BECAS

ÍNDICE

BECAS PARA LOS ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. CURSO 2025/26.

NORMATIVA

Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2025-2026. DESCARGAR

Extracto de la Resolución de 23 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2025-2026. DESCARGAR

INSTRUCCIONES DEFINITIVAS DAT-SUR AYUDAS DE APOYO EDUCATIVO 2025/2026 DEL MINISTERIO DE CIENCIA, EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

PROCEDIMIENTO PRESENTACIÓN DE BECAS ACNEE 25-26

INSTRUCCIONES DEFINITIVAS BECAS ACNEE 25/26

INSTRUCCIONES DEFINITIVAS DAT-SUR AYUDAS DE APOYO EDUCATIVO 2025/2026 DEL MINISTERIO DE CIENCIA, EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

ANEXO AUTOCOMPLETABLE

PLAZOS

Desde el 30 de abril del 2025 hasta el 11 de septiembre de 2025, ambos inclusive.

LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD SE REALIZARÁ ÍNTEGRAMENTE ONLINE.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

SEDE ELECTRÓNICA MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Acceder a la dirección: https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=2286

Pasos a seguir para presentar la solicitud:

PROCEDIMIENTO PRESENTACIÓN DE BECAS ACNEE 25-26

Una vez finalizado el trámite de solicitud telemática, aparece en ESTADO PRESENTADO en la Sede Electrónica del Ministerio.

NO TENDRÁ QUE LLEVAR EL JUSTIFICANTE DE SOLICITUD AL CENTRO EDUCATIVO. Sí deberán guardarlo.

  • NO se aceptarán las solicitudes que queden en estado «BORRADOR«.
  • NO se puede modificar una solicitud presentada. Se pueden presentar todas las que se necesite. SOLO SERÁ VÁLIDA LA ÚLTIMA.
  • Con la solicitud, NO se generarán los anexos a cumplimentar.
  • Al presentar la solicitud se generará automáticamente un justificante de presentación.
  • Excepcionalmente, alumnos que carezcan de DNI/NIE con número de soporte /IDESP/IXESP, y cumplan los requisitos, que no puedan presentar solicitud online: podrán hacer la presentación de la beca en papel. Recogida formulario en papel: del 4 al 11 de septiembre de 2025 en DAT SUR (C/ Maestro 19. Leganés, 28914, horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, sin cita previa.) Rellenar la solicitud en papel y registrarla (en DAT SUR), antes del 11 de septiembre.

Una vez cumplimentada:

  • Descargar el justificante de presentación en PDF.
  • Imprimir el justificante.
  • Presentar el justificante en la Secretaría del centro educativo donde vaya a cursar estudios en el curso 2025/2026.
  • Presentar los documentos necesarios.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTA AYUDA?

Alumnos que representan necesidad específica de apoyo educativo derivada de:

  • Altas capacidades.
  • Discapacidad reconocida igual o superior al 25%.
  • TDAH con discapacidad igual o superior al 25%.
  • TDAH asociado a Trastorno Grave de Conducta o a Trastorno Grave de la Comunicación y del Lenguaje.
  • Trastorno del Espectro Autista (TEA).
  • Trastorno Grave de Conducta.
  • Trastorno Grave de la Comunicación y del Lenguaje (TEL).

DOCUMENTACIÓN PREVIA

Para algunos conceptos se valora el UMBRAL DE RENTA FAMILIAR (convocatoria de las becas).

Para rellenar la solicitud telemática, hay que tener a mano los documentos siguientes:

  • DNI/NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Tarjeta de discapacidad, emitida antes del 31/12/2024.
  • Tarjeta de familia numerosa.
  • Número de cuenta bancaria, alumno titular o cotitular.

CONCEPTOS DE AYUDA

  • Subsidio de cuantía general.
  • Comedor escolar.
  • Libros y material didáctico (excepto Educación Infantil)
  • Transporte urbano o interurbano
  • Reeducación pedagógica y del lenguaje.
  • Programa específico para alumnos con altas capacidades intelectuales.

BECAS DE COMEDOR ESCOLAR CURSO 2026/27

NORMATIVA

En el Acuerdo de 24 de abril de 2024, publicado el 25 de abril de 2024, se aprueban las normas reguladoras para la concesión de becas para el comedor escolar en centros públicos de la Comunidad de Madrid. DESCARGAR

En el Acuerdo de 30 de abril de 2025, publicado el 8 de mayo de 2025, por el que se modifica el Acuerdo de 24 de abril de 2024, por el que se aprueban las normas reguladoras para la concesión de becas para el comedor escolar en centros públicos de la Comunidad de Madrid. DESCARGAR

En el EXTRACTO acumulado de la Orden 1696/2026, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2026-2027. DESCARGAR

CONDICIONES – MUY IMPORTANTE

Según las normas reguladoras, LOS ALUMNOS DEBEN SER USUARIOS DE COMEDOR DURANTE TODO EL AÑO, y deberán hacer uso de un mínimo del 50% de los días lectivos de comedor del curso escolar 2026-2027 para poder ser beneficiarios de estas ayudas.

Por ello, una vez que se conceda la beca, el alumno deberá estar inscrito en el servicio de comedor del centro.

PLAZOS

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 29 de abril al 28 de mayo de 2026, ambos inclusive.

CONSIDERACIONES DE LA SOLICITUD

  1. Las personas beneficiarias de la beca en el curso 2025-2026 pueden solicitar la renovación de la beca, en vez de hacer de nuevo la solicitud. Esto sólo es posible si la unidad familiar no ha cambiado y siguen cumpliendo los requisitos de concesión de la beca.
  2. Todas las personas progenitoras o tutoras y todas las personas mayores de 18 años incluidas en la solicitud deben firmarla.
  3. Puedes solicitar becas para varios hermanos en una única solicitud, así solo necesitas presentar la documentación una vez.
  4. Debes proporcionar un certificado de fecha probable de parto para que compute como miembro de la unidad familiar, si tu hijo aún no ha nacido al presentar la solicitud.
  5. Ten en cuenta que:
    • Estás declarando el número de personas consideradas para calcular la renta por persona, al completar los datos familiares.
    • Autorizas a la Dirección General a comunicarse contigo sobre el estado de tu solicitud, al proporcionar tu número de teléfono móvil y correo electrónico. Puedes cancelar esta autorización en cualquier momento.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  4. Adjunta los documentos y pulsa Firmar y enviar solicitud para finalizar.

Presentación presencial

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Acceder al formulario. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

¿RENOVACIÓN O NUEVA SOLICITUD?

RENOVACIÓN

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Ingreso Mínimo Vital renta inferior a 8.400 euros. Documentación acreditativa de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

Información de la renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024

Si no autoriza expresamente la consulta de datos, deberá aportar la siguiente documentación relativa a la renta familiar:

  1. En caso de ingresos sometidos a IRPF:
    1. Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación con los datos de la renta correspondiente al ejercicio económico 2024.
  2. En el caso de ingresos no sometidos a IRPF:
    1. Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación en el que conste que en el ejercicio económico 2024 no ha tenido ingresos cometidos a IRPF y además, los siguientes documentos:
      1. Informe de vida laboral de la Seguridad Social.
      2. Nómina o certificado del empleador o empleadores que haya tenido en el 2024, de forma que pueda determinarse los ingresos totales de ese ejercicio.

En caso de no disponer de DNI o NIE y solo disponga de Pasaporte: información fehaciente de la situación económica de renta del ejercicio 2024. Como, por ejemplo:

  1. Certificado de ingresos del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
  2. Nóminas del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
  3. Certificado expedido por cualquier institución u organismo público del país de procedencia o donde residiera en el 2024, en el que se indiquen los ingresos o no ingresos del 2024.
  4. Certificado expedido por los servicios sociales en el que se indiquen los ingresos o la falta de ingresos del 2024.

RECUERDA QUE ERES RESPONSABLE DE LA VERACIDAD DE LOS DOCUMENTOS QUE PRESENTES.

NUEVA SOLICITUD

Documentos a aportar junto a la solicitud:

Con carácter general:

  1. Pasaporte (sólo en caso de extranjeros que no dispongan de NIE).
  2. Libro de familia completo, certificado del Registro Civil o Partida de Nacimiento de todos los menores incluidos en la solicitud (si no se marca declaración responsable del apartado 7 de la solicitud).
  3. Empadronamiento familiar del municipio si es distinto al de Madrid en el que figuren todos los residentes en el mismo si los datos de los miembros de la solicitud no coinciden con el número de miembros que figuran en el Libro de familia, certificado Registro Civil o Partida de nacimiento (si no se marca declaración responsable del apartado 8 de la solicitud).
  4. Sentencia judicial de separación legal/divorcio o convenio regulador ratificado por el juez o certificado de defunción que determine la custodia en exclusiva de los menores (si no se marca declaración responsable del apartado 8 de la solicitud).
  5. Sentencia judicial o sentencia de relaciones paterno filiales que determine la custodia en exclusiva de los menores (si no se marca declaración responsable del apartado 8 de la solicitud).
  6. Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma distinta de la Comunidad de Madrid.

Documentación específica:

  1. Víctima del Terrorismo. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la situación de víctima del terrorismo.
  2. Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la situación de protección internacional (asilo protección subsidiaria).
  3. Protección temporal. Documentación que acredite la protección temporal por el conflicto en Ucrania.
  4. Acogimiento familiar. Resolución judicial o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite la situación de acogimiento familiar.
  5. Ingreso Mínimo Vital inferior a 8.400 euros. Documentación que acredite que la persona es beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital y la cuantía de la prestación.
  6. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Fuerzas Armadas. Certificado expedido por la Unidad de Personal a que se encuentre adscrito u órgano equivalente en el que se haga constar la persona de la unidad familiar que es miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o de las Fuerzas Armadas y que está destinado en la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. DNI o NIE.
  2. Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid.
  3. Información de la Renta Mínima de Inserción.
  4. Información de empadronamiento familiar en el municipio de Madrid.
  5. Título de Familia Numerosa.
  6. Documentación acreditativa de extinción Renta Mínima de Inserción por ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
  7. Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género.
  8. Documentación acreditativa de estar matriculado de oficio en centro concertado que hace uso del transporte escolar.
  9. Información de la defunción.
  10. Documentación de escolarización con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes, en caso de ayudas con carácter excepcional.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

Información de la renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024

Si no autoriza expresamente la consulta de datos, deberá aportar la siguiente documentación relativa a la renta familiar:

  1. En caso de ingresos sometidos a IRPF:
    1. Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación con los datos de la renta correspondiente al ejercicio económico 2024.
  2. En el caso de ingresos no sometidos a IRPF:
    1. Certificado expedido por la Agencia Tributaria con código seguro de verificación en el que conste que en el ejercicio económico 2024 no ha tenido ingresos cometidos a IRPF y además, los siguientes documentos:
      1. Informe de vida laboral de la Seguridad Social.
      2. Nómina o certificado del empleador o empleadores que haya tenido en el 2024, de forma que pueda determinarse los ingresos totales de ese ejercicio.

En caso de no disponer de DNI o NIE y solo disponga de Pasaporte: información fehaciente de la situación económica de renta del ejercicio 2024. Como, por ejemplo:

  1. Certificado de ingresos del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
  2. Nóminas del país de procedencia o donde se hubieran generado los ingresos del 2024.
  3. Certificado expedido por cualquier institución u organismo público del país de procedencia o donde residiera en el 2024, en el que se indiquen los ingresos o no ingresos del 2024.
  4. Certificado expedido por los servicios sociales en el que se indiquen los ingresos o la falta de ingresos del 2024.

RECUERDA QUE ERES RESPONSABLE DE LA VERACIDAD DE LOS DOCUMENTOS QUE PRESENTES.

Adjuntamos el enlace a una presentación que guía paso a paso en la tramitación electrónica de la solicitud.

AYUDA TRAMITACIÓN BECA COMEDOR 24-25

EL FUNCIONAMIENTO ES EL MISMO QUE EL CURSO PASADO

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTA AYUDA?

  1. Renta familiar por persona: disponer de una renta familiar por persona que no supere los 8.400 € durante el ejercicio económico del 2024. Para este cálculo se tendrán en cuanta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
  2. Renta mínima de inserción (RMI): algún miembro de la unidad familiar debe recibir esta prestación.
  3. Ingreso mínimo vital (IMV): algún miembro de la unidad familiar debe recibir esta prestación y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 €, pudiéndose acreditar el IMV del 2024, 2025 o 2026. Para este cálculo se tendrán en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
  4. Extinción de la RMI por IMV: pertenecer a una familia que dejó de percibir la Renta mínima de inserción por percibir el Ingreso mínimo vital.
  5. Disponer del título de Familia Numerosa y que la renta familiar por persona esté entre 8.400 y 10.000 euros.
  6. Víctima de terrorismo: algún miembro de la unidad familia es víctima del terrorismo.
  7. Víctima de violencia de género: algún miembro de la unidad familia es víctima de violencia de género.
  8. Fuerzas y Cuerpos del Estado: alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil con destino en la Comunidad de Madrid).
  9. Acogimiento familiar: alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.
  10. Escolarizado de oficio en un centro concertado que usa el transporte escolar (alumnado que ha sido asignado en un centro concertado y hace uso del transporte escolar).
  11. Protección internacional: algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
  12. Protección internacional temporal: algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.

CUANTÍA DE LAS BECAS

A los efectos del cálculo de la renta per cápita establecido en los artículos 5 y 8 de las normas reguladoras se tendrá en cuenta la renta del ejercicio 2024.

Para calcular la renta per cápita de la unidad familiar se considerará como ingresos la cantidad que resulte de operar con las cantidades que figuran en las siguientes casillas de la declaración de IRPF del ejercicio 2024:

420 + 432 − 433 + 424 + 429 − 446 − 436 – 595

Se establecen las siguientes cuantías de ayudas:

  1. Familias perceptoras de Renta Mínima de Inserción o beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción: 979 € para el curso escolar.
  2. Familia beneficiara del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 3.000 € y que no se encuentre en el supuesto del apartado anterior: 979 € para el curso escolar.
  3. Familia beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita desde 3.000 € hasta 8.400 € y que no se encuentre en el supuesto del apartado a, familia con una renta per cápita inferior a 8.400 €, familia con algún miembro de la unidad familiar víctima de violencia de género o víctima del terrorismo, familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con destino en la Comunidad de Madrid, alumno en situación de acogimiento familiar: 445 € para el curso escolar.
  4. Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar: el coste del comedor escolar del centro donde se encuentre matriculado.
  5. Familia con algún miembro beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades y alumnos beneficiarios de protección temporal por el conflicto de Ucrania: el coste del comedor escolar íntegro del centro donde se encuentre matriculado.
  6. Alumnos en situación de acogimiento residencial, cuya guardia o tutela se ejerce por la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia y alumnos escolarizados al amparo de los convenios y acuerdos establecidos por la Consejería competente en materia de Educación con la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia (alumnos sobre los que la citada consejería dictamina que se encuentran en situación de urgencia social), Ministerio competente en materia de Instituciones Penitencias (alumnos cuyas madres se encuentran en alguna Institución Penitenciaria) y Consejería competente en materia de violencia de género (alumnos cuyas madres, víctimas de violencia de género, se encuentran en un centro de acogida de la Comunidad de Madrid): el coste del comedor escolar íntegro del centro donde se encuentre matriculado.
  7. Familia numerosa con una renta per cápita a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros, 295 €.

A los efectos de lo establecido en el artículo 11 de las normas reguladoras y para los supuestos b y c, el documento acreditativo de las cuantías del Ingreso Mínimo Vital podrá corresponder a los ejercicios 2024, 2025 o 2026.

El período subvencionable correspondiente al crédito presupuestario disponible que figura en esta orden es el curso académico 2026-2027.

PARA PODER BENEFICIARSE DE LA AYUDA, EL BENEFICIARIO DEBERÁ HACER USO EFECTIVO DEL COMEDOR ESCOLAR AL MENOS EL 50 % DE LOS DÍAS LECTIVOS DE CADA UNO DE LOS MESES DEL CURSO.

PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ADMITIDOS

Una vez revisadas todas las solicitudes, se anunciará la publicación de la lista de solicitudes presentadas y de solicitudes excluidas provisionalmente, con las razones de exclusión. Se recibirá un mensaje con un código que se podrá utilizar para acceder a la consulta detallada de la situación de cada solicitud.

Si la solicitud está entre las excluidas provisionalmente, se contará con diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de las listas, para corregirla y/o presentar la documentación requerida. Si no se hace en ese plazo, se entenderá que se renuncia a la beca.

Finalmente se anunciará la publicación de los listados de las personas beneficiarias y se enviará un mensaje con un código que se podrá utilizar para acceder a la consulta detallada de la situación de cada solicitud.

  • Plazo máximo de resolución:6 meses
  • Efecto del silencio (si no hay respuesta): Desestimatorio

AYUDAS DE DESAYUNO ESCOLAR CURSO 2025/26

NORMATIVA

ACUERDO de 31 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Infantil y Primaria, pertenecientes a familias perceptoras de la renta Mínima de Inserción (RMI) o del Ingreso Mínimo Vital (IMV). DESCARGAR

EXTRACTO de la Orden 2174/2025, de 19 de agosto, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas de desayuno escolar durante el curso 2025-2026. DESCARGAR

INFORMACIÓN

Página web de la Comunidad de Madrid con toda la información.

https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/ayudas-individualizadas-desayuno-escolar

PLAZOS

Las solicitudes se deberán presentar antes de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del EXTRACTO de la Orden 2174/2025.

Desde el 2 de septiembre hasta el 22 de septiembre de 2025.

PRESENTACIÓN SOLICITUDES

Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial.

El modelo oficial podrá obtenerse y cumplimentarse a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid, sede electrónica.

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-desayuno-escolar

Una vez cumplimentada, podrá presentarse en:

  • De forma presencial, en el centro docente donde esté matriculado el alumno.
  • En cualquier lugar previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • En el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid: sede.comunidad.madrid.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Junto con la solicitud se presentará:

  • Copia, en vigor, del DNI o NIE de ambos padres/tutores legales.
  • Documento acreditativo de ser perceptor de la RMI o IMV.
  • Cuando el solicitante o el padre, madre, tutor legal tenga la condición de víctima de la violencia familiar o de género, se deberá indicar expresamente en la solicitud y acreditarse mediante orden de protección o cualquier otro medio previsto.

BECAS DE LIBROS EN PRIMARIA: ACCEDE

CURSO 2026/27

ADHESIÓN ALUMNOS 5 AÑOS DE EDUCACIÓN INFANTIL

Les informamos que todos/as los alumnos/as de 5 años de Educación Infantil que quieran participar para obtener los libros de 1º de Primaria para el curso 2026-27, deben rellenar el Anexo de adhesión para poder participar en el programa ACCEDE de prestado de libros para Educación Primaria.

Este Programa se rige por la Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 168/2018, de 11 de diciembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba reglamento del Programa Accede.

Las líneas básicas de este programa de préstamo de libros y material curricular en Educación Primaria son:

  • Los alumnos de Educación Primaria participan voluntariamente en dicho programa que se renueva de forma automática todos los años, salvo renuncia expresa comunicada a la secretaria del Centro.
  • La condición para este Programa es que a partir de 3º de Primaria tendrán que devolver en perfecto estado el lote de libros completo, utilizados en el curso anterior, para poder recoger los del siguiente.  Salvo los alumnos/as de 1º y 2º de Primaria, que se consideran como material fungible y sí pueden escribir en ellos.
  • El programa solo incluye los libros de Lengua, Matemáticas, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales e Inglés (libro de estudio /Class Book). No están incluidos los cuadernillos de actividades de Inglés (Activity Book) o de cualquier otra área, que el profesorado del centro pueda requerir, aparte de los mismo.

Para participar en el programa deberán rellenar el Anexo adjunto y entregarlo firmado a la tutora antes del 30 de abril.

Atentamente y gracias por la colaboración.

Coordinación Programa Accede

CIRCULAR INFORMATIVA ADHESIÓN ALUMNADO AL PROGRAMA ACCEDE

ANEXO I DOCUMENTO DE ADHESIÓN


DEVOLUCIÓN DE LIBROS DEL PROGRAMA ACCEDE

Se va acercando ya el final del curso 2024-2025, y como cada año hay que proceder a la recogida de los libros del programa ACCEDE. Para ello los/as alumnos/as se llevarán a casa los libros el viernes día 13 de junio y los alumnos de 6ºP el viernes 6 de junio. Os recordamos que debéis revisar todos los libros para poder hacer la devolución en perfecto estado de uso (tomando como referencia el estado en el que se entregaron a principio de curso), el día que os indicamos más abajo. Deberán traer el lote completo de libros y el recibo de entrega que recibieron en septiembre de 2024.

A continuación, os enumeramos una serie de indicadores que debéis tener en cuenta a la hora de revisar los libros del programa ACCEDE, para proceder a su devolución:

  • Que le he quitado el forro de plástico sin estropear el libro y que el nombre del alumno no aparece por ningún sitio.
  • Que no tiene hojas pintadas, subrayadas o con Típpex.
  • Que no tiene hojas mojadas, cortadas o rotas.
  • Que no le faltan páginas.

Los alumnos de 1º y 2º de primaria NO tienen que entregar ningún libro por ser material fungible de un solo uso, tampoco en el caso de nuevas adhesiones.

Los alumnos de 4º y 6º de primaria que vayan a repetir curso y estén adheridos al programa ACCEDE, se quedarán con el mismo lote de libros para el curso 2025-2026, por lo que no los tiene que devolver.

A 6º de primaria se les realizara el certificado de ACCEDE que tendrán que llevar al instituto cuando hagan la matriculación. También, se les devolverá la fianza de 20 euros que depositaron.

La devolución de los libros de texto del plan ACCEDE se realizará a través de la puerta de infantil en la sala de Psicomotricidad de infantil.

LUNES, 16 DE JUNIO
MARTES, 17 DE JUNIO
CURSOHORA
3º ADe 15:00 a 15:20
3º BDe 15:20 a 15:40
3º CDe 15:40 a 16:00
3º DDe 16:00 a 16:20
4º ADe 16:20 a 16:40
4º BDe 16:40 a 17:00
4º CDe 17:00 a 17:20
4º DDe 17:20 a 17:40
CURSOHORA
5º ADe 15:00 a 15:20
5º BDe 15:20 a 15:40
5º CDe 15:40 a 16:00
5º DDe 16:00 a 16:20
6º ADe 16:20 a 16:40
6º BDe 16:40 a 17:00
6º CDe 17:00 a 17:20
6º DDe 17:20 a 17:40

Si alguna familia no pudiera en este horario, puede autorizar a otra persona. En la autorización deberá aparecer el nombre y el DNI de los tutores legales del alumno/a en cuestión. Además, del nombre – apellidos y DNI de la persona autorizada, todo ello debidamente firmado.

Aquellas familias que no puedan venir en dicho tramo horario, podrán venir a efectuar la devolución de libros de 17:40 a 18:00 horas el lunes 16 y martes 17 de junio de 2025.

CIRCULAR DEVOLUCIÓN DE LIBROS DEL PROGRAMA ACCEDE 2024-2025

AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO EN INFANTIL 25-26

NORMATIVA

INSTRUCCIONES DEL PROGRAMA DE LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO ALUMNOS DE INFANTIL Y TUTELADOS NO ACCEDE 2025/2026

INFORMACIÓN AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO INFANTIL 25-26

SOLICITUD AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO INFANTIL 25-26

INFORMACIÓN

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid ha convocado las ayudas para préstamo de libros de texto y material didáctico para alumnos y alumnas de Educación Infantil.

Este programa está dirigido solamente al alumnado de Educación Infantil del curso 2025/2026 que estén en SITUACIÓN DE DESVENTAJA SOCIOECONÓMICA.

CRITERIOS PARA DETERMINA LA SITUACIÓN DE DESVENTAJA

  • Alumnos y alumnas tutelados por la Comunidad de Madrid.
  • Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción (RMI) o Ingreso Mínimo Vital (IMV)
  • Familias en situación de intervención social por los Servicios Sociales.
  • Alumnos y alumnas con la condición de Violencia de género.
  • Alumnos y alumnas beneficiarios de Protección Internacional, en cualquiera de sus modalidades.
  • Alumnos y alumnas con la condición de Víctima del Terrorismo.
  • Alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales.
  • Familias con una renta per cápita de la unidad familiar del inferior a 8.400 , fijada en la norma reguladora del procedimiento de concesión de becas para comedor escolar.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • Copia de la solicitud correctamente cumplimentada, que mandamos en este correo.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Para todos los requisitos, se aportará fotocopia de la documentación acreditativa del órgano competente que certifique dicha situación. Para el apartado de renta inferior a 8.400 €, se aportará la declaración de la renta del 2023 con código de verificación seguro (conjunta o ambas individuales).

ROGAMOS SE ABSTENGAN DE ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN SI NO CUMPLEN LOS REQUISITOS, PUES SERÁN DESESTIMADAS

PLAZOS Y MODO DE ENTREGA DE SOLICITUDES

  • Del 17 al 25 de junio en la Secretaría del centro
  • De 9,15 h a 10,30h

Los alumnos de NUEVA MATRICULACIÓN 3 años la entregarán con los documentos de matrícula.

INFORMACIÓN AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO INFANTIL 25-26

SOLICITUD AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO INFANTIL 25-26

SEGUNDO PLAZO DE BECAS DE COMEDOR ESCOLAR CURSO 2025/26

NORMATIVA

EXTRACTO acumulado de la Orden 4913/2025, de 15 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes en el marco del procedimiento de concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2025-2026.(DESCARGAR)

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES FASE DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES BECAS PARA EL COMEDOR ESCOLAR CURSO 2025/2026

INFORMACIÓN

Con motivo de la publicación del Extracto acumulado de la Orden 4913/2025, de 15 de octubre, se abre un nuevo plazo para solicitar Becas de comedor escolar para el alumnado escolarizado en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en la Comunidad de Madrid.

PLAZOS

Fecha de inicio: 21/10/2025

Fecha de fin: 18/11/2025

TRAMITACIÓN SOLICITUDES

Para tramitar la solicitud de la Beca, deben acceder a la página de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid destinada a las Becas de comedor para el curso 2025/2026

Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de «Solicitud» ubicado en la sección tramitar y al modelo de «Autorización para la consulta de datos» ubicado en la sección Anexos.

El resto del procedimiento es el mismo que en el primer plazo de presentación de solicitudes. Tiene toda la información justo más abajo.

LISTADO PROVISIONAL DE SOLICITUDES PRESENTADAS Y EXCLUIDAS

El día 7 de enero se han publicado las listas provisionales de solicitudes presentadas y excluidas del NUEVO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES de la convocatoria de becas para el comedor escolar para el curso 2025-2026.

El plazo de subsanaciones será del 8 al 21 de enero de 2026 ambos inclusive.