El transporte escolar existente en nuestro centro se rige por la ORDEN 3793/2005, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se regula este servicio en los centros docentes públicos de la Consejería de Educación. Por ello, abarca exclusivamente a alumnos de enseñanza obligatoria cuyo domicilio se encuentre a menos de tres kilómetros de nuestro centro.

Una vez concedida la ruta, dicho servicio será de carácter gratuito y obligatorio (salvo causa justificada) ya que la no utilización diaria conlleva la supresión del derecho de usar la misma. Aquellos/as alumnos/as que no estén apuntados a ninguna actividad extraescolar antes o después del período lectivo deberán de usar la ruta tanto por la mañana como por la tarde.