PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN FINAL

El Procedimiento de Reclamación de calificaciones se encuentra regulado en los artículos 46 y 47 de la Orden 1712/2023 para la E.S.O. y los artículos 38 y 39 de la Orden 2067/2023 para Bachillerato.


  1. El alumnado o sus padres o tutores legales podrán solicitar al profesorado aclaraciones sobre la calificación final en una determinada área o materia.
  2. Tras las oportunas aclaraciones por parte del profesorado, en el supuesto de que exista desacuerdo o disconformidad con la calificación final obtenida en una materia o ámbito o con la decisión de promoción, titulación, el/la alumno/a (si es mayor de edad), sus padres o tutores legales podrán solicitar la revisión de dicha calificación o decisión. Para ello, deberán cumplimentar un impreso que se encontrará a su disposición en la secretaría del centro. Dicha solicitud de revisión se presentará en la secretaría del centro en el plazo de 2 días hábiles a partir de aquel en que se produjo la comunicación de dicha calificación o decisión. La solicitud de revisión contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la calificación final o con la decisión adoptada y será dirigida a la jefatura de estudios, quien la trasladará de forma inmediata al departamento de coordinación didáctica responsable de la materia o ámbito con cuya calificación se manifiesta el desacuerdo.
  3. Los departamentos de coordinación didáctica trasladarán los informes elaborados a la jefatura de estudios, quien comunicará por escrito al alumno/a y a sus padres o tutores legales la decisión razonada de ratificación o modificación de la calificación objeto de revisión, lo que pondrá termino al procedimiento de revisión.
  4. En el caso de que, tras el procedimiento de revisión en el centro, existan discrepancias y desacuerdo con las explicaciones de la resolución de la reclamación, los padres o tutores legales, o el alumno si es mayor de edad, podrán interponer una reclamación ante la Dirección de Área Territorial. Para ello, en el plazo de 2 días hábiles a partir de la última comunicación, se podrá presentar escrito dirigido a la directora del centro, con la motivación de dicha reclamación. Dicha solicitud será entregada por registro en la secretaría del centro.