¿Quiénes deben presentar solicitud de admisión para el curso 2026-2027?
Deben presentar solicitud de admisión las familias cuyos hijos e hijas se encuentren en alguna de estas situaciones:
- Alumnado que se incorpora por primera vez al sistema educativo público en:
- Segundo ciclo de Educación Infantil (3 años).
- Educación Primaria.
- Segundo ciclo de Educación Infantil (3 años).
- Alumnado que solicita plaza en un centro distinto al que le corresponde por adscripción única.
- Alumnado que desea cambiar de centro, tanto en Educación Infantil como en Educación Primaria.
- Alumnado escolarizado en centros con adscripción múltiple que deba cambiar de centro para el curso 2026-2027:
- En estos casos, es obligatorio presentar solicitud, incluso para optar a los centros adscritos.
- Si no se presenta solicitud, la Administración asignará plaza de oficio al final del proceso.
- En estos casos, es obligatorio presentar solicitud, incluso para optar a los centros adscritos.
¿Quiénes NO tienen que presentar solicitud?
No deben presentar solicitud de admisión las familias cuyos hijos e hijas:
- Continúan escolarizados en el mismo centro y en la misma modalidad educativa.
- Cambian de etapa dentro del mismo centro o recinto escolar, siempre que ambas etapas estén sostenidas con fondos públicos.
- Proceden de centros con adscripción única y desean hacer uso de dicha prioridad (por ejemplo, del colegio al instituto adscrito).
Presentación de solicitudes de admisión (proceso ordinario)
📅 Plazo de presentación
- El plazo para presentar solicitudes para el curso 2026-2027 es del 11 al 25 de marzo de 2026, ambos inclusive.
📝 ¿Cómo se presenta la solicitud?
Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática
- A través de la Secretaría Virtual (https://raices.madrid.org/secretariavirtual/) del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.
- La solicitud se dirige al centro elegido en primera opción.
- Permite:
- Agilizar el trámite.
- Hacer seguimiento del proceso.
- Consultar la información y resultados de la admisión.
- Agilizar el trámite.
- Es necesario disponer de un sistema de identificación electrónica válido (por ejemplo, Cl@ve u otros certificados admitidos).
🏫 Número de centros que se pueden solicitar
- En la solicitud se puede incluir:
- Un centro en primera opción.
- Hasta cinco centros más, ordenados por preferencia.
- Un centro en primera opción.
- Se recomienda incluir varios centros para aumentar las posibilidades de obtener plaza.
👨👩👧 Firma de la solicitud
- La solicitud debe estar FIRMADA POR AMBOS PROGENITORES O TUTORES LEGALES
- Si no es posible la firma de uno de ellos, deberá presentarse la declaración responsable correspondiente.
📌 Esta información corresponde al proceso ordinario de admisión regulado por la Resolución de 26 de noviembre de 2025 de la Comunidad de Madrid
BAREMACIÓN
Criterios prioritarios
1. Hermanos matriculados en el centro.
– UN hermano matriculado en el centro solicitado: 15 puntos.
– DOS O MÁS hermanos matriculados en el centro solicitado: 30 puntos.
2. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres o tutores legales del alumno.
– Situado en el mismo municipio que el centro solicitado: 12 puntos.
– En el caso del municipio de Madrid, si está ubicado en el mismo distrito municipal que el centro solicitado: +1 punto.
– Situado en un municipio de la Comunidad de Madrid distinto al del centro solicitado: 8 puntos.
3. Renta de la unidad familiar.
– Alguno de los padres o tutores legales es beneficiario de la ayuda de la RMI o del IMV: 12 puntos.
Criterios complementarios
5. Padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza: 10 puntos.
6. Alumno solicitante perteneciente a familia numerosa. El concebido no nacido se contabilizará a los efectos de aplicación del presente criterio de admisión.
6-1. Familia numerosa general: 10 puntos.
6-2. Familia numerosa especial: 11 puntos.
7. Alumno solicitante nacido en parto múltiple: 3 puntos.
8. Alumno solicitante perteneciente a familia monoparental: 3 puntos.
9. Alumno solicitante en situación de acogimiento familiar: 3 puntos.
10. Existencia de discapacidad física, psíquica o sensorial legalmente acreditada del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del alumno: 7 puntos.
11. Condición de víctima de violencia de género o del terrorismo: 2 puntos.
12. Condición de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza: 4 puntos.
13. CRITERIO ACORDADO POR EL CENTRO: Proceder de un colegio bilingüe: 3 puntos
Criterios de desempate
Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimirán aplicando los criterios en el orden que a continuación se exponen.
- Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro solicitado.
- Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres o tutores legales del alumno.
- Mayor puntuación obtenida en el apartado de renta de la unidad familiar.
- Mayor puntuación en el apartado de padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza.
- Mayor puntuación en el apartado alumno perteneciente a familia numerosa.
- Mayor puntuación en el apartado alumno solicitante nacido de parto múltiple.
- Mayor puntuación en el apartado alumno solicitante perteneciente a familia monoparental.
- Mayor puntuación en el apartado alumno solicitante en situación de acogimiento familiar.
- Mayor puntuación en el apartado discapacidad legalmente reconocida del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del alumno.
- Mayor puntuación en el apartado condición de víctima de violencia de género o del terrorismo.
- Mayor puntuación en el apartado condición de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza.
- Mayor puntuación en el apartado de otra circunstancia acordada por el centro según criterios objetivos y que deben ser hechos públicos por el centro.
- Sorteo público realizado por la consejería competente en materia de Educación.
Número para resolver situaciones de empate
Sale el 8 de abril
Fechas y plazos de las principales actuaciones
Del 11 al 25 de marzo: Plazo de presentación de solicitudes para el proceso ordinario de admisión.
La solicitud de admisión se podrá presentar por vía telemática, a través de la Secretaría Virtual, o en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, dirigida al primer centro incluido en la misma, o bien de manera presencial en el centro elegido en primera opción.
Sólo podrá presentarse una solicitud por alumno.
LA PRESENTACIÓN DE MÁS DE UNA SOLICITUD DARÁ LUGAR A LA ANULACIÓN DE TODAS.
Día 14 de abril: Publicación del listado provisional de alumnos solicitantes.
Días 15, 16 y 17 de abril: Plazo de reclamación al listado de alumnos solicitantes.
Día 23 de abril: Publicación de los listados provisionales de puntuación. Estos listados incluirán la resolución de las reclamaciones al listado de alumnos solicitantes.
Días 24, 27 y 28 de abril: Plazo para formular reclamaciones a la lista provisional de puntuaciones.
Día 7 de mayo: Publicación del listado definitivo de puntuaciones.
Día 27 de mayo: Publicación de la lista de admitidos en cada centro.
Días 28 y 29 de mayo: Plazo voluntario para realizar solicitud complementaria ante el SAE: exclusivamente para alumnos que han participado en el proceso de admisión y, tras su resolución, carecen de plaza escolar para el curso 2025/2026.
Hasta 12 de junio: Adjudicación de plaza escolar por los Servicios de Apoyo a la Escolarización a los alumnos no admitidos
Plazo de matriculación: del 11 al 25 de Junio.
La NO TRAMITACIÓN de la matrícula implica la perdida de la plaza asignada.
Enlaces útiles
ENLACES A NORMATIVA
Toda la información sobre el proceso de admisión para el curso escolar 2026-2027 (normativa, baremo, criterios de admisión, procedimiento, etc.) se puede consultar en la página web de la Comunidad de Madrid:
