Los servicios de la red de orientación serán los encargados de realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado:
- Equipos de Atención Temprana (EAT)
- Equipo de Orientación Educativo y Psicopedagógicos (EOEP)
- Departamentos de Orientación de los Institutos de Educación Secundaria, Centros de Educación Especial, CEIPSO, centros concertados y privados.
Si tras la evaluación psicopedagógica, el orientador/a no concluye por ser un caso de especial dificultad, solicitará la autorización familiar y tramitará la derivación a través de la Dirección de Área Territorial (DAT) correspondiente.
Sí, tanto a través del "Ficha de derivación de alumno" (para lo cual requiere autorización familiar), especialmente marcando los apartados de “orientaciones educativas en el contexto escolar” y “orientaciones educativas y socio-comunitarias a las familias” como "derivación para el asesoramiento profesional" (en relación a metodologías y programas, recursos comunitarios, trabajo con familias, etc.)
Es necesaria, ya que la actuación del Equipo Específico es complementaria a la de los demás servicios de orientación y siempre se realiza en coordinación con estos.
Puedes consultar información sobre los niveles de detección y las herramientas de screening más adecuadas, así como la evaluación psicopedagógica aquí.
Si el orientador del centro educativo, considera tras su evaluación psicopedagógica, un caso de diagnóstico complejo/especial dificultad, es el orientador quien solicita al Equipo Específico una evaluación complementaria previa demanda, a través de los cauces establecidos.
Además es conveniente que las familias soliciten a través de los servicios sanitarios un juicio clínico.
En función de las necesidades que se determinen en la evaluación psicopedagógica, podrá escolarizarse en las siguientes modalidades de apoyo:
- No necesita recibir apoyo
- Apoyo intermitente
- Apoyo limitado
- Apoyo generalizado (Ed. Especial)
Si tu hijo/a no está escolarizado, será necesario contactar con el servicio de orientación correspondiente para que realicen la evaluación psicopedagógica.
- Si tu hijo/a tiene entre 0 y 6 años (educación infantil), será el Equipo de Atención Temprana de su zona.
- En caso de ser de otra comunidad y país acudir al Servicio de Apoyo a la Escolarización (SAE) de su zona.
El orientador/a del centro será el responsable de informar de este proceso.
En estos casos es conveniente acudir a servicios del Sistema Nacional de Salud español. A efectos de escolarización, es necesario ponerse en contacto con los servicios de orientación.
Para escolarizarse en centro preferente de atención a alumnado con TEA es necesario contar con un informe favorable de la Comisión Técnica Interterritorial (CTI). El orientador/a de su centro educativo será el encargado de este proceso.
No. Los apoyos se va ajustando a las necesidades del alumno/a y su contexto.
