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12. CONCRECIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO.NORMAS GENERALES DEL CENTRO DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. |
ENTRADAS.
- Toda la comunidad educativa tiene el deber de ser puntual (alumnos, profesorado, padres, servicios).
- Las puertas de acceso al Centro se abrirán a las 9:00 horas.
- El alumnado accederá directamente a sus aulas, excepto Infantil, que formarán las filas en la zona de la entrada del edificio de E. Infantil. Los padres no podrán acceder al centro en ese momento.
- Los alumnos deberán subir las escaleras con las mochilas en la espalda, y en fila, evitando empujones.
- Ningún adulto accederá al recinto escolar mientras que haya alumnos en el patio. En caso de tener que realizar alguna gestión en secretaría, esperarán hasta que todos los alumnos entren en el edificio.
- Se debe respetar el horario de atención a padres, evitando las consultas al profesorado a la hora de la entrada, ya que ello, retiene al grupo, e impide el control del tutor sobre el mismo. Si necesitan comunicar algo urgente, deberán de hacerlo vía agenda, nota, roble y /o llamada a secretaría.
- Los padres serán responsables de sus hijos, hasta las 9h, momento en el que los tutores atenderán a sus alumnos.
- Todos los alumnos/as que lleguen tarde, una vez cerradas las puertas accederán al Centro por la puerta principal con su familiar, y tendrán que esperar a ser atendidos por el auxiliar de control. Se registrarán las entradas y salidas en los documentos de control.
- Los alumnos/as que por diferentes causas no lleguen al colegio a la hora de la entrada, pueden incorporarse al centro a lo largo de toda la jornada lectiva. Recomendamos en los cambios de clase para no entorpecer el desarrollo de las mismas: a las 09:45h., a las 10:30h., 11:55 (5 minutos antes de la hora del recreo), a las 12:35h. (5 minutos después de terminar el recreo), y a las 13:15h. Se accederá por la puerta principal, esperando a ser atendidos por el auxiliar de control para su atención y registro.
- Por seguridad, rogamos CIERREN LAS PUERTAS DE ACCESO al colegio cuando hagan uso de las mismas.
SALIDAS.
- Al finalizar las clases, los alumnos deberán ordenar las aulas, recoger sus pertenencias, papeles del suelo, colocar los materiales en su sitio, borrar la pizarra, apagar PDI y ordenadores, subir cada uno su silla en la mesa, apagar las luces y cerrar la puerta. Los profesores colaborarán y se asegurarán y supervisarán la labor de los alumnos y responsables, para que todo quede en orden.
- Los alumnos/as no pueden salir del recinto escolar en horario lectivo sin motivo justificado, debiendo acudir el padre, madre o persona responsable. En ningún caso se accederá a buscar al niño/a directamente al aula o patio. Será el auxiliar de control el responsable.
- Las puertas del Centro se abrirán la hora de salida de los niños/as. Solamente se entregará en mano a los alumnos/as de E. infantil y 1º y 2º de primaria, a padres, tutores legales y a aquellas personas que estén previamente autorizadas. Los alumnos de 3º, 4º, 5º y 6º saldrán solos. Serán los familiares los responsables de su custodia, así como de estar para su recogida a la hora de salida. En caso de no poder acudir, deberán comunicarlo al centro por teléfono, antes de producirse la salida.
- Los alumnos de E. Primaria que no salgan por su puerta correspondiente, al tener hermanos en Infantil, deberán emitir una autorización firmada por sus padres, que se entregará en secretaría, debiendo informar al tutor/a.
- Los padres podrán autorizar la salida de sus hijos/as solos del centro a partir de 5º de primaria solicitándolo a la dirección a través del modelo del centro, en consecuencia:
- Los alumnos: de Infantil, 1º, 2º, 3º y 4º de primaria, no podrán salir del colegio solos, ni ser recogidos por hermanos u otras personas menores de edad.
- Los alumnos de 5º y 6º de primaria podrán salir solos siempre que tengan una autorización de sus padres o tutores legales.
SALIDA ALUMNOS DE COMEDOR:
- INFANTIL:
Las monitoras del comedor los recogerán un cuarto de hora antes de la salida, para la ayuda de lavado de manos y organizar las filas.
- PRIMARIA:
- Los tutores organizarán la fila de salida con los alumnos de comedor colocados al principio de esta, y a continuación los que son recogidos por la familia, saliendo todos a la vez del aula.
- En la puerta de salida del edificio los de comedor se dirigirán hacía su espacio asignado para su fila, donde les recogerá su monitora.
- Los días de lluvia serán recogidos en el Hall.
RETRASOS Y AUSENCIAS.
- Se anotarán diariamente las ausencias y retrasos del alumnado en Roble, pudiendo los padres consultar y justificar las mismas.
- Cuando el alumno tenga 5 retrasos mensuales, el tutor notificará del hecho a la familia. Si fueran superior a 5, se comunicará a J. Estudios.
- En caso de retraso de los padres a la hora de la salida se procederá de la siguiente manera: durante los 5 primeros minutos el responsable será el tutor o profesor responsable. Pasados estos, se llevará al alumno a dirección. Pasados 10 minutos se procederá a llamar a la familia. Si no hubiera respuesta se llamará a la policía.
- En caso de ausencias prolongadas por enfermedad u otras causas importantes, la familia deberá comunicarlo cuanto antes.
DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO.
De conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación:
- Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando.
- Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de ser formados en el conocimiento de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en la misma.
- Se reconocen al alumnado los siguientes derechos básicos.
Derechos básicos del alumnado:
- a) A recibir una formación integral de calidad y en condiciones de equidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
- b) A conocer los criterios generales que se hayan establecido para la evaluación de los aprendizajes, la promoción y la permanencia.
- c) A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos conforme a criterios de plena objetividad y equidad.
- d) A ser respetado por todos los miembros de la comunidad educativa. El alumnado
tiene derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personales, así como su libertad de conciencia y sus convicciones ideológicas, religiosas y morales, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones, de acuerdo con la Constitución Española.
- e) A la protección contra toda agresión física, emocional, moral o de cualquier otra índole.
- f) A la confidencialidad en el tratamiento de los datos personales.
- g) A recibir orientación educativa y profesional.
- h) A ser educado en igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
- i) A ser informados por sus representantes en los órganos de participación en los que estén representados y por parte de las asociaciones de alumnos, y a manifestar libremente sus opiniones, de manera individual y colectiva.
- j) A participar en el funcionamiento y en la vida del centro en los términos establecidos en la normativa vigente.
- k) A la asociación y reunión en el centro educativo, en los términos que establezca la normativa vigente.
- l) A las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de ESO, con respecto a la asistencia a clase, cuando estas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.
- m) A participar, a través de sus representantes en el Consejo Escolar, en la elaboración del plan de convivencia y a formular propuestas de mejora sobre el mismo.
- n) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
ñ) A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.
Deberes del alumnado:
Son deberes de los alumnos:
- a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo de sus capacidades. Este deber básico se concreta, entre otras, en las siguientes obligaciones:
- Asistir a clase con regularidad y puntualidad, según el horario establecido.
- Colaborar en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetar al profesorado y el derecho de sus compañeros a la educación.
- Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y del material didáctico. Aquellos escolares que se acojan al programa ACCEDE deberán cuidar los libros de texto de acuerdo a las instrucciones de la Comunidad de Madrid, DECRETO 168/2018, de 11 de diciembre de 2018.
- Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje, cumpliendo las tareas formativas que se le encomienden.
- Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.
- b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, la igualdad de derechos entre mujeres y hombres y todos los demás derechos fundamentales de los integrantes de la comunidad educativa, evitando cualquier tipo de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
- c) Respetar el proyecto educativo del centro y, en su caso, el carácter propio del mismo, de acuerdo con la normativa vigente.
- Además, son deberes de los alumnos:
- a) Tener hábitos de aseo personal, limpieza e higiene.
- b) Respetar las normas de convivencia, así como las de organización y funcionamiento, del centro educativo.
- c) Colaborar en la mejora de la convivencia escolar, respetando la autoridad y orientaciones del profesorado y los órganos de gobierno del centro.
- d) Comunicar al personal del centro las posibles situaciones de acoso o que puedan poner en riesgo grave la integridad física o moral de otros miembros de la comunidad educativa que presencie o de las que sea conocedor.
En materia de convivencia, corresponde a los alumnos:
- a) Participar de forma activa en el proceso de elaboración de las normas de convivencia, así como colaborar con el profesorado en tareas de organización y funcionamiento del aula.
- b) Participar en la promoción de la convivencia a través de los delegados de grupo.
- c) Ayudar en la prevención y resolución de conflictos a través de su participación voluntaria como alumnos ayudantes en convivencia.
Los delegados, en materia de convivencia, tendrán las siguientes funciones:
- a) Fomentar la convivencia entre los demás alumnos de su grupo.
- b) Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del centro para el buen funcionamiento del mismo.
- c) Participar en acciones y programas de mejora de la convivencia del centro, de ayuda entre iguales, en especial en casos de acoso, de igualdad efectiva entre hombres y mujeres y LGTBIfobia.
- d) Todas aquellas funciones que establezca las normas de convivencia y las normas de organización y funcionamiento.
11.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y TUTORES.
Derechos de los padres o tutores:
Los padres o tutores, cuando el alumno es menor, en relación con la educación de sus hijos o representados, tienen los siguientes derechos:
- a) A que sus hijos o tutelados reciban una educación con garantía de calidad, igualdad y equidad, conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y en las leyes educativas.
- b) A ser respetados por el resto de la comunidad educativa y a que se respeten las propias convicciones ideológicas, políticas, religiosas y morales.
- c) A la libertad de elección de centro educativo de conformidad con las normas vigentes, y a disponer de la información necesaria para poder ejercer este derecho.
- d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos o tutelados.
- e) A conocer las pruebas de evaluación realizas por sus hijos y recibir las aclaraciones sobre los resultados de las mismas.
- f) A recibir información sobre las normas que regulan la organización, convivencia y disciplina en el centro docente donde estudian sus hijos o tutelados.
- g) A ser escuchados en los procedimientos educativos de intervención ante las acciones contrarias a la convivencia escolar, en los términos establecidos en este decreto.
- h) Al respeto a la intimidad y confidencialidad en el tratamiento de la información que afecta a sus hijos o tutelados o al núcleo familiar.
- i) A colaborar con los centros docentes en la prevención y corrección de las conductas contrarias a normas de convivencia de sus hijos o tutelados.
- j) A asociarse libremente y a utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias, de acuerdo con la normativa vigente.
- k) A participar, a través del Consejo Escolar, en la elaboración y revisión de las normas que regulan la organización, convivencia y disciplina en el centro, en los términos establecidos en la normativa vigente.
- l) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
- m) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.
- n) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
Deberes de los padres o tutores:
Como primeros responsables de la educación de sus hijos o tutelados, a los padres o tutores les corresponden los siguientes deberes:
- a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.
- b) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.
- c) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones ideológicas, políticas, religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa.
- d) Conocer y respetar y hacer respetar las normas establecidas por los centros docentes, el proyecto educativo, así como respetar y hacer respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado en el ejercicio de sus competencias.
- e) Promover el respeto de sus hijos y tutelados a las normas de convivencia del centro y al cuidado de sus instalaciones y materiales.
- f) Responsabilizarse de la asistencia, puntualidad, comportamiento, higiene personal, vestimenta y estudio de sus hijos o tutelados menores de edad.
- g) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.
- h) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con los padres o tutores, para mejorar el rendimiento de sus hijos o tutelados.
- i) Conocer y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con el profesorado.
- j) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.
- k) Fomentar en sus hijos o tutelados una actitud responsable en el uso de las tecnologías de la información y comunicación, incluido el uso de los teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos, prestando especial atención a aquellos hechos que pudieran estar relacionados con el ciberacoso en el ámbito escolar.
- l) Recoger a sus hijos/as con puntualidad, a las salidas del centro, en los horarios establecidos. En caso de no acudir a recoger al niño/a, se pondrá en conocimiento de la autoridad competente (policía).
Los padres o tutores, en materia de convivencia:
Contribuirán a la mejora del clima educativo del centro y al cumplimiento de las normas, promoviendo en sus hijos o representados el respeto por las normas de convivencia del centro y a las orientaciones y decisiones del profesorado en relación con la convivencia escolar. Los padres o tutores, cuando el alumno es menor, podrán participar como voluntarios en acciones para la mejora de la convivencia.
11.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES.
Derechos del profesorado:
Al profesorado, se le reconocen los siguientes derechos:
- a) Al respeto y consideración hacia su persona por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.
- b) A desarrollar su función docente en un ambiente educativo de orden, disciplina y respeto a sus derechos en el que se garantice y preserve su integridad física, moral y profesional.
- c) A la libertad de cátedra, en consonancia con el marco constitucional.
- d) A participar y recibir la ayuda necesaria para la mejora de la convivencia escolar, con la colaboración de la comunidad educativa.
- e) A participar en la elaboración del plan de convivencia del centro y hacer propuestas para mejorarlo.
- f) A comunicarse con los padres o tutores del alumnado menor de edad en el proceso de seguimiento escolar de estos ante cuestiones vinculadas con la convivencia escolar.
- g) A recibir la colaboración necesaria por parte de los padres, o tutores del alumnado para poder proporcionar un clima adecuado de convivencia escolar y facilitar una educación integral al alumnado.
- h) A la protección y asistencia jurídica adecuada a sus funciones docentes, así como la cobertura de su responsabilidad civil, en el caso de los profesores de los centros públicos y, en relación con los hechos que se deriven de su ejercicio profesional y de las funciones que realicen dentro o fuera del recinto escolar, de acuerdo con la normativa vigente.
- i) A acceder a la formación necesaria en materia de atención a la diversidad, convivencia escolar, gestión de grupos, acoso y ciberacoso escolar, así como a recibir los estímulos y herramientas más adecuados para promover la implicación del profesorado en actividades y experiencias pedagógicas de innovación educativa relacionadas con la convivencia escolar y la resolución de conflictos.
- j) A participar en la vida y actividades del centro y en la organización, funcionamiento y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes educativas vigentes.
- k) A informar y ser informado en todo lo relativo a los aspectos educativos, administrativos, legales y profesionales en general que afectan al ejercicio de sus funciones.
- l) A poder ejercer el derecho de reunión, que se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes.
Deberes del profesorado en el ámbito de la convivencia escolar:
Son deberes del profesorado en el ámbito de la convivencia escolar los siguientes:
- a) Respetar y hacer respetar las normas de convivencia escolar, la libertad de conciencia y las convicciones religiosas, ideológicas, políticas y morales, así como la integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
- b) Cumplir los acuerdos y normas aprobados por el Claustro de profesores y/o Consejo Escolar del centro en materia de participación educativa y convivencia escolar, en el marco de la legislación vigente.
- c) Proporcionar al alumnado una enseñanza de calidad, igualdad y equidad, respetando su diversidad y fomentando un buen clima de participación y convivencia que permita el buen desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
- d) Aplicar las normas de convivencia del centro de forma rápida, proporcionada y eficaz, para mantener un ambiente adecuado de estudio y aprendizaje durante las clases, así como en las actividades complementarias y extraescolares, tanto dentro como fuera del recinto escolar.
- e) Informar a los padres o tutores del alumnado sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos o tutelados.
- f) Colaborar en la prevención, detección, intervención y resolución de las conductas contrarias a la convivencia y gestionar la disciplina y el orden, tomando las medidas correctoras educativas que correspondan en virtud de este decreto y de conformidad con las normas de convivencia del centro.
- g) Poner en conocimiento del tutor del alumnado, de los miembros del equipo directivo y de los padres o tutores, cuando corresponda, los incidentes relevantes en el ámbito de la convivencia escolar para que se puedan tomar las medidas oportunas, guardando reserva, confidencialidad y sigilo profesional sobre la información y circunstancias personales y familiares del alumnado, conforme a la normativa vigente, y sin perjuicio de prestar a sus alumnos la atención inmediata que precisen.
- h) Poner en conocimiento del equipo directivo aquellas situaciones de violencia infantil, juvenil o de género que presenten indicios de violencia contra niños y niñas o mujeres, de conformidad con la normativa vigente.
- i) Controlar las faltas de asistencia y los retrasos de los alumnos e informar a los padres o tutores, cuando el alumno es menor, según el procedimiento que se establezca en las normas de convivencia del centro.
- j) Velar por la igualdad de oportunidades de todos los alumnos y en especial del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
- k) Actualizarse en su formación sobre atención a la diversidad, convivencia escolar y gestión de grupos, así como promover actividades y experiencias pedagógicas de innovación educativa relacionadas con la convivencia escolar.
- l) La tutoría de los alumnos, la dirección y orientación en su aprendizaje, así como el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con los padres o tutores.
- m) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
- n) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
ñ) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
- o) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.
- p) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas y la colaboración y trabajo en equipo con los compañeros.
- q) Hacer públicos al comienzo del curso los contenidos, procedimientos, instrumentos y criterios de evaluación y calificación de las diferentes asignaturas.