FP – Matriculación de alumnos de planes de estudios a extinguir con sólo FCT pendiente

Versión octubre de  2025

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Según se dicta en las disposiciones transitorias únicas de los Decretos de la Comunidad de Madrid que adaptan los planes de estudios de Ciclos de Grado Básico (Decreto 9/2024, de 26 de marzo) y de Ciclos de Grado Medio y Superior (respectivamente Decretos 102/2024 y 103/2024, de 13 de noviembre), los alumnos de ciclos formativos de 2 años en régimen presencial que en el curso académico 2024-2025 estuvieron matriculados en planes de estudios a extinguir y que a su finalización han sido propuestos para realizar la FCT, se matricularán en 2025-2026 en el plan a extinguir del módulo de FCT, así como en aquellos otros módulos profesionales pendientes de superación que no les hubieran impedido el acceso a FCT.

En esta guía se indica cómo matricular a los alumnos repetidores de 2º cursos de planes de estudios a extinguir en régimen presencial que sólo tienen pendiente la FCT y Proyecto, en caso de grado Superior, o módulos no superados que no les han impedido realizar la FCT. Para ello se describe:

  • ¿Cómo distinguir los planes de estudios a extinguir y los nuevos planes de estudios LOOIFP?
  • Consideraciones para informar las materias del curso impartidas en el centro
  • ¿Qué hacemos si ya hemos matriculado al alumno en el nuevo plan de estudios LOOIFP?
  • ¿Cómo matricular a los alumnos repetidores de 2º curso?
  • Añadir materias pendientes de 1º curso
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