Estimadas familias,
Os informamos que con fecha 18-05-2022 se ha publicado en el BOE el extracto de la convocatoria de ayudas del Ministerio de Educación y Formación Profesional para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso 2022/2023.
A pesar del inusual momento en que se han convocado estas ayudas, pues habitualmente salen publicadas durante los meses de julio o agosto, el plazo final de presentación de solicitudes se mantiene como en años anteriores con fecha límite 30 de septiembre. Eso significa que, como en otros cursos, las solicitudes no comenzarán a tramitarse hasta que finalice el plazo de presentación, y se prevé que se resuelvan en las también habituales fechas de diciembre/enero. El adelanto en el comienzo del plazo de presentación de solicitudes no significa que se vayan a resolver antes o que se dé prioridad a aquellas solicitudes que pudieran tener entrada ahora antes de las vacaciones de verano. Sí que es cierto que los interesados, si lo desean, ya pueden llevar a cabo el acceso a la Sede Electrónica del Ministerio con su contraseña (https://sede.educacion.gob.es) para cumplimentar al formulario de solicitud, registrarse previamente si fuera la primera vez que la solicitan, e imprimir el pdf de la solicitud.
Sin embargo, en lo referido a la obtención de las certificaciones que se necesitan (EOEPs , EATs, Departamentos de Orientación, Servicio de Inspección Educativa, gabinetes o centros reeducadores, etc. según los casos) y a la presentación final de solicitudes en los centros donde se matriculen los alumnos/as en el curso 22/23, nuestra recomendación es que se realice en el mes de Septiembre, momento en que estará mucho más claro si, por ejemplo, un alumno/a va a hacer uso del servicio de comedor, si va a tener totalmente cubierto o no el material didáctico mediante el programa Accede, o si va a asistir a terapias de Reeducación Pedagógica o del Lenguaje en gabinetes o centros reeducadores.
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 19 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2022 inclusive.
Tal y como establece el artículo 9 de la Convocatoria, las solicitudes deben cumplimentarse a través del formulario accesible en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en la dirección https://sede.educacion.gob.es. También se puede acceder a él a través de la dirección www.educacionyfp.gob.es.
Igualmente podéis consultar la información en la web del colegio, en la pestaña de Secretaría, Becas. Tiene un enlace a la página del Ministerio.
Se requiere que el alumno esté previamente registrado, si no dispone de DNI, puede registrase el representante legal. Una vez generado el impreso y cumplimentado, puede presentarse telemáticamente, aportando toda la documentación necesaria, o imprimirla y presentarla en el Centro.
REQUISITOS BÁSICOS PARA ESTAS AYUDAS: Tener necesidad específica de apoyo educativo derivada, únicamente , de los siguientes casos:
- Discapacidad.
- TDAH que se derive de discapacidad o trastorno grave de conducta.
- Trastorno grave de conducta.
- Trastorno grave de la comunicación y del lenguaje.
- TEA (Trastorno del espectro autista).
- Altas capacidades intelectuales.
No están cubiertos por esta convocatoria otros casos como el retraso madurativo, TDAH en supuestos distintos a los mencionados anteriormente, dislexia, discalculia, dificultad en la expresión escrita o discapacidad con grado menor al 33 %.
Las ayudas se conceden por los conceptos:
- Reeducación pedagógica o reeducación del lenguaje. Certificación EOEP e Inspección.
- Comedor Escolar, para usuarios habituales.
- Material didáctico no incluido en ACCEDE.
- Transporte.
- Altas capacidades si requiere reeducación no subvencionada.
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