Becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad curso 2026/2027

Les informamos que se ha publicado en el BOCM el Extracto de la Orden 1646/2026, de 27 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2026/2027. https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/17/BOCM-20260617-34.PDF

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 18 de junio hasta el 8 de julio, ambos inclusive.

La presentación se realizará preferentemente de forma telemática, sin perjuicio de poderse presentar también de forma presencial. El impreso de solicitud para su presentación presencial se puede conseguir en las oficinas de asistencia en materia de registro. (se adjunta a la presente comunicación).

De forma telemática, se podrá realizar el trámite accediendo a través de Cuenta Digital,

CUENTA DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

o a través de este enlace:

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-segunda-oportunidad-2026-2027

La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el alumno y, en su caso, por los progenitores o los tutores del alumno y todos aquellos miembros de la unidad familiar, mayores de edad, que figuren en ella.

Debe ir acompañada necesariamente del: Pasaporte en vigor (si no dispone de NIE), certificado expedido por el Registro Civil acreditativo de la filiación del alumno solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar con sus fechas de nacimiento, o documento oficial equivalente o libro de familia, en caso de hermanos no nacidos, certificado médico con la fecha probable del parto,  certificado expedido por el centro docente en el que se solicita la reserva de plaza o matrícula (Anexo I) y toda la documentación requerida en función de las circunstancias familiares.

Asimismo, en la solicitud deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico.

También hay que tener en cuenta que, en el caso de que se opongan expresamente a la consulta de datos por parte de la Comunidad de Madrid, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportarse la documentación exigida en las normas que regulan esta convocatoria.

Por último, cabe señalar la importancia de marcar expresamente en el formulario la casilla de autorización de consulta de la información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) 2024. En caso de no autorizar dicho cruce de datos, deberán adjuntarse los documentos correspondientes, conforme a lo establecido en la Orden de convocatoria.

Se recomienda consultar el apartado de Preguntas frecuentes antes de cumplimentar y presentar la solicitud.

Un cordial saludo,