
Formación en Centros de Trabajo
La FCT es un módulo profesional de formación obligatoria que se cursa en todos los ciclos tanto en grado medio, de grado superior y FP Básica que se desarrolla en un entorno real de trabajo.
Las características del módulo de FCT:
• Completar la adquisición de competencia profesionales propias de cada título alcanzadas en el centro educativo.
• Adquirir una identidad y madurez profesional motivadora para el aprendizaje a lo largo de la vida y para las adaptaciones a los cambios de las necesidades de cualificación.
• Completar conocimientos relacionados con la producción, la comercialización, la gestión económica y el sistema de relaciones sociolaborales de las empresas con el fin de facilitar su inserción laboral.
• Evaluar los aspectos más relevantes de la profesionalidad alcanzada por el alumno en el centro educativo y acreditar los aspectos requeridos en el empleo que no pueden verificarse por exigir situaciones reales de trabajo
Acceso a la FCT:
Para acceder al módulo de FCT se requiere que los alumnos hayan superado todos los módulos profesionales de formación en el centro educativo.
También podrán hacerlo los alumnos que tengan pendiente de aprobar un solo módulo profesional que no guarde correspondencia con unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, siempre que su horario semanal no supere las ocho horas lectivas y que el equipo docente valore que el alumno ha adquirido la competencia general y los objetivos generales del ciclo formativo.
Desarrollo de la FCT:
El módulo de FCT se desarrollará durante el período lectivo establecido en el calendario escolar que se apruebe para cada año académico.
Estarán excluidos de este período los días correspondientes a las vacaciones de Navidad y Semana Santa y cuantos otros días sean declarados no lectivos en dicho calendario. La realización del módulo de FCT en otros períodos, en horarios no habituales (entre las 22:00 y 7:00 horas) o en días no lectivos tendrá carácter excepcional y se podrá autorizar únicamente en los casos en que concurran circunstancias especiales, tales como: estacionalidad de la actividad productiva, especificidad curricular del ciclo formativo, falta de disponibilidad de puestos formativos, etc.
Realización del módulo de FCT fuera de la Comunidad de Madrid:
Cuando los alumnos tengan que realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo en empresas o instituciones ubicadas en otras Comunidades Autónomas o en otros estados europeos, se requerirá la autorización expresa de la Dirección de Área Territorial.
Las solicitudes de autorización se tramitarán con anterioridad al inicio de las prácticas formativas y los alumnos no se incorporarán a los centros de trabajo para la realización del módulo de FCT hasta que no se tenga la correspondiente autorización.
Las prácticas que se realizan en otros Estados Europeos se pueden realizar como movilidad dentro del Programa Erasmus+.
Documentación del módulo:
• Convenios de FCT.
Para la realización de las actividades del módulo de FCT, los centros educativos que impartan ciclos formativos de formación profesional suscribirán convenios de colaboración con empresas u otras organizaciones, con autorización de la Dirección de Área Territorial.
• Relación alumno-entidad colaboradora.
La relación que se establece entre el alumno y la entidad colaboradora, como consecuencia del convenio suscrito para realizar el módulo de FCT contendrá: el lugar de realización de las prácticas, las fechas de comienzo y finalización de la formación, el horario en que se efectuará y el número de horas acordado.
Dicho documento no tendrá en ningún caso naturaleza laboral o funcionarial, por ello, los alumnos no podrán percibir retribución alguna por la actividad formativa que realicen, ni por los resultados que puedan derivarse de ella.
• Programa Formativo.
Los documentos anteriores irán acompañados del Programa Formativo que comprenderá el conjunto de actividades que el alumno debe efectuar durante el período en que se realice el módulo de FCT, para completar la competencia de cada título profesional. Dicho programa se concertará por el profesor tutor de FCT con el responsable de la empresa o entidad colaboradora.
Seguro de la FCT:
Seguro de Accidentes.
Los alumnos que realizan el módulo de Formación en Centros de Trabajo están cubiertos por el Régimen Especial de la Seguridad Social de Estudiantes, denominado Seguro Escolar, siempre que tengan menos de 28 años. Los alumnos mayores de dicha edad deberán hacer uso de la póliza complementaria que ha suscrito la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en caso de sufrir un accidente realizando las prácticas.
Seguro de responsabilidad Civil.
La responsabilidad civil de los alumnos matriculados en centros públicos durante la realización de las prácticas formativas, está cubierta por la póliza general de la Comunidad de Madrid suscrita, que cubre la responsabilidad de la Consejería de Educación derivada de todas las actuaciones que se desarrollen por la propia Consejería dentro del territorio nacional y en otros estados europeos.
EXENCIÓN
Procedimiento
- Podrá solicitar dicha exención el alumnado matriculado en el módulo profesional de FCT que acredite experiencia laboral. Se computará la experiencia acreditada hasta la fecha de solicitud de exención y deberá tener una duración equivalente de, al menos, un año a jornada completa en la que se hayan desempeñado actividades relacionadas con el sector productivo al que pertenece la familia profesional de las enseñanzas en las que se incorpora el módulo de FCT.
- La exención total o parcial del módulo profesional de FCT dependerá de las actividades desempeñadas en el entorno laboral y su correspondencia con los resultados de aprendizaje del módulo de FCT.
- El interesado presentará la solicitud en la secretaría del centro adjuntando la documentación siguiente:
- Trabajadores por cuenta ajena
- Certificado de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral, en el que conste específicamente la actividad desarrollada, las funciones desempeñadas y el período de tiempo en el que se han realizado.
- Certificado de la Tesorería General de la seguridad Social donde conste la empresa o empresas, la categoría laboral, el grupo de cotización y el período o períodos de cotización en las mismas.
- Trabajadores por cuenta propia
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina con los períodos de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Declaración responsable realizado por el autónomo, que incluya una memoria descriptiva de las actividades desarrolladas durante el ejercicio profesional.
- Trabajadores por cuenta ajena
Plazos
- Al menos dos meses antes de la fecha de la sesión de evaluación final ordinaria en la que el equipo docente deba adoptar la decisión de acceso al módulo profesional de F.C.T.
Normativa
Artículo 67 de la Orden 893/2022, de 21 de Abril , por la que se regulan los procedimientos relacionados con la organización, la matrícula, la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en la Comunidad de Madrid.
Solicitud
Documentación para el profesorado
APLAZAMIENTO
Procedimiento
Según lo establecido en el artículo 34 de la Orden 893/2022, de 21 de Abril ,
Podrá solicitar el aplazamiento de la convocatoria de FCT el alumno, con una antelación mínima de diez días a la fecha de inicio del citado módulo profesional o, en caso de causa sobrevenida en los cinco días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante, acompañada de la documentación que justifique las razones que se aleguen. El profesor tutor del módulo de FCT informará al alumnado sobre los plazos para solicitar el aplazamiento.
Además, se podrá conceder el aplazamiento a iniciativa del centro docente en los casos descritos en el citado artículo de la normativa.
Plazos
- Al menos diez días antes de la fecha de inicio del módulo de FCT.
Normativa
- Artículo 34 de la Orden 893/2022, de 21 de Abril
Modelo de Solicitud
COMPENSACIÓN DE GASTOS
Primer período (septiembre diciembre): antes del 12 de diciembre
Segundo periodo (marzo a junio): antes del 12 de junio
Los alumnos que realicen las prácticas FCT fuera de Madrid Capital (la ciudad de Madrid) tienen derecho a una compensación del gasto de transporte para la realización de dichas prácticas.
La compensación máxima está limitada por el precio del abono transporte de la zona que corresponda a la dirección de realización de las prácticas, teniendo en cuenta que cuando corresponde el abono de tipo joven el máximo este año 2024 son 8 €/mes
No se tiene derecho al cobro cuando las prácticas se realizan en la localidad de residencia del alumno.
Es necesario justificar el gasto adjuntando los justificantes de compra del abono o bien con facturas de combustible al nombre del alumno.
El alumno presentará la solicitud junto a los originales y copias de la tarjeta de abono transportes y los justificantes de compra o facturas de combustible (deben estar a nombre del alumno)
