
OFERTA DE MENÚ ÚNICO PARA LOS COMENSALES
El menú será único para todos los usuarios del servicio en cada centro docente, tanto para alumnos como para los profesionales del centro.
Posibilidad y requisitos de excepción al menú único para los comensales
Cuando existan razones excepcionales y justificadas, el Consejo Escolar podrá aprobar un menú distinto para el alumnado que sufra alergia o intolerancia a determinados alimentos o padezcan enfermedades o trastornos somáticos que precisen una alimentación específica. Para ello, la familia deberá solicitarlo en los casos en que concurra alguna enfermedad o trastorno crónico como diabetes, alergias alimentarias, etc., (debiendo indicar además los alimentos que no puede ingerir) y acreditarlo ante el Consejo Escolar aportando informe, emitido en fecha inferior a un año, del facultativo o Servicio que realice el seguimiento habitual de la patología que se alegue.
Excepcionalmente, cuando la elaboración de un menú específico por algún alumno pueda generar problemas al propio alumno, al centro docente o a la empresa suministradora, el Consejo Escolar podrá acordar, motivadamente, la denegación del menú especifico.
No obstante, según la Instrucción de la Directora General de Educación Infantil y Primaria de fecha 5 de febrero de 2008, todos los centros públicos deberán ofrecer menús sin gluten a los alumnos y alumnas que acrediten mediante certificado oficial padecer enfermedad celiaca.
NORMAS DE CONDUCTA DE LOS ALUMNOS REFERIDAS AL USO DEL COMEDOR
1. Se pasará al comedor con las manos limpias.
2. Se entrará en orden y silencio, sentándose cada alumno en la mesa que tiene asignada.
3. No se tirarán agua u otros alimentos en la mesa o en el suelo.
4. Se utilizarán correctamente los cubiertos.
5. Se debe comer todo tipo de alimentos en la cantidad suficiente.
6. No se sacará ningún alimento del comedor.
7. Nadie debe levantarse de la mesa, sin el permiso de las cuidadoras.
8. Se tratará el mobiliario y el menaje de forma correcta. Es responsabilidad de los padres, la reposición del material deteriorado intencionadamente.
9. Durante la comida, se podrá hablar en voz baja entre los alumnos sentados a la misma mesa, evitando ruidos con los cubiertos, arrastrar las sillas, los gritos…
10. Se guardará la debida compostura y se obedecerán las indicaciones del personal responsable del servicio de comedor.
Durante el periodo del servicio de comedor son efectivas y de obligado cumplimiento las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interior del centro, así como las establecidas en el Plan Anual del Comedor Escolar.
INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS
Se hará a través de:
• Boletines informativos
• Entrega mensual de menús.
• Entrevistas individuales o grupales con las familias a demanda del centro o de los interesados.

NORMAS INTERNAS DE FUNCIONAMIENTO
1. Las líneas de actuación del comedor se revisarán a través de la Jefatura de Estudios que será informada diariamente por las coordinadoras de E. Infantil y Primaria de las incidencias que se produzcan tomando las medidas oportunas e informando a los tutores y a las familias correspondientes. (Parte de incidencias)
2. Para que los alumnos puedan abandonar el Colegio solos o acompañados de persona distinta de sus padres, será necesario que se aporte la debida autorización escrita y firmada por los padres o tutores.
3. Los alumnos de comedor, serán recogidos puntualmente por sus padres o persona autorizada. Si se produce un retraso en la recogida de los alumnos, se debe avisar al centro y los alumnos pasarán a la Ludoteca .Al recoger al alumno, la encargada de la misma, cobrará la prórroga en la Ludoteca, contabilizando los intervalos cada media hora. El precio por cada media hora será de 5 €.
4. El servicio de comedor es voluntario, por tanto el mal comportamiento en el comedor o en el patio será sancionado con la exclusión del alumno/a del servicio ya sea temporalmente o de forma definitiva.
5. La dirección del Centro velará para que se cumplan todas las normas y se consigan los objetivos que este servicio tiene encomendados: sociales y educativos.

PRECIO DEL MENÚ
De conformidad con la Consejería de Educación, el precio del menú escolar, a satisfacer por cada usuario del servicio en el curso actual será de 5,50 € al día.
La mensualidad será de 123,75 €.
El precio de los días sueltos se fija en 6.50 €
Exención de pago
1. Aquellos alumnos escolarizados en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, en situación de acogimiento residencial, cuya guardia o tutela se B.O.C.M. Núm. 180 VIERNES 29 DE JULIO DE 2016 Pág. 107 BOCM-20160729-14 http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ejecuta por la Dirección General de la Familia y el Menor, estarán exentos del abono íntegro del servicio de comedor.
2. Igualmente, estarán exentos los alumnos escolarizados en dichos centros al amparo de los Convenios y Acuerdos establecidos por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte con la Dirección General de la Familia y el Menor, con la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y con la Dirección General de la Mujer.
3. Asimismo, estarán exentos los alumnos escolarizados en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid que acrediten la condición de
DEVOLUCIÓN DEL IMPORTE PARCIAL O TOTAL DEL PRECIO DIARIO DE MENÚ ESCOLAR
1) Baja temporal de usuarios en el comedor escolar: en el supuesto de inasistencia de algún comensal, por un período igual o inferior a siete días lectivos a lo largo de un mismo mes, únicamente deberá abonarse el coste correspondiente al personal contratado por la empresa de restauración, que se cifra en un cincuenta por ciento (60%) sobre el precio de la minuta.
La misma cantidad se abonará en los casos siguientes:
• Huelga del personal docente que imposibilite el suministro de menús y actividades complementarias inherentes al mismo.
• Aquellos días que no funcione el comedor escolar por haberse declarado oficialmente no lectivos, con posterioridad a la aprobación del calendario escolar.
• Aquellos d/as en que los alumnos se encuentren realizando actividades programadas fuera del recinto escolar y no se les suministre comida para llevar.
2) Bajas definitivas y bajas temporales superiores a siete días lectivos a lo largo de un mismo mes:
Se abonará la minuta según la siguiente escala:
a) Con un preaviso de siete días antes de la baja, cero euros.
b) Con un preaviso de tres días antes de la baja, 50% del precio de la minuta.
c) Con un preaviso de menos de tres días antes de la baja, 100% del precio de la minuta.
3) Solicitud de la devolución al Centro Escolar (Acuerdo del Consejo Escolar)
Las familias podrán solicitar la devolución que les corresponda en la secretaría del centro en la última semana del mes de junio, en horario de 9 a 11 horas.
