ESTUDIAR EN LA EOI DE LAS ROZAS
La Escuela Oficial de Idiomas de Las Rozas ofrece formación oficial en los tres niveles: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponden a las competencias propias de los niveles definidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: A, B y C.
Al término de cada uno de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2 es posible obtener un certificado oficial, superando una prueba específica común en el ámbito de la Comunidad de Madrid (Prueba de Certificación). Este certificado, también puede obtenerse como alumno libre.
Estos certificados surten efecto en todo el territorio nacional.
Idiomas que se imparten:
Presencial
- Alemán
- Español para extranjeros
- Francés
- Inglés
- Italiano
A distancia
El Decreto 106/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se ordenan las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado en la Comunidad de Madrid, recoge en su capítulo III el acceso, admisión y matrícula de estas enseñanzas.
La Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, dicta cada año las instrucciones para organizar los procedimientos de acceso, admisión y matrícula de alumnos de nuevo ingreso en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad deMadrid, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
a) Enseñanza presencial (Alumnos oficiales):
En la EOI de Las Rozas se imparten los idiomas: alemán, francés, inglés, italiano y español para extranjeros.
El calendario escolar se entrega a los alumnos a principios de curso junto con las demás normas vigentes en el año académico.
El profesor lleva control de la asistencia a clase, ya que una asistencia regular repercute en la evaluación.
Si desea ser alumno en nuestra escuela, consulte la información específica en el menú Matrícula.
b) Enseñanza no presencial (Alumnos libres)
Se puede obtener certificación oficial de los niveles A2, B1, B2, C1 y C2 por la modalidad libre.
Las pruebas tienen lugar en única convocatoria en las fechas que determina la Consejería de Educación en el ambito territorial de la Comunidad de Madrid.
Más información en el menú Evaluación.
c) Enseñanza a distancia (Alumnos de That's English)
Esta modalidad sólo existe para el idioma inglés, a través del programa That's English. Está basada en el trabajo individual del alumno, apoyándose en los programas televisivos y materiales audiovisuales que se le facilitan al formalizar su matrícula.
Además los alumnos cuentan con apoyo tutorial presencial u online una vez a la semana. Para más información consulte THAT'S ENGLISH.
El acceso a las enseñanzas de idiomas requiere tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios.
Asimismo, podrán acceder quienes tengan catorce años, cumplidos en el año en que comiencen los estudios, para seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la educación secundaria obligatoria como primera lengua extranjera.
El personal que preste servicio en una escuela oficial de idiomas no podrá acceder a las enseñanzas que se impartan en ese centro, excepto en el caso de que se trate de un idioma que solo se curse en la escuela en la cual presta servicios.
Los extranjeros, además de los requisitos anteriores, deberán estar en posesión del NIE ó Pasaporte.
Quienes deseen estudiar un idioma que sea el oficial de su nacionalidad deberán atenerse a la normativa vigente que rige el procedimiento de admisión de alumnos oficiales y libres respectivamente.
En el momento de formalizar la matrícula o cuando se especifique en el procedimiento, es preciso presentar toda la documentación.
Cualquier persona, mediante autorización escrita y fotocopia del DNI del interesado, puede efectuar los trámites de matrícula en lugar de éste.
La matrícula es intransferible, tanto de una persona a otra, como de un idioma a otro.
LA FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA SE CONSIDERA DEFINITIVA CUANDO LA SECRETARÍA DEL CENTRO RECIBE Y REGISTRA EL JUSTIFICANTE DE PAGO DE LAS TASAS DE MATRÍCULA Y TODA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
Los solicitantes que inician estudios de un idioma accederán al nivel A1.
Quienes han estado anteriormente matriculados en una EOI deberán consultar en el centro a qué curso les corresponde acceder según su plan de estudios.
Quienes tengan conocimientos previos del idioma pero no han estado matriculados en una EOI anteriormente o han interrumpido estudios podrán solicitar la realización de una prueba de clasificación para acceder a un nivel posterior a A1 en los plazos que se establezcan.
Si disponen de alguna de las certificaciones reconocidas por la Comunidad de Madrid que acreditan el dominio de las competencias lingüísticas requeridas en el idioma que desean cursar podrán acceder a cualquier curso de los niveles básico A2, intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 o avanzado C2.
Los solicitantes que no realicen la prueba de clasificación o que no acrediten competencias lingüísticas en el idioma que desean cursar, solo podrán solicitar plaza para el nivel básico A1.
