1. La obtención de la calificación de Matrícula de Honor en una asignatura, dará derecho a la exención del pago de una asignatura el curso siguiente, no debiendo ser abonada.
  2. La familia numerosa de categoría general abonará el 50%. La familia numerosa de categoría especial está exenta del
    importe total de las tasas.
  3. Quedan exonerados del pago del primer curso de las Enseñanzas Profesionales de Música aquellos alumnos que hubieran
    obtenido Premio de las Enseñanzas Elementales de Música.
  4. Quedan exonerados del pago de los precios públicos los estudiantes con discapacidad, considerándose por tales aquellos
    comprendidos en el artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
  5. Quedan exoneradas del pago de los precios públicos las víctimas de violencia de género, los menores que se encuentren
    bajo su patria potestad, guarda o tutela y, en su caso, cualquier otra persona en situación de dependencia de la mujer.
  6. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho e hijos están exentos del importe total de las tasas.
  7. El alumnado que vaya a convalidar alguna asignatura no deberá abonarla.