PRESENTACIÓN SOLICITUDES BECA DE COMEDOR 2026-2027
PLAZOS DE PRESENTACIÓN: Del 29 de abril al 28 de mayo de 2026.
La SOLICITUD se tiene que cumplimentar por medios digitales en el siguiente enlace: https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2026-2027
¿CÓMO PRESENTAR LA BECA DE COMEDOR?
1.- El canal telemático será el medio prioritario de presentación de las solicitudes, a través del acceso habilitado para en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección electrónica:
https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2026-2027
=> Recuerden que deben adjuntar toda la documentación necesaria escaneada en pdf previamente.
DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LA PRÓRROGA:
La solicitud debidamente cumplimentada y firmada y el modelo de autorización para consulta de datos para personas mayores de 18 años. (Es la misma que encuentran unas líneas más arriba).
– Para las familias beneficiarias de Ingreso Mínimo Vital con renta inferior a 8.400 euros, deberá aportarse el documento que acredite la cuantía percibida del Ingreso Mínimo Vital.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR NUEVAS SOLICITUDES
- La solicitud debidamente cumplimentada y firmada y el modelo de autorización para consulta de datos para personas mayores de 18 años.
- Libro de familia completo o certificado del Registro Civil o partida de nacimiento.
- Empadronamiento colectivo donde aparezca el menor.
- Pasaporte (sólo extranjeros sin NIE)
- La documentación justificativa que acredite la opción señalada (renta 2024 si no autoriza consulta, certificado RMI, certificado IMV, certificado violencia de género, etc.).
¿QUÉ FAMILIAS PUEDEN ACCEDER A LA BECA DE COMEDOR?
Se cubrirán las necesidades de las familias con menos recursos y solo podrán presentar la solicitud aquellas familias en desventaja socioeconómica, debiendo cumplir algunos de los siguientes criterios:
- Alumnos/as tutelados por la Comunidad de Madrid en régimen de acogimiento residencial (debe aportar la documentación que lo acredite)
- Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción – RMI (no hay que aportar nada, solo autorizar la consulta de datos)
- Familias perceptoras del Ingreso Mínimo Vital – IMV (deben aportar su acreditación de ser perceptores)
- Alumnos/as con la condición de víctima de violencia de género y/o condición de víctima del terrorismo (debe aportar la acreditación necesaria).
- Alumnos/as beneficiarios de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (debe acreditarse con la documentación necesaria).
- Familias numerosas con rentas per cápitas a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros. (deberán aportar título de familia numerosa)
- Alumnos/as con la condición de víctima del terrorismo (debe aportar la documentación que justifica su condición de víctima del terrorismo).
- Familias con una renta per cápita familiar inferior a 8.400 euros en el ejercicio 2024. (no hay que aportar nada, solo autorizar la consulta de datos).
- Familias de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Fuerzas Armadas. (tienen que aportar el certificado expedido por la unidad de personal a la que se encuentre adscrito).
MODALIDADES Y CUANTÍAS ECONÓMICAS
AYUDA 295 EUROS
*Familia numerosa con renta entre 8.400 y 10.400 euros
AYUDA 445 EUROS (3€/día aproximadamente):
*Renta per cápita inferior a 8.400 euros.
*Víctima de Violencia de Género.
*Víctima del Terrorismo.
*Fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado.
*Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita entre 3.000 y 8.400 euros.
COSTE COMPLETO, COMEDOR CUBIERTO (0€):
*Protección Internacional y temporal (conflicto Ucrania).
*Renta Mínima de Inserción (RMI).
*Ingreso Mínimo Vital (IMV).
*Acogimiento Familiar.
PUBLICACIÓN LISTAS DE ADMITIDOS
Una vez revisadas todas las solicitudes, se anunciará la publicación de la lista de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas provisionalmente, con las razones de exclusión. Recibirás un mensaje con un código que podrás utilizar para acceder a la consulta detallada de la situación de tu solicitud.
Si tu solicitud está entre las excluidas provisionalmente, tendrás diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de las listas, para corregirla y/o presentar la documentación requerida. Si no lo haces en ese plazo, entenderemos que renuncias a la beca.
Finalmente se anunciará la publicación de los listados de las personas beneficiarias y se enviará un mensaje con un código que podrás utilizar para acceder a la consulta detallada de la situación de tu solicitud.
Plazo máximo de resolución : Seis meses
Efecto del silencio, NO CONTESTAR: Desestimatorio, NO CONCESIÓN DE LA BECA
