Es el órgano representativo de los diferentes sectores de la Comunidad Educativa. Desarrolla sus competencias teniendo en cuenta las necesidades del centro y la propia dinámica generada.
Su estructura y funcionamiento se inspira en una concepción participativa en la vida escolar tanto en su organización como en su funcionamiento atendiendo a los principios democráticos de convivencia.
Su composición, elección de componentes, nombramiento y competencias, están regulados por el Real Decreto 82/1.996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de E. Infantil y de los Colegios de E. Primaria (B.O.E. de 20 de febrero).
Miembros que componen el Consejo Escolar
- La Directora del centro, que es su Presidenta.
- La Jefa de Estudios.
- Cuatro Profesores elegidos por el Claustro.
- Cinco representantes de las Familias de los Alumnos del Centro.
- Un Representante del Personal de Administración y Servicios del Centro.
- Un Representante del Ayuntamiento.
- El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.
Así mismo, para dar mayor agilidad a su funcionamiento, están organizados en comisiones: de convivencia, económica…
