PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES

En el siguiente enlace podéis seguir todo el procedimiento de reclamaciones, además, más abajo, os hemos hecho un resumen sencillo.

PROCESO DE RECLAMACIONES DE LAS CALIFICACIONES FINALES QUE AFECTEN A LA TITULACIÓN O PROMOCIÓN EN ESO Y BACHILLERATO (pendiente de actualizar por la Comunidad de Madrid a la normativa vigente)


RESUMEN: Instrucciones de revisión de las calificaciones finales. Reclamante

1.- Base normativa.

2.- Procedimiento revisión calificaciones en el centro.

            1.- Tras la Entrega de Boletines de la convocatoria ordinaria o extraordinaria, petición de aclaraciones al profesor correspondiente.

            2.- En caso de que el desacuerdo persista tras el punto uno: Presentación, en Jefatura de Estudios, de solicitud de revisión por escrito en modelo adjunto (un ejemplar por cada calificación disconforme) por parte del alumno, sus padres o tutores legales.

Plazo para los dos puntos anteriores: Dos días lectivos desde la entrega de boletines.

            3.- Una vez tomada la decisión por parte del departamento y, si procede, por la sesión extraordinaria de la junta de evaluación, la Jefatura de estudios informará al reclamante las decisiones adoptadas.

NOTA: En el procedimiento de revisión de las calificaciones finales de las materias, el alumno, o los padres o tutores legales cuando aquel sea menor de edad, podrán solicitar copia de los exámenes u otros instrumentos de evaluación escritos que hubieran dado lugar a la calificación correspondiente, lo que se hará a través de registro y mediante una petición individualizada y concreta, sin que quepa realizar una petición genérica de todos los exámenes. A la entrega del documento, el interesado deberá firmar un recibí de su recepción.

3.- Procedimiento de revisión en la Dirección de Área Territorial. En el caso de que, tras el procedimiento de revisión en el centro, persiste el desacuerdo con la calificación final de la materia, el alumno, sus padres o tutores legales, podrán presentar por escrito a la Dirección del centro docente, en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación, la petición para que eleve la reclamación ante la Dirección de Área Territorial.

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