Acceso al Conservatorio
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Información relativa al acceso al curso 2026/27
Proceso ordinario de admisión
Para el ingreso a nuestros estudios se requiere la superación de una prueba de acceso específica, de carácter única y que solo podrá realizarse en un único centro.
La admisión de los aspirantes que superen la prueba de acceso estará sujeta a la existencia de plazas vacantes en el curso, año académico y especialidad por la que se haya concurrido.
La edad mínima para realizar la prueba de acceso a estas enseñanzas será de ocho años cumplidos antes de la finalización del año natural del inicio del curso académico. Excepcionalmente, para el acceso a primer curso, el Director podrá autorizar la realización de la prueba a aspirantes de menor edad.
1. El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá del 9 de abril al 30 de abril de 2026, ambas fechas inclusive, teniendo en cuenta lo siguiente:
2. Los solicitantes podrán elegir cualquiera de las siguientes opciones para presentar la solicitud y la documentación que debe acompañarla:
a. Tramitación electrónica en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid:
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Las solicitudes y la documentación que proceda podrán presentarse de forma telemática a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid.
La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud en el momento de su presentación y envío.
Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente a través del enlace sede.comunidad.madrid, en la sección Aportación de Documentos y Consulta de Expedientes.
b. Tramitación electrónica en la Secretaría Virtual del Sistema Integral de Gestión Educativa Raíces: a través del enlace https://raices.madrid.org/secretariavirtual, que será igualmente accesible a través del acceso habilitado para ello en el portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
Se pondrán a disposición diversas posibilidades de acceso a la citada Secretaría Virtual. Los padres, madres o tutores legales, o el alumno solicitante en caso de ser mayor de edad, podrán utilizar alguna de las siguientes:
- A través del sistema de identificación electrónica para las Administraciones Cl@ve. Se puede acceder a través de certificado digital, DNI electrónico, sistema de identificación de la Comunidad de Madrid Identifica, Cl@ve PIN, Cl@ve móvil, Cl@ve permanente o bien mediante la identificación con el nodo eIDAS para ciudadanos europeos.
- Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático @SCV en el que se recogerán los siguientes campos: Tipo de documento, NIF/NIE/Pasaporte, nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono móvil, contraseña, pregunta de seguridad y respuesta de seguridad. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo.
- Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a la Secretaría Virtual con dichas credenciales. Con el fin de facilitar la utilización de esta opción, los centros podrán generar las credenciales de acceso a los padres, madres o tutores legales que aún no dispongan de las mismas y tengan a sus hijos matriculados en centros sostenidos con fondos públicos durante el curso 2025-2026.
c. Tramitación convencional en papel: en la secretaría del centro al que se ha optado en el apartado 4 de la solicitud o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 apartados b), c), d) y e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo, en todo caso, indicarse como destinatario el director del centro en el que se presenta la documentación.
Si la solicitud se presenta en una oficina de Correos, deberá llevarse en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de que se proceda a su certificación, y se remitirá al centro al que se ha optado en el apartado 4 de la solicitud.
3. La solicitud de admisión será cumplimentada y firmada por ambos padres o tutores legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad, en cuyo caso deberá presentarse la oportuna declaración responsable. (Descarga de modelo) La presentación de la declaración responsable se reflejará en la solicitud de admisión. Las solicitudes que incluyan nombres y apellidos con partículas, deben grabarse tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE, certificado del Registro Civil o libro de familia.
4. Los aspirantes presentarán junto con la solicitud, según corresponda:
- DNI/NIE/Pasaporte, en caso de no autorizar la consulta.
- Carnet de familia numerosa, en caso de no autorizar la consulta.
- Certificación de víctima del terrorismo.
- Documento justificativo que acredite el pago del precio público por inscripción en prueba de acceso. Desde la página web www.comunidad.madrid los aspirantes podrán descargarse el modelo 030 (Servicios y Trámites/ Pago de Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos/ Música y Danza: servicios comunes por prueba de acceso.
Para conseguir el impreso 030 haz click AQUÍ e introduce en el buscador: prueba de acceso turina o en el campo código QR el número 299
- Certificado acreditativo de discapacidad expedido por el órgano competente de otra comunidad autónoma.
- Solicitud de adaptación para la realización de la prueba (solo para quienes lo requieran y hayan acreditado discapacidad).
- Autorización del director del centro para cursar una segunda especialidad de forma simultánea a la que el solicitante se encuentra cursando.
- Certificación académica de los estudios cursados en el caso de solicitantes de traslado y en el caso de aspirantes que soliciten realizar la prueba de acceso a una segunda especialidad.
- Certificación de la puntuación obtenida en la prueba de acceso, en el caso de los alumnos solicitantes de traslado que hayan accedido a las enseñanzas en el curso 2025-2026.
- Informe o dictamen de altas capacidades emitido por un Equipo de Orientación en el caso de aspirantes menores de ocho años a 31 de diciembre de 2026, según lo establecido en 274/2015, de 9 de febrero.
5. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la administración de la Comunidad de Madrid.
6. Aquellos que marquen la casilla correspondiente a “prueba de acceso” en la solicitud de admisión deberán aceptar la declaración responsable que figura en la misma. Dicha declaración hace constar que la persona que solicita participar en la prueba no está y no ha estado matriculada en las mismas enseñanzas y especialidad a las que opta en un centro público o privado autorizado.
7. Los interesados deberán indicar en el impreso de solicitud los números de teléfono que aseguren las posibles comunicaciones relativas al procedimiento y la adjudicación.
La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud en el momento de su presentación y envío.
Calendario de admisión:
- Vacantes autorizadas por especialidad instrumental. Publicación el 8 de abril. (Son actualizables al alza posteriormente)
- Presentación de solicitudes para inscripción en la prueba de acceso. Del 9 al 30 de abril.
- Presentación de solicitudes de reingreso transcurrido un curso académico. Del 9 al 30 de abril.
- Presentación de solicitudes de traslado de expediente. Del 9 al 30 de abril.
- Listado provisional de solicitantes admitidos para realizar las Pruebas de Acceso así como de no admitidos con las causas de exclusión, de solicitantes por reingreso y de solicitantes de traslado de expediente con puntuación: Publicación el11 de mayo.
- Listado definitivo de solicitantes admitidos para realizar las Pruebas de Acceso así como de no admitidos con las causas de exclusión, de solicitantes por reingreso y de solicitantes de traslado de expediente con puntuación: Publicación el 20 de mayo.
- Listado provisional de admitidos por traslado: 18 de junio. Listado definitivo de admitidos por traslado: 26 de junio
- Celebración de las pruebas de acceso: entre el 27 de mayo y el 16 de junio inclusive. (Se publicará más adelante)
- Publicación de los tribunales y citación de los aspirantes a todos los cursos. Con al menos 15 días de antelación a la fecha de inicio.
- Publicación de los tribunales y citación de los aspirantes a 1º de las EEEE. Con al menos 15 días de antelación a la fecha de inicio.
- Actualización de vacantes: hasta el 24 de junio.
- Acto de adjudicación de vacantes para 1º de las EEEE: hasta el 24 de junio. Se publicará próximamente
Traslados de expediente
Criterios de asignación de vacantes para traslados de expediente
Según acuerdo de la Comisión de Coordinación Pedagógica sobre las solicitudes de traslado de expediente, el centro determinará a qué especialidades destina el preceptivo 4% de las vacantes totales, en función de las plazas vacantes ofertadas y las necesidades de cada especialidad instrumental. Dentro de cada especialidad elegida, se seguirá el orden de puntuación obtenido por el baremo establecido.
Vacantes curso 2026/27
Proceso de desempate de solicitudes
Cualquier situación de empate que pudiera darse en el proceso será sustanciada por el sorteo público que la consejería de Educación, Ciencia y Universidades celebra anualmente para regular los procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, y cuyo resultado es comunicado a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid para su aplicación a través del Sistema Integral de Gestión Educativa de la Comunidad de Madrid (RAÍCES).
Normativa aplicable
La normativa aplicable es la siguiente:
- ORDEN 280/2018, de 2 de febrero, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos en centros públicos para cursar enseñanzas artísticas elementales y profesionales de danza y de música en la Comunidad de Madrid.
- ORDEN 274/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Música.
- Orden 2387/2008, de 6 de mayo, de la Consejería de Educación, por la que se regula y organiza para la Comunidad de Madrid la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de música derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Instrucciones de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial sobre el desarrollo de la Orden 274/2015, de 9 de febrero, de la consejería de educación, juventud y deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las Enseñanzas Elementales de música
- Instrucciones de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas sobre el proceso de admisión de alumnos en los conservatorios profesionales de danza, conservatorios profesionales de música y centros integrados de enseñanzas artísticas de música y educación primaria o secundaria de la Comunidad de Madrid para el curso 2026/2027.
Procedimiento de reclamación
El procedimiento para la reclamación de calificaciones se encuentra disponible en este documento.
Periodo extraordinario de admisión de alumnos
El proceso extraordinario de admisión comienza una vez concluido el proceso ordinario de admisión. Contempla los siguientes casos:
- Solicitantes matriculados en otro centro:
- Podrán presentar solicitudes de admisión desde el inicio del curso académico hasta el 31 de marzo de 2027, siempre que concurran circunstancias que así lo justifiquen.
- Estas solicitudes, que deberán incluir la certificación académica, podrán ser aceptadas solamente en el caso de que hubiera plazas vacantes en la especialidad, enseñanza y curso correspondiente.
- Solicitantes que no estén matriculados en otro centro:
- Podrán presentar solicitudes de admisión por traslado de expediente y por reingreso de más de un año, desde el inicio de curso 2026-2027 hasta el final del primer trimestre.
- Estas solicitudes podrán ser aceptadas solamente en el caso de que hubiera plazas vacantes en la especialidad, enseñanza y curso correspondiente.