Composición
- Director.
- Jefa de estudios.
- Secretaria (sin derecho a voto).
- 5 representantes del claustro.
- 5 representantes de las familias (1 plaza se cede al AMPA).
- 1 representante de la administración.
- 1 representante del ayuntamiento.
Comisiones
El Consejo Escolar de nuestro centro tiene una serie de comisiones para tratar diferentes asuntos:
- Comisión económica (director, secretaria, 1 profesor/a y 1 padre/madre). Se encarga de comprobar el estado de las cuentas en profundidad, antes de su presentación en el Consejo Escolar en el que se aprobarán (enero).
- Comisión de convivencia (director, j. de estudios, 1 profesor/a y 1 padre/madre). En caso de problemas graves de convivencia se reúne para ser informada de las actuaciones que se están llevando a cabo y las medidas tomadas.
- Comisión permanente (director, 1 profesor/a y 1 padre/madre). En caso de tener que tomar una decisión de carácter urgente, esta comisión se reuniría para tomarla en nombre del Consejo Escolar.
- Comisión de comedor (director, secretaria, 1 profesor/a y 1 padre/madre). Se valoran los menús mensuales. Y se tratará cualquier incidente o tema relacionado con en el comedor y con el servicio prestado.
Competencias
Según se recoge en el apartado 78 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el articulo 127 de esta última, que establece las competencias del Consejo Escolar, queda redactado del siguiente modo:
a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley.
b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.
e) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la normativa vigente. Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
i) Promover progresivamente la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
j) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales y con otros centros, entidades y organismos.
k) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
l) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
m) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.
n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»
