Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 12 de diciembre de 2025. de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan, en el curso 2025-2026, las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional y en la Orden 3299/2020, de 15 de diciembre
INFORMACIÓN GENERAL DE LAS PRUEBAS
https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/pruebas-obtencion-titulos-tecnico-tecnico-superior-fp
MATRICULACIÓN
La matriculación en las pruebas se efectuará durante el período comprendido 23 de enero al 5 de febrero de 2026, de la siguiente manera:
- Preferentemente, de forma telemática, a través de la Secretaría Virtual. Para presentar la solicitud puede: registrarse en el sistema informático (@scv), a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces, o bien mediante certificado digital, o identificación electrónica cl@ve.
- De forma presencial, en la secretaría del centro examinador del ciclo formativo correspondiente al título en el que se matricula o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 apartados b), c), d) y e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la solicitud se presenta en oficina de Correos, deberá llevarse en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de que se proceda a su certificación, y se dirigirá al centro examinador donde se celebren las pruebas correspondientes al título en el que se matricula.
- Documentación para la matriculación. Apartado Cuarto de la convocatoria.
- Impreso de solicitud.
En el impreso deben reflejarse los módulos con su nombre completo y código. Recordamos que aquellos alumnos que se presentan a módulos teóricos NO deben matricular ni pagar el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
- Ejemplar del modelo 030 acreditativo del abono de los precios públicos. La participación en estas pruebas conlleva el abono de nueve euros por cada uno de los módulos profesionales en los que se realice la matriculación, sin perjuicio de la aplicación de las exenciones y bonificaciones recogidas en la Orden 359/2010. Consultar información sobre cómo realizar el pago de tasas.
- Original y copia, para su cotejo, del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente que acredite el cumplimiento del requisito de edad, en el caso de que el interesado se oponga expresamente a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
- Original y copia, para su cotejo, del título o de la certificación oficial que acredite el requisito de titulación.
- Quienes soliciten adaptación de la prueba por presentar algún tipo de discapacidad o necesidad educativa específica, presentarán originales y copias, para su cotejo, de la documentación pertinente en cada caso que justifique su petición, en el caso de que el interesado se oponga expresamente a su consulta o cuando dicha consulta no sea posible.
- En el caso de solicitar traslado de calificaciones a los que se refiere el apartado séptimo, original y copia, para su cotejo, de la certificación académica en la que figuren los estudios aportados.
4. Medidas para la adaptación de la prueba. Apartado Décimo de la convocatoria.
5. Traslado de calificaciones. Apartado Séptimo de la convocatoria.
Se solicitará traslado de calificación en caso de tener aprobado el módulo o módulos solicitados en otro ciclo formativo siempre que tengan igual código y denominación en ambos ciclos formativos.
Aquellos módulos que se hayan superado en convocatorias anteriores de pruebas libres no es necesario solicitar su traslado puesto que forman parte del mismo expediente académico.
6. Alumnado que ha agotado las convocatorias en uno o más módulos profesionales pertenecientes a ciclos formativos NO convocados en la presente convocatoria.
La solicitud para poder formalizar esta matrícula excepcional se realizará en el último centro en el que se hayan cursado las enseñanzas, en el plazo establecido para la matriculación en las pruebas (del 23 de enero al 5 de febrero 2026), para lo que habrá de presentar la solicitud de matrícula excepcional así como efectuar el pago de las tasas mediante el modelo 030.
Los exámenes se programarán en las mismas fechas que las previstas para los alumnos de régimen presencial.
LISTADOS
1. El 18 de febrero de 2026, publicación de la relación provisional de los alumnos admitidos y excluidos. La consulta se realizará por Secretaría Virtual.
2. 19, 20 y 23 de febrero de 2026, reclamaciones al listado provisional de admitidos y excluidos.
Se podrá presentar reclamación por escrito de forma Telemática a través de la Secretaría Virtual o de forma presencial en la secretaría del centro. Dicho escrito recogerá las alegaciones y se acompañará de la documentación que proceda.
3. El 5 de marzo de 2026 se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos. La consulta se realizará por Secretaría Virtual.
REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
En el caso de las enseñanzas reguladas al amparo de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante, LOE), en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, la convocatoria de estas pruebas se realiza, por última vez, con arreglo a los planes de estudios anteriores a la nueva ordenación derivada de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
1. Las pruebas se celebrarán durante el mes de mayo en los centros examinadores recogidos en el apartado segundo, según el ciclo formativo de que se trate.
2. Mediante publicación en el tablón de anuncios y en la página web de los centros examinadores y antes del 25 de abril de 2026, se darán a conocer las fechas de realización de las pruebas, las características de las mismas, con indicación de si se componen de partes con carácter eliminatorio, la información sobre el currículo de cada uno de los módulos, los criterios de calificación, los materiales que debe aportar el alumnado y aquellos aspectos relativos al desarrollo de las mismas que la comisión de evaluación determine.
3. En el caso de que la prueba para un módulo profesional se organice en varias partes, el alumnado conocerá la fecha de celebración de las siguientes partes con una antelación de al menos cinco días hábiles.
4. Se adoptarán medidas relativas a los espacios, personal y alumnado, de manera que se asegure la realización de estas pruebas con la mayor seguridad posible para la salud de las personas. Los equipos directivos de los centros examinadores facilitarán la aplicación de las medidas de prevención higiénico-sanitaria que se encuentren en vigor en el momento de la celebración de las pruebas.
CALIFICACIONES Y RECLAMACIÓN A LAS MISMAS
La notificación de los resultados obtenidos en las pruebas se efectuará el 10 de junio de 2026 mediante la plataforma RAICES o la APP ROBLE y la publicación en el tablón de anuncios del centro.
Los días 11 y 12 de junio de 2026, el alumno/a podrá presentar un escrito de reclamación dirigido al presidente/a de la comisión de evaluación de las pruebas, alegando los motivos de la reclamación a través de la secretaría virtual o presencialmente en el centro.
NORMATIVA:
Instrucciones pruebas de obtención de títulos de formación profesional 2025-2026.
Resolución de 12 de diciembre de 2025 de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan, en el curso 2025-2026, las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional
