Los listados provisionales de alumnado que ha solicitado el centro en primera opción se pueden consultar a partir del 14 de abril a través de https://raices.madrid.org/secretariavirtual. Se puede presentar reclamación a esos listados del 15 al 17 de abril.

Los impresos con las instrucciones de matrícula y los formularios de inscripción están disponibles en la página de impresos de secretaría.

Este bloque de información se irá actualizando con cada paso del procedimiento hasta final de curso.

La información detallada sobre el proceso de admisión a ESO y Bachillerato se puede consultar en: 

La información básica del centro está recogida en el siguiente documento.

Calendario del proceso ordinario

  • Lunes 9 de marzo: publicación de la información de vacantes, centros adscritos y circunstancias y requisitos aprobados por el centro para la adjudicación del criterio complementario.
  • Del miércoles 11 al miércoles 25 de marzo: plazo de presentación de solicitudes para el proceso de admisión a ESO y Bachillerato.
  • Martes 14 de abril: publicación de los listados provisionales de alumnado que ha solicitado el centro en primera opción.
  • Del miércoles 15 al viernes 17 de abril: reclamación a los listados provisionales de alumnado solicitante.
  • Jueves 23 de abril: consulta de la puntuación provisional de los solicitantes a través de la Secretaría Virtual.
  • Viernes 24, lunes 27 y martes 28 de abril: reclamación a la puntuación provisional.
  • Jueves 7 de mayo: publicación de la puntuación definitiva de los solicitantes.
  • Miércoles 27 de mayo: publicación del alumnado admitido.
  • Del jueves 11 de junio al viernes 3 de julio: plazo para formalizar matrícula en ESO y Bachillerato para alumnado admitido.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es del 11 al 25 de marzo.

Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía telemática, a través de la Secretaría Virtual de raíces, o de forma presencial en el centro educativo solicitado en primer lugar, a través de los procedimientos contemplados en la Ley 39/2015 o en el SAE que corresponda. La presentación de solicitudes por correo electrónico no es válida.

La solicitud será cumplimentada y firmada por ambos padres, madres o tutores legales del alumnado, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad, en cuyo caso deberá presentarse una declaración responsable. En las solicitudes cuyos nombres y apellidos incluyan preposición, artículo o preposición y artículo («de» o «de la», por ejemplo), deben grabarse tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE o Libro de familia.

El acceso, registro de solicitudes y consultas en la Secretaría Virtual de raíces se podrá realizar mediante:

  • Uso de las credenciales de raíces/roble que ya tengan los tutores legales.
  • Utilización de certificado digital.
  • Identificación electrónica a través de Cl@ve.
  • Registro en raíces mediante documento de identidad, nombre y apellidos, teléfono móvil, correo electrónico, contraseña y pregunta y respuesta de seguridad.

En las solicitudes se podrán indicar hasta seis centros educativos en los que se solicita admisión. Las familias del alumnado que esté obligado a ser escolarizado o cambiar de centro deben valorar solicitar varios centros.

En las solicitudes de admisión para cursar Bachillerato solo podrá incluirse una modalidad y vía de Bachillerato.

La Administración educativa realizará las consultas relativas a la información disponible sobre las circunstancias alegadas en la solicitud, evitando en la medida de lo posible que los solicitantes tengan que aportar o acreditar dicha información. Los solicitantes pueden denegar la realización de dichas consultas ante otras administraciones, en cuyo caso la solicitud deberá ir acompañada por al documentación acreditativa necesaria para la justificación de los criterios de baremación por los que se aspire a obtener puntuación.