Exenciones (FCT)
Los alumnos matriculados en el módulo de F.C.T. de 2º curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior, podrán solicitar la exención de dicho módulo si reunen una serie de requisitos. El proceso está regulado en el artículo 40 de la Orden 2694/2009 de 9 de junio de 2009, modificada por la Orden 11783/2012 de 11 de diciembre (pinchar aquí para ver el texto consolidado) de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Para solicitarlo hay que utilizar el ANEXO XIII de la mencionada orden, adjuntando la documentación que en el mismo se indica. Puede consultarse más información en el siguiente enlace Exenciones FCT.
Convalidaciones de módulos comunes a varios Ciclos LOE y de Módulos LOGSE con correspondencia en Ciclos LOE
Descargar: [ Preguntas Frecuentes ] (PDF)
Las convalidaciones entre módulos están reguladas en los artículos 38 y 39 de la Orden 2694/2009 de 9 de junio de 2009, modificada por la Orden 11783/2012 de 11 de diciembre (pinchar aquí para ver el texto consolidado) de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Las convalidaciones deben solicitarse hasta finalizar octubre en el centro público donde figure el expediente del alumno, utilizando la solicitud que se incluye en el Anexo X y adjuntando la documentación correspondiente que en ella se indica. IMPORTANTE: Debe indicarse en la misma una dirección de correo electrónico puesto que la resolución se recibirá IMPRESCINDIBLEMENTE por esta vía.
Consulta a continuación si tus estudios son convalidables:
Convalidaciones en el resto de casos (Ciclos LOGSE a Ciclos LOE no recogidas en el apartado anterior y de otros estudios oficiales con Ciclos formativos)
Estas convalidaciones son resueltas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Documentos de apoyo para el procedimiento.
Obtención del impreso de solicitud. Una vez rellena debe ser presentada en el Centro educativo en que el alumno esté matriculado.