El Bachillerato a distancia no tiene límite de convocatorias, por tanto, si un alumno del régimen presencial ha agotado las convocatorias, puede continuar estudios en la modalidad a distancia. Si procede del régimen presencial de Bachillerato, puede matricularse en el régimen de distancia sin necesidad de hacerlo en las materias que ya tenga superadas. Es muy importante recordar, a este respecto, que solamente se consideran materias aprobadas aquellas que fueron superadas en el último año en que el alumno realizó estudios.

El alumno podrá matricularse del número de asignaturas que desee, tanto de 1.º como de 2.º curso de Bachillerato. Este derecho debe ejercerse teniendo presentes normas de prudencia en varios sentidos:

  1. Considerar el tiempo disponible para los estudios.
  2. Estudiar el calendario de exámenes para evitar coincidencias que no pudieran ser atendidas.
  3. En el momento de la evaluación, se aplican normas de prelación.

¿QUÉ SON LAS NORMAS DE PRELACIÓN?

Se trata de reglas que impiden ser evaluado en materias de 2.º de Bachillerato si previamente no se ha aprobado determinada materia de 1.º de Bachillerato. Así, por ejemplo, no se puede evaluar a un alumno en Matemáticas II o en Inglés II de 2.º de Bachillerato si tiene pendiente de aprobar Matemáticas I o Inglés I, respectivamente, de 1.º de Bachillerato.

La lista de asignaturas que ofertamos en el bachillerato LOMLOE afectadas por esta medida es la que sigue:

Materia o materias de 2.º Bach. con
evaluación condicionada
Materia de 1.º Bach. que condiciona la
evaluación
Ciencias de la Computación II Ciencias de la Computación I
Lengua castellana y Literatura II Lengua castellana y Literatura I
Primera Lengua Extranjera II Primera Lengua Extranjera I
Matemáticas CC. SS. II Matemáticas CC. SS. I
Latín II Latín I
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