Anulación de matrícula

Casos de anulación

La matrícula de los alumnos en modalidad presencial (régimen general e intensivo) de las enseñanzas de Formación Profesional puede ser anulada mediante dos vías:

  1. A petición del propio interesado (cancelación de matrícula).
  2. Por inasistencia del interesado.

Baja voluntaria

Aquellos alumnos que una vez matriculados no quieran realizar los estudios pueden cancelar la matrícula de la totalidad de los módulos. La solicitud para la cancelación se presentará en la secretaría del centro en el plazo de un mes a contar desde el comienzo del curso escolar. La cancelación de la matrícula implica que el alumno no será incluido en las actas de evaluación y, en consecuencia, no se le computarán las convocatorias a que le hubiera dado derecho la matrícula efectiva.


Perderá el derecho de reserva de la plaza para posteriores cursos académicos, por lo que, si desea retomar en el futuro los estudios, deberá realizar de nuevo al procedimiento general de admisión que esté establecido.


Corresponde a la Directora del centro público aceptar la cancelación mediante resolución.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

En el caso de realizar el trámite presencialmente en la secretaría del centro bastará con la solicitud debidamente cumplimentada y firmada.

Si se envía por medios informáticos se deberá enviar:

  • la solicitud firmada digitalmente
  • copia del DNI o documento de identidad

IMPORTANTE
Todos los archivos enviados deberán ser en formato DOCUMENTO de PDF (no jpg ni fotos transformadas a pdf) al mail: secretaria.ies.vid.madrid@educa.madrid.org

Baja por inasistencia

En la modalidad presencial, la asistencia a las actividades de formación es la condición necesaria que mantiene vigente la matrícula en el ciclo formativo. Según regula el artículo 27 de la Orden 893/2022, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se regulan los procedimientos relacionados con la organización, la matrícula, la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en la Comunidad de Madrid.


Cuando un alumno acumule un número de faltas de asistencia injustificadas igual o superior al 15%, la directora del centro, a propuesta del tutor/a, acordará la anulación de matrícula que se hubiese formalizado.


El número de faltas no justificadas que determina la anulación de la matrícula corresponden al total de los módulos matriculados, excluyendo los módulos profesionales pendientes de cursos anteriores y los convalidados o renuncia a la convocatoria. También será causa de anulación de matrícula la inasistencia no justificada del alumno a las actividades formativas durante un período de 15 días lectivos consecutivos.

El alumno cuya matrícula sea anulada por inasistencia, perderá la condición de alumno del ciclo formativo y, en consecuencia, no será incluido en las actas de evaluación final. Además, en los centros sostenidos con fondos públicos, perderá el derecho de reserva de plaza como alumno repetidor, y si desea continuar en el futuro dichas enseñanzas habrá de concurrir de nuevo al proceso general de admisión que esté establecido.

Se consideran faltas justificadas

  • Las ausencias derivadas de enfermedad o accidente del alumno
  • Atención a familiares,
  • Tratamientos especializados por motivo de discapacidad
  • Cualquier otra circunstancia extraordinaria apreciada por el/la tutor/a del grupo.

Se deberá aportar la documentación que justifique debidamente la causa de las ausencias en tiempo y forma como establece la normativa.

EducaMadrid, Plataforma Educativa de la Comunidad de Madrid