Presentado un escrito de sugerencia, reclamación y/o queja (MODELO ANEXO I) el centro docente procederá de la siguiente forma:
– Dependiendo del medio de presentación de dicho escrito se procederá a hacer acuse de recibo del mismo, bien enviando confirmación de recepción a través de la misma dirección de email o bien mediante copia sellada por el centro del escrito si este se ha presentado presencialmente en la secretaría o Dirección del centro.
– Se informará de los plazos de contestación a dicho escrito que, dependiendo de la urgencia, extensión u otras circunstancias podrá variar entre 5 y 10 días lectivos.
– Enviada y/o entregada la contestación y resolución del mismo se podrán plantear los siguientes escenarios:
a. No conformidad con la respuesta recibida. Si se trata de un asunto relacionado con tutor/a, profesor/a o personal educativo se le informará de convocatoria a una reunión personal con Jefatura de Estudios y/o la Dirección del colegio y demás personal afectado en el plazo máximo de 7 días lectivos, plazo que se acortará en los supuestos de gravedad o perjuicio inminente para el/la alumno/a. De dicha reunión, si fuera necesario, se levantará acta que será firmada por todos los presentes en la misma. En el caso de discrepancia o no acuerdo, se firmará como no conforme.
b. Si tras esta reunión se persiste en la presentación del escrito se informará a la parte interesada de la siguiente fase del procedimiento que se iniciará con escrito dirigido por el reclamante a la Dirección de Área correspondiente (En nuestro caso D.A.T. Sur) y /o al Inspector de Zona.
c. No conformidad relacionada con un asunto administrativo o de secretaría se convocará a una reunión presencial con los afectados en plazo máximo de 5 días lectivos. De dicha reunión se levantará acta, si fuera necesario, que será firmada por todos los asistentes.
d. Si tras dicha reunión persiste en la presentación del escrito se le informará que la siguiente fase es la presentación por el reclamante de su petición en la Dirección de Área Territorial correspondiente (D.A.T. SUR, calle Maestro 19, Leganés).
e. Tras la instancia de la Dirección de Área Territorial y/o Inspección Educativa, en ambos casos, se informará de la posibilidad de acudir al procedimiento contencioso-administrativo para la resolución del caso.
Según el artículo 20.11 de la Orden 130/2023, de 23 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid a lo largo del procedimiento de revisión de calificaciones, los padres o tutores legales podrán obtener, previa solicitud al director del centro, copia individualizada y concreta de los documentos que condicionaron una calificación.
PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE LAS CALIFICACIONES FINALES
Pincha aquí para descargar el procedimiento.
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE COPIA DE EXÁMENES
Antes de formular cualquier revisión o reclamación, es conveniente que los padres o tutores legales se hayan reunido previamente con el maestro encargado de la asignatura en cuestión.
