¿Cuándo?

  1. Al final de curso para proseguir los estudios a partir del curso siguiente (antes del 15 de julio) : las solicitudes serán resueltas una vez finalizado el proceso de adjudicación de plazas vacantes para los alumnos de nuevo ingreso y de reingreso.
  2. Antes de haber finalizado el curso académico (sólo para los cursos de duración anual): hasta un mes antes de la finalización del curso escolar (Artículo 21 de la Orden 1798/2008).

¿Cómo?

Por correo electrónico a la secretaría del centro: secretaria.eoi.carabanchel@educa.madrid.org, con justificante del motivo por el que solicita el traslado.