Reglamento

  1. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.
    Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro las siguientes:
    • Permanecer en los pabellones de aularios en horario de comedor.
    • Sacar comida de la sala de Comedor.
    • Tono de voz muy elevado.
    • Comportamiento inadecuado en la mesa.
    • Actitud irrespetuosa hacia los vigilantes y cuidadoras.
  1. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA.
    Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro las siguientes:
    • Actos de indisciplina, ofensas graves contra el personal que atiende el Comedor Escolar.
    • La reiteración, hasta en tres ocasiones, de conductas contrarias a las normas de convivencia.
    • Agresión física o moral contra los miembros de la Comunidad Educativa.
    • Falsificación de justificantes para ausentarse del recinto escolar.
    • Daños graves causados intencionadamente en las instalaciones, materiales o pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
    • La perturbación grave e injustificada del normal desarrollo de las actividades del Centro.
    • La realización de actos o la introducción en el Centro de objetos y sustancias peligrosas o perjudiciales para la salud de los miembros de la comunidad educativa del centro.
    • Negativa reiterada del alumno a comer lo mínimo del menú.
    • El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas.
  1. MEDIDAS CORRECTORAS.
    Criterios que regularán las medidas de corrección:
    • Tener un carácter educativo y recuperador.
    • Garantizar el respeto a los derechos de todo el alumnado .
    • Procurar la mejora de las relaciones entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.
    • No ser contrarias a la integridad física y a la dignidad personal.

Para decidir acerca de las medidas adecuadas en cada caso:

MEDIDAS CORRECTORAS PARA LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

Las medidas correctoras para las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro serán las siguientes:

  • Cambio de grupo / mesa del comedor.
  • Realización de actividades / tareas, que puedan contribuir al mejor desarrollo de las actividades del Centro.
  • Información a la familia de la conducta /falta.
  • Ausentarse del Servicio del Comedor Escolar hasta 3 días.
  • Ausentarse del Servicio de Comedor Escolar si la falta se trata de una agresión física.
  • Reposición del material o pertenencia dañada.
  • Reposición en material educativo de los daños graves causados intencionadamente.
  • Ausentarse definitivamente del Servicio de Comedor Escolar cuando se produzcan tres expulsiones continuadas.

MUY IMPORTANTE

  1. Los alumnos que soliciten plaza en el Comedor Escolar para el nuevo curso deberán estar al corriente de pago para hacer uso del mismo.
  2. El impago de una mensualidad imposibilitará el uso del servicio del Comedor Escolar el mes siguiente.

EducaMadrid, Plataforma Educativa de la Comunidad de Madrid