COMUNIDAD EDUCATIVA
Equipo directivo
| CARGO | REPRESENTANTES |
|---|---|
| Director | Juan José Márquez González |
| Secretaria | Mº Luisa Laguna Martínez |
| Jefa de Estudios | Inmaculada Rodríguez López | Jefe de Estudios turno vespertino | Ana Isabel González-Ibáñez Gené |
| Jefa de Estudios Adjunta | Ana Ávila Poveda |
| Jefa de Estudios Adjunta | Blanca García-Tenorio Corona |
| Jefa de Estudios Adjunta | A. Marta Acosta Molero |
Consejo escolar
El Consejo Escolar es un órgano colegiado de gobierno del Centro. En él están representados todos los sectores de la Comunidad Educativa. Su constitución es obligatoria en todos los centros de gestión pública.
Cada dos años se renuevan la mitad de los representantes de cada sector a excepción de los representantes del Equipo Directivo que, como mínimo, estarán cuatro años. El Director del Centro será el Presidente del Consejo Escolar y el Secretario tendrá voz, pero no voto.
Competencias:
La LOMCE, en su artículo 127, establece las siguientes competencias:
- a) Evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión y las normas de organización y funcionamiento del centro.
- b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
- c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
- d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
- e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
- f) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
- g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
- g) Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la normativa vigente. Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
- h) Promover progresivamente la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3
- i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales y con otros centros, entidades y organismos.
- j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
- k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
- k) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.
- l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
Composición:
| MIEMBROS | REPRESENTANTES |
|---|---|
| Presidente | Juan José Márquez González |
| Secretaria | Mª Luisa Gómez Torrente |
| Jefes de Estudios | Inmaculada Rodríguez López Ana Isabel González-Ibáñez Gené |
| Profesorado | Álvaro del Río Delgado José Manuel Caballero Renieblas José Miguel Mangas Vicente Begoña Rupérez Sastre Mª Luisa Laguna Martínez Alfredo Messa López Claudia Palmero Gallego |
| Alumnos | Lucía del Barrio López Sofía Guijarro Márquez Sergio Gil Rubio Laura Egido Llamazares |
| Representantes madres/padres | Pedro Merchán Rodríguez Noelia Paz Pérez García Antonio Aguilar Martínez |
| Personal del PAS (Administración y Servicios) |
Julia González Maeso |
| Representante del Ayuntamiento |
Dolores Martín Alonso |
Comisión de Coordinación Pedagógica
La Comisión de Coordinación Pedagógica es el máximo órgano de coordinación docente del Centro.
Tiene como finalidad principal la coordinación de la planificación académica del Instituto y, en particular la de la programación didáctica en su conjunto.
Comisión de coordinación pedagógica
La Comisión de Coordinación Pedagógica está integrada por los siguientes miembros:
- El Director que será su presidente
- El Jefe de Estudios
- Los Jefes de Departamento
- El orientador del centro
- El Coordinador de la Actividades Extraescolares
- El Coordinador T.I.C.
Entre sus principales funciones están (artículo 56 del Real Decreto 83/1996, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los Institutos de Educación Secundaria):
- Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los Departamentos y Familias profesionales.
- Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias.
- Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo e impulsar planes de mejora.
- La CCP es la responsable de la realización y seguimiento del Proyecto Educativo y de las Programaciones.
| MIEMBROS | REPRESENTANTES |
|---|---|
| Directora | Juan José Márquez González |
| Jefa de Estudios | Inmaculada Rodríguez López y Ana I. González |
| Jefes de Departamento Didáctico | Mónica Ricote Loeches Lorena Lozano Almendral Begoña Rupérez Sastre Gonzalo Díez Díaz Gema Pizarro Jiménez Carolina Díaz Pérez Santiago Sempere Gutiérrez Ángel Gutiérrez Rubio Eva Núñez Fernández Silvia Julia Rodríguez de Llanos |
| Jefes de Departamento de Familia Profesional | Jose Manuel Caballero Renieblas Alfredo Messa López César Conde de Dios Claudia Palmero Gallego |
| Orientadora | Amara Rosado Sánchez |
| Coordinador Actividades Extraescolares |
José Miguel Mangas Vicente |
| Coordinador TIC |
Eva Núñez Fernández |
Tutores
El artículo 56 del Real Decreto 83/1996, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los Institutos de Educación Secundaria establece las funciones del Tutor:
- a) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de estudios y en colaboración con el Departamento de orientación del instituto.
- b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
- c) Organizar y presidir las sesiones de evaluación de su grupo.
- d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto.
- e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.
- f) Colaborar con el Departamento de orientación del instituto, en los términos que establezca la Jefatura de estudios.
- g) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.
- h) Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierna, en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.
- i) Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.
Claustro de Profesores
El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del Centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del mismo.
La LOMCE, en su artículo 129, establece las siguientes competencias:
- a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
- b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
- c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
- d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
- e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
- f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
- g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
- h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
- i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
- j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
- k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.
Todos los profesores tienen un periodo lectivo para atención a padres, previa petición de cita:
Listado claustro de profesores
| PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS | |
|---|---|
| Personal de Administración |
Cristina Muñoz Martín Cristina Gasca Vicente Patricia García de Mera |
| Auxiliares de Control | Miguel Ángel Carazo Álvarez Mª Mar Díaz Morante Isabel Nevado del Cruz Mª Dolores Soriano Bellerín |
DEPARTAMENTOS
Departamentos de Familia Profesional
- Administración y Gestión
- Electricidad Electrónica
- Sanidad
- Transporte y Mantenimiento de Vehículos
Departamentos Didácticos
- Artes Plásticas
- Biología y Geología
- Ciencias Sociales, Geografía e Historia
- Educación física
- Filosofía
- Física y Química
- Formación y Orientación Laboral
- Latín y Griego
- Lengua Extranjera: INGLÉS
- Lengua Extranjera: FRANCÉS
- Lengua Castellana y Literatura
- Matemáticas
- Música
- Orientación
- Tecnología
- Religión
