Becas de Desayuno

¿En qué consiste esta ayuda?

La Comunidad de Madrid concede ayudas individualizadas de desayuno escolar a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción (RMI) o del Ingreso Mínimo Vital (IMV). El desayuno se realiza en el propio centro, antes del inicio de la jornada lectiva, y su finalidad es garantizar una alimentación saludable al alumnado más vulnerable.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitar esta ayuda las familias cuyo/a hijo/a cumpla los dos requisitos siguientes:

  • Estar matriculado/a en el centro durante el curso 2026-2027 en Educación Infantil (2.º ciclo) o en Educación Primaria.
  • Pertenecer a una familia perceptora de la Renta Mínima de Inserción (RMI) o del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de junio de 2026.

Fuera de este plazo, las Direcciones de Área Territorial podrán admitir solicitudes de alumnado que se incorpore al centro con posterioridad, o de familias que pasen a ser perceptoras de RMI o IMV después de la finalización del plazo ordinario, hasta el último día lectivo del curso.

¿Cómo se solicita?

La solicitud debe cumplimentarse y firmarse por los padres, madres o tutores legales del alumno o la alumna. Se puede presentar:

  • Por sede electrónica, accediendo a 
  • sede.comunidad.madrid

El modelo oficial de solicitud está disponible en www.comunidad.madrid

Si la solicitud se presenta  con la firma de un solo progenitor o tutor, deberá aportarse también un documento firmado por el otro en el que se refleje su conformidad.

Documentación necesaria

Junto con la solicitud deberá aportarse:

  • Copia en vigor del DNI, NIE o pasaporte de ambos progenitores o tutores legales.
  • Documento acreditativo de ser perceptor/a de la RMI o el IMV.
  • En caso de violencia familiar o de género: orden de protección u otro documento acreditativo según la Ley 5/2005.

También pueden aportarse documentos durante la tramitación a través de sede.comunidad.madrid (sección «Aportar Documentos»).

Cuantía de la ayuda

La ayuda cubre hasta 55 euros por alumno/a y mes. El importe se abona directamente al centro educativo, que es el encargado de gestionar la prestación del desayuno. Las familias no reciben ningún pago directo.

Esta ayuda es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de desayuno con finalidad similar, ya sea de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones públicas o de entidades privadas.

¿Tienes dudas?

Para cualquier consulta, puedes ponerte en contacto con la Secretaría del centro:

secretaria.cp.vicentealeixand.torrejondeardoz@educa.madrid.org

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