\"><li>El tutor del grupo comunicar\u00e1 al alumno o a sus representantes legales las faltas injustificadas cuando se alcance el l\u00edmite del 10 por 100 de las horas de formaci\u00f3n o, en el caso de ausencia continuada, a los diez d\u00edas lectivos de iniciada esta.<\/p>\n\n<p>En la comunicaci\u00f3n se indicar\u00e1 de forma expresa los efectos que la no justificaci\u00f3n de las faltas puede tener respecto a la vigencia de la matr\u00edcula, as\u00ed como el n\u00famero de ellas que quedan para alcanzar el l\u00edmite establecido para su anulaci\u00f3n.<\/p>\n\n<p>Las alegaciones y la documentaci\u00f3n justificativa que, en su caso, aporte el alumno ser\u00e1n valoradas por el tutor. Del resultado de esta valoraci\u00f3n dar\u00e1 cuenta a la Jefatura de Estudios y al alumno.<\/li><\/p>\n\n<li>Alcanzado el l\u00edmite del 15 por 100 de faltas o cumplidos los quince d\u00edas de inasistencia continuada sin justificar, el director del centro comunicar\u00e1 al alumno o a sus representantes legales que se va a proceder a la anulaci\u00f3n de su matr\u00edcula, concedi\u00e9ndole un plazo de diez d\u00edas naturales para que presente alegaciones y aporte la documentaci\u00f3n que estime pertinente. Transcurrido dicho plazo y tenidas en cuenta las alegaciones y la documentaci\u00f3n presentada, el director del centro resolver\u00e1 lo que proceda.<\/p>\n\n<p>La resoluci\u00f3n adoptada, que ser\u00e1 motivada, se comunicar\u00e1 al alumno o a sus representantes legales y podr\u00e1 ser recurrida, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30\/1992, de 26 de noviembre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico de las Administraciones P\u00fablicas y del Procedimiento Administrativo Com\u00fan, ante el Director del \u00c1rea Territorial. Su resoluci\u00f3n pondr\u00e1 fin a la v\u00eda administrativa.<\/p>\n<\/li>\n\n<p><li>Una copia de la resoluci\u00f3n de la anulaci\u00f3n de la matr\u00edcula se adjuntar\u00e1 al expediente acad\u00e9mico del alumno.<\/li><\/ol><\/p>\n\n\n\n<p>5. A los efectos de lo previsto en este art\u00edculo, se consideran faltas justificadas las ausencias derivadas de enfermedad o accidente del alumno, atenci\u00f3n a familiares o cualquier otra circunstancia extraordinaria apreciada por el director del centro donde cursa los estudios. El alumno aportar\u00e1 la documentaci\u00f3n que justifique debidamente la causa de las ausencias.<\/p>\n\n\n\n<p>6. El alumno cuya matr\u00edcula sea anulada por inasistencia, perder\u00e1 la condici\u00f3n de alumno del ciclo formativo y, en consecuencia, no ser\u00e1 incluido en las actas de evaluaci\u00f3n final. Adem\u00e1s, en los centros sostenidos con fondos p\u00fablicos, perder\u00e1 el derecho de reserva de plaza como alumno repetidor, y si desea continuar en el futuro dichas ense\u00f1anzas habr\u00e1 de concurrir de nuevo al proceso general de admisi\u00f3n que est\u00e9 establecido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. 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