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Becas de comedor escolar para el alumnado escolarizado en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en la Comunidad de Madrid.
Plazo de presentación: HASTA EL 28 DE MAYO DE 2026
IMPORTANTE: EL CENTRO NO PUEDE ACCEDER A CONSULTAR EL ESTADO DE LA SOLICITUD, POR LO QUE SE RECOMIENDA A LA FAMILIA REALIZARLO MEDIANTE CERTIFICADO DIGITAL PARA TENER DIRECTMENTE ACCESO AL ESTADO DE LA SOLICITUD.
PERSONAS DESTINATARIAS
Progenitores, tutores, acogedores o personas encargadas de la guarda y custodia de alumnas y alumnos que están matriculados o tienen una reserva de plaza en alguno de los siguientes tipos de centro:
- Escuelas infantiles de titularidad pública.
- Escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos públicos con convenio con la consejería competente en materia de Educación.
- Colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, incluidos aquellos cuyo servicio de comedor sea prestado a través de las entidades locales.
- Colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
- Colegios privados de Educación Infantil, Primaria y Secundaria sostenidos con fondos públicos, en las etapas educativas obligatorias (Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria) y Educación Infantil de segundo ciclo.
- Colegios Rurales Agrupados (CRA), incluidos aquellos cuyo servicio de comedor lo están prestando las entidades locales.
- Institutos de Educación Secundaria, que cuentan con servicio de comedor debidamente autorizado, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
REQUISITOS
Cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Disponer de una renta familiar por persona inferior a 8.400 euros durante el año económico 2024. Para este cálculo se tienen en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
- Algún miembro de la unidad familiar recibe la Renta Mínima de Inserción.
- Algún miembro de la unidad familiar recibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 euros. Para ello, puedes acreditar el Ingreso Mínimo Vital del 2024, 2025 o 2026.
- Pertenecer a una familia que dejó de recibir la Renta Mínima de Inserción por recibir el Ingreso Mínimo Vital.
- Disponer del título de Familia Numerosa y una renta familiar por persona a partir de 8.400 e inferior a 10.000 euros durante el año económico 2024.
- Algún miembro de la unidad familiar es víctima del terrorismo.
- Algún miembro de la unidad familiar es víctima de violencia de género.
- Alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o pertenece a las Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid.
- Alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.
- Escolarizado de oficio en un centro concertado que usa el transporte escolar (alumnado que ha sido asignado en un centro concertado y hace uso del transporte escolar).
- Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
- Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.
Consideraciones de la solicitud:
- Las personas beneficiarias de la beca en el curso 2025-2026 pueden solicitar la renovación de la beca, en vez de hacer de nuevo la solicitud. Esto sólo es posible si la unidad familiar no ha cambiado y siguen cumpliendo los requisitos de concesión de la beca.
- Todas las personas progenitoras o tutoras y todas las personas mayores de 18 años incluidas en la solicitud deben firmarla.
- Puedes solicitar becas para varios hermanos en una única solicitud, así solo necesitas presentar la documentación una vez.
- Debes proporcionar un certificado de fecha probable de parto para que tu hijo compute como miembro de la unidad familiar, si aún no ha nacido al presentar la solicitud.
- Ten en cuenta que:
- Estás declarando el número de personas consideradas para calcular la renta por persona, al completar los datos familiares.
- Autorizas a la Dirección General a comunicarse contigo sobre el estado de tu solicitud, al proporcionar tu número de teléfono móvil y correo electrónico. Puedes cancelar esta autorización en cualquier momento.
CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
La SOLICITUD ha de cumplimentarse por medios digitales en el siguiente enlace, pulsando en el botón “ACCEDER”: Becas comedor escolar 2026 2027 | Comunidad de Madrid
Las becas ya concedidas este año pueden PRORROGARSE al siguiente curso. RENOVACIÓN.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUD
Una vez rellena, se ha de registrar, preferiblemente, por medios digitales si disponen de certificado digital, o IMPRIMIR y presentarlo en las oficinas de registro habilitadas:
- Oficina del Registro General, padrón y atencion al vecino: del Ayuntamiento, 1, 28760 Tres Cantos, Madrid- Teléfono: 912 93 80 00
- Consejería de Educación. Dirección del Área Territorial Madrid – Norte:
Av. de Valencia, s/n, 28702 San Sebastián de los Reyes, Madrid
Teléfono para cita previa: 917 20 38 00
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA NUEVAS SOLICITUDES
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Pasaporte (sólo en caso de extranjeros que no dispongan de NIE).
- Libro de familia completo, certificado del Registro Civil o Partida de Nacimiento de todos los menores incluidos en la solicitud (si no se marca declaración responsable del apartado 7 de la solicitud).
- Empadronamiento familiar del municipio si es distinto al de Madrid en el que figuren todos los residentes en el mismo si los datos de los miembros de la solicitud no coinciden con el número de miembros que figuran en el Libro de familia, certificado Registro Civil o Partida de nacimiento (si no se marca declaración responsable del apartado 8 de la solicitud).
- Sentencia judicial de separación legal o divorcio o convenio regulador ratificado por el juez o certificado de defunción que determine la custodia en exclusiva de los menores (si no se marca declaración responsable del apartado 8 de la solicitud).
- Sentencia judicial o sentencia de relaciones paternofiliales que determine la custodia en exclusiva de los menores (si no se marca declaración responsable del apartado 8 de la solicitud).
- Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma distinta de la Comunidad de Madrid.
Documentación específica en su caso:
- Víctima del Terrorismo. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la situación de víctima del terrorismo.
- Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la situación de protección internacional (asilo protección subsidiaria).
- Protección temporal. Documentación que acredite la protección temporal por el conflicto en Ucrania.
- Acogimiento familiar. Resolución judicial o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite la situación de acogimiento familiar.
- Ingreso Mínimo Vital inferior a 8.400 euros. Documentación que acredite que la persona es beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital y la cuantía de la prestación, del ejercicio 2024, 2025 o 2026.
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Fuerzas Armadas. Certificado expedido por la Unidad de Personal a que se encuentre adscrito u órgano equivalente en el que se haga constar la persona de la unidad familiar que es miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o de las Fuerzas Armadas y que está destinado en la Comunidad de Madrid.
Documentos que pueden consultar si se da autorización (si no, deben aportarse):
- DNI o NIE.
- Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid.
- Información de la Renta Mínima de Inserción.
- Información de empadronamiento familiar en el municipio de Madrid.
- Título de Familia Numerosa.
- Documentación acreditativa de extinción Renta Mínima de Inserción por ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género.
- Documentación acreditativa de estar matriculado de oficio en centro concertado que hace uso del transporte escolar.
- Información de la defunción.
- Documentación de escolarización con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes, en caso de ayudas con carácter excepcional.
- Documentación relativa a la renta familiar:
-
- En caso de ingresos sometidos a IRPF:
- Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación con los datos de la renta correspondiente al ejercicio económico 2024.
- En el caso de ingresos no sometidos a IRPF:
- Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación en el que conste que en el ejercicio económico 2024 no ha tenido ingresos cometidos a IRPF y además, los siguientes documentos:
- En caso de ingresos sometidos a IRPF:
-
-
-
- Informe de vida laboral de la Seguridad Social.
- Nómina o certificado del empleador o empleadores que haya tenido en el 2024, de forma que pueda determinarse los ingresos totales de ese ejercicio.
-
-
- En caso de no disponer de DNI o NIE y solo disponga de Pasaporte: información fehaciente de la situación económica de renta del ejercicio 2024. Como, por ejemplo:
-
- Certificado de ingresos del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
- Nóminas del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
- Certificado expedido por cualquier institución u organismo público del país de procedencia o donde residiera en el 2024, en el que se indiquen los ingresos o no ingresos del 2024.
- Certificado expedido por los servicios sociales en el que se indiquen los ingresos o la falta de ingresos del 2024.
DOCUMENTACIÓN PARA RENOVACIÓN
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Ingreso Mínimo Vital renta inferior a 8.400 euros. Documentación acreditativa de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital del ejercicio 2024, 2025 o 2026.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
Información de la renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024.
- Documentación relativa a la renta familiar:
- En caso de ingresos sometidos a IRPF:
- Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación con los datos de la renta correspondiente al ejercicio económico 2024.
- En el caso de ingresos no sometidos a IRPF:
- Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación en el que conste que en el ejercicio económico 2024 no ha tenido ingresos cometidos a IRPF y además, los siguientes documentos:
- En caso de ingresos sometidos a IRPF:
-
-
-
- Informe de vida laboral de la Seguridad Social.
- Nómina o certificado del empleador o empleadores que haya tenido en el 2024, de forma que pueda determinarse los ingresos totales de ese ejercicio.
-
-
- En caso de no disponer de DNI o NIE y solo disponga de Pasaporte: información fehaciente de la situación económica de renta del ejercicio 2024. Como, por ejemplo:
- Certificado de ingresos del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
- Nóminas del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
- Certificado expedido por cualquier institución u organismo público del país de procedencia o donde residiera en el 2024, en el que se indiquen los ingresos o no ingresos del 2024.
- Certificado expedido por los servicios sociales en el que se indiquen los ingresos o la falta de ingresos del 2024.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
MODALIDADES Y CUANTÍAS ECOCÓMICAS
- 979 euros para familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o a las que se les ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
- 979 euros para familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta familiar por persona inferior a 3.000 euros.
- 445 euros para familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta familiar por persona, desde 3.000 euros hasta 8.400 euros, familia con una renta familiar por persona inferior a 8.400 euros, familia víctima de violencia de género, víctima del terrorismo, con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Fuerzas Armadas o en acogimiento familiar.
- 295 euros para familia numerosa a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros.
NORMATIVA
- Extracto acumulado de la Orden 1696/2026, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2026-2027 (BOCM nº 99, de 28 de abril).
- Acuerdo de 30 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 109, de 8 de mayo).
- Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 98, de 25 de abril).
