Estimadas familias.
Desde el siguiente enlace pueden acceder a la RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERÍA DE POLÍTICA EDUCATIVA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA INCORPORACIÓN CON CARÁCTER ANTICIPADO AL SERVICIO DE DESAYUNO ESCOLAR PARA LOS ALUMNOS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID QUE DISPONGAN DEL SERVICIO DE DESAYUNO ESCOLAR, PERTENECIENTES A FAMILIAS PERCEPTORAS DE LA RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN O DEL INGRESO MÍNIMO VITAL, DURANTE EL PERÍODO LECTIVO DEL CURSO ESCOLAR 2023-2024.
Destinatarios
Posibilitar la incorporación anticipada al servicio de desayuno escolar del alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos que dispongan de dicho servicio y que se corresponda con alguno de los siguientes supuestos:
- Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
- Familias perceptoras de Ingreso Mínimo Vital.
Descripción de la ayuda de desayuno
La ayuda de desayuno escolar consistirá en proporcionar, antes del inicio de la jornada lectiva, un desayuno saludable a los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria que pertenezcan a alguno de los dos supuestos recogidos en la Instrucción primera.
A este fin, y con la finalidad de poder recibir el desayuno escolar en condiciones adecuadas, los alumnos beneficiarios acudirán a su centro educativo hasta una hora antes del inicio de la jornada escolar, según establezca cada centro.
Solicitudes y documentación
Las familias que se encuentren en alguno de los supuestos recogidos en la instrucción primera y que deseen que alguno o algunos de sus hijos se beneficien de esta iniciativa presentarán en su centro educativo la solicitud según modelo anexo. La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el padre y la madre o el tutor o tutora del alumno salvo si se acredita, mediante declaración responsable, sentencia judicial u otra resolución, la imposibilidad de hacerlo.
Junto con la solicitud se presentará:
- a) Copia, en vigor, del DNI o NIE. En el caso de extranjeros que carezcan de NIE deberán aportar copia, en vigor, del pasaporte y consignar el número en la solicitud.
- b) Documento acreditativo de ser perceptor de la RMI o del IMV.
- La solicitud deberá ir firmada por ambos progenitores (padre y madre o tutores legales)
La participación en el servicio de desayuno escolar tendrá carácter voluntario para las familias si bien la solicitud de incorporación al mismo conlleva el compromiso de asistencia regular al mismo. El incumplimiento de dicho compromiso, salvo causa justificada valorada por el centro, implicará la pérdida del derecho a la utilización del servicio de desayuno escolar.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 3 de octubre de 2023.
Una vez supervisada la documentación y en el caso de que la ayuda esté concedida, el centro se pondrá en contacto con la familia por teléfono o email para formalizar el CONTRATO DE DESAYUNO e indicarles la fecha desde la que pueden comenzar a utilizar el servicio.
