RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2025, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, así como las etapas de educación especial en la Comunidad de Madrid para el curso 2026-2027.

Toda la información oficial y los modelos a cumplimentar sobre el proceso de admisión podrán encontrarse en la página de la Comunidad de Madrid, una vez sea actualizada:

Deberán presentar solicitud de admisión para el curso escolar 2026/2027 los alumnos que: 
  • Se incorporen por primera vez a centros sostenidos con fondos públicos que impartan segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria. 
  • Vayan a escolarizarse por primera vez en centros específicos o en unidades de Educación Especial sostenidos con fondos públicos. 
  • Estén escolarizados en la etapa de Educación Primaria en un aula de apoyo extenso y especializado en un centro de atención preferente para alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de trastorno de espectro autista y vayan a acceder a un IES para cursar Educación Secundaria Obligatoria.
  • Deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades o vías de Bachillerato. 
  • Soliciten plaza escolar en las Secciones Lingüísticas en lengua francesa o alemana en Institutos de Educación Secundaria, a excepción de los que procedan de colegios públicos con adscripción única y que estén autorizados para impartir el programa de lengua francesa o lengua alemana, respectivamente. 
  • Deseen solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel que les corresponda por adscripción única. 
  • Los alumnos escolarizados en centros con adscripción múltiple a otros centros educativos y que tengan que cambiar de centro para el curso 2025/2026. Para obtener plaza en alguno de los centros adscritos es imprescindible que estos alumnos presenten una solicitud de admisión.
  • Deseen cambiar de centro en cualquiera de las etapas y enseñanzas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente resolución.
No deberán presentar solicitud de admisión para el curso escolar 2026/27 los alumnos que:
  • Continúen cursando enseñanzas en la misma modalidad de escolarización y en el mismo centro o cambien de etapa educativa dentro de un mismo centro o recinto escolar, siempre que ambas etapas estén sostenidas con fondos públicos en el curso 2026-2027.
  • Los alumnos de las casas de niños, escuelas infantiles, centros sostenidos con fondos públicos en los dos ciclos de Educación Infantil, centros de Educación Primaria, así como de los colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria que tengan adscripción única a otro centro y quieran hacer uso de la prioridad que ello les confiere.

  • Publicación de la información definitiva sobre vacantes y adscripciones: 9 de marzo de 2026.

  • Plazo de presentación de solicitudes para el proceso ordinario de admisión (telemática o en el centro elegido en primera opción): del 11 al 25 de marzo de 2026.

  • Celebración del sorteo para resolver situaciones de empate: 8 de abril de 2026. Consulte el resultado del sorteo aquí.

  • Publicación de los listados provisionales de alumnos que han solicitado un centro como primera opción: 14 de abril de 2026.

  • Plazo de reclamaciones a los listados de solicitantes: 15, 16 y 17 de abril.

  • Publicación de listados provisionales de solicitantes con puntuación obtenida para cada centro: 23 de abril de 2026.

  • Plazo de reclamaciones a la puntuación obtenida: 24, 27 y 28 de abril de 2026.

  • Propuesta provisional del SAE para la escolarización de alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE): 5 de mayo de 2026

  • Plazo de reclamaciones a la propuesta de escolarización de alumnos con NEE: 6, 7 y 8 de mayo de 2026.

  • Publicación de listados definitivos de solicitantes con puntuación obtenida (excepto alumnos con NEE): 7 de mayo de 2026.

  • Adjudicación definitiva por el SAE de plazas para alumnos con NEE: 13 de mayo de 2026.

  • Publicación de la lista de admitidos en cada centro: 27 de mayo de 2026.

  • Plazo voluntario para realizar petición complementaria de centro para aquellos alumnos que han participado en el proceso de admisión y no han obtenido plaza en ninguno de los centros solicitados (telemática o en el SAE): 28 y 29 de mayo de 2026.

  • Adjudicación automática de vacantes para los alumnos que hayan presentado solicitud complementaria: 5 de junio de 2026.

  • Adjudicación de plazas por el SAE a los alumnos que no hayan obtenido plaza en ninguna de las opciones solicitadas, solicitudes duplicadas o con errores y solicitudes presentadas fuera de plazo para alumnos que deban estar escolarizados en el curso 2026/27: hasta el 12 de junio de 2026.

  • Plazo general de matriculación en centros de Educación Secundaria: del 11 de junio al 3 de julio de 2026.
    • OBSERVACIÓN: Para facilitar la atención de todo el alumnado que haya de matricularse en nuestro centro, el IES Doctor Marañón publicará un calendario orientativo para distribuir la matrícula durante este plazo.

  • Inicio del plazo para la presentación de solicitudes para el proceso extraordinario de admisión en ESO y Bachillerato: 3 de julio de 2026.

1. Presentación telemática a través de la Secretaría Virtual del Sistema Integral de Gestión Educativa Raíces, a la que accederán a través de Internet: https://raices.madrid.org/secretariavirtual , cuyo enlace será igualmente accesible a través del acceso habilitado para ello en el portal de Administración Digital de la Comunidad deMadrid, o a través de la página web de la Comunidad deMadrid.

La presentación telemática facilita y agiliza el proceso, así como el acceso al seguimiento e información sobre su desarrollo siendo la solicitud dirigida al primer centro incluido en la solicitud.

Solo podrá presentarse una solicitud por alumno, que deberá ser firmada digitalmente por ambos progenitores o tutores legales, salvo en los casos determinados legalmente. Si se acredita la imposibilidad de hacerlo, será necesario presentar la declaración responsable correspondiente.

En las solicitudes de admisión para Bachillerato solo podrá incluirse una modalidad y vía de Bachillerato.

Para facilitar la participación de las familias en el proceso de admisión y la presentación de solicitudes de admisión por vía telemática se pondrá a su disposición diversas opciones y posibilidades de acceso a la Secretaría Virtual, que podrá realizarse mediante la utilización, por cada uno de los padres o tutores legales, de alguna de ellas:

  • Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales. Con el fin de facilitar la utilización de esta opción, los centros podrán generar las credenciales de acceso a los progenitores o tutores legales que aún no dispongan de las mismas.
  • A través del sistema de identificación electrónica cl@ve.
  • Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático (Autenticación – @SCV) en el que se recogerán los siguientes campos: DNI, Nombre y apellidos, teléfono móvil, correo electrónico, clave y pregunta de seguridad. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo este año.


2. En formato papel, de manera presencial en el centro educativo solicitado en primer lugar, o bien dirigida al mismo por cualquiera de los procedimientos contemplados en la Ley 39/2015. Para ello debe cumplimentarse y firmarse el correspondiente impreso de solicitud y adjuntar la documentación necesaria. En este caso hay que tener presente que las consultas posteriores sobre el proceso de admisión solo se podrán formular personalmente, previa identificación, en la Secretaría de dicho centro, que dispondrá de la información a tal fin.

A tener en cuenta:

  • El impreso de solicitud consta de una hoja informativa y tres ejemplares en papel autocopiativo. La solicitud quedará inutilizada si se mantiene doblada mientras se rellena o si se efectúa alguna anotación en papeles colocados sobre dicho impreso.
  • La solicitud de admisión será cumplimentada y firmada por ambos padres, madres o tutores legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo, en cuyo caso deberá presentarse declaración responsable según el modelo que encontrará aquí. La presentación de la declaración responsable se reflejará en la solicitud de admisión.
  • En las solicitudes de admisión para Bachillerato solo podrá incluirse una modalidad y vía de Bachillerato.
  • La solicitud en papel para participar en el proceso ordinario de admisión de alumnos se podrá OBTENER en cualquier centro sostenido con fondos públicos, o a través de internet, en la web de la Comunidad de MadridEn este caso, una vez cumplimentada deberá hacer tres copias.
  • Además del centro solicitado en primera opción, en la solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta cinco centros educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido.
  • Rellene los datos con bolígrafo, utilice letra mayúscula y de forma clara. Ponga una X en las casillas destinadas a este fin.  

En el caso de las solicitudes de plaza escolar de alumnos sometidos a medidas de protección, con el fin de preservar el preceptivo anonimato, la solicitud solo se podrá presentar de forma presencial

Baremo para la admisión en la ESO

Baremo para la admisión en Bachillerato

Criterios para la baremación de solicitudes

Las familias deben prestar especial atención al proceso de baremación y presentar reclamación si en los listados de puntuación provisional no tuvieran reflejados sus puntos.

Oferta prevista de vacantes en nuestro centro para el curso 2026/27:

La oferta actual de vacantes en nuestro centro puede consultarse en este enlace.

Los alumnos de centros con adscripción única tienen la plaza reservada.

Las modificaciones que pudieran producirse con anterioridad a la adjudicación de plazas se publicarán en esta web.

Centros educativos adscritos al IES Doctor Marañón:

Los colegios de primaria con adscripción única bilingüe al IES Doctor Marañón son el CEIP García Lorca y el CEIP Daoiz y Velarde, ambos de Alcalá de Henares. Además, el CEIPSO Federico García Lorca de Camarma de Esteruelas, tiene adscripción única ordinaria para Bachillerato.

Si deseas consultar todos los centros adscritos al IES Doctor Marañón, incluidos los colegios con adscripción múltiple (tanto ordinaria como bilingüe), puedes consultarlos en el siguiente enlace.

Servicio de Apoyo a la Escolarización (SAE) de Alcalá de Henares:

C/ Daoiz y Velarde, 26 Alcalá de Henares- Tlf.91 889 53 59.

Email: sae090.este.alcala@madrid.org

Consultar la información actualizada a partir del 9 de marzo de 2026

Condiciones para la adjudicación del criterio complementario (3 puntos) en nuestro centro:

En ESO: Se adjudicarán 3 puntos a aquellos alumnos que cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:

  • Haber seleccionado el IES Doctor Marañón como primera opción en el proceso de admisión.
  • Proceder de un centro educativo bilingüe y acreditarlo mediante certificado de matrícula del centro correspondiente.

En Bachillerato: Se adjudicarán 3 puntos a aquellos alumnos que hayan seleccionado el IES Doctor Marañón como primera opción en el proceso de admisión.

Admisión en la vía de sección bilingüe:

La Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte establece que:

  • Concluido el proceso de admisión, el Equipo Directivo del centro determinará la incorporación de los alumnos de Educación Primaria que provienen de centros bilingües a la vía Sección Bilingüe de acuerdo con el expediente académico, el informe final de etapa y cualquier otro criterio objetivo que comporte la comprobación del nivel de conocimiento de la lengua inglesa.

  • En el caso de alumnos procedentes de colegios públicos no bilingües de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra procedencia, que soliciten plaza en Institutos de Educación Secundaria bilingües en lengua inglesa y que deseen cursar estudios en la Sección Bilingüe, necesitan acreditar un nivel de inglés en las cuatro destrezas equivalente al nivel B1 para cursar 1º y 2º ESO, y al nivel  B2 para cursar  3º y 4º de ESO. En caso de que dichos alumnos no estén en posesión del certificado correspondiente, deberán realizar una prueba de nivel que valore su competencia comunicativa en lengua inglesa en las cuatro destrezas, a través de la cual acreditarán haber alcanzado alguno de los niveles descritos en el párrafo anterior, según el curso de incorporación. Dicha prueba será realizada en el propio centro, siguiendo los criterios establecidos por la Dirección General competente en la materia.

Las solicitudes de admisión de alumnos con NEE (necesidades educativas especiales), dirigidas al centro elegido en primera opción, podrán presentarse a través de alguna de las opciones recogidas en la instrucción séptima, adjuntando en todos los casos el modelo anexo V.

La escolarización de los alumnos con NEE se realizará por los respectivos SAE a través del Sistema Integral de Gestión Educativa Raíces, se llevará a cabo de forma personalizada y tendrá en cuenta el perfil de cada alumno, la prioridad de centros solicitada por la familia, la puntuación obtenida en el proceso de baremación de solicitudes y la reserva de plaza para dichos alumnos en cada centro sostenido con fondos públicos.

Las fechas a tener en cuenta están publicadas en el apartado correspondiente de esta página web.

En el caso de las solicitudes de plaza de alumnos que hayan señalado NCE (necesidades de compensación educativa) por desventaja social serán analizadas por el centro solicitado en primera opción. Para su adjudicación, el centro realizará consulta al SAE y, de manera coordinada, resolverán
al respecto.

Durante el proceso de adjudicación, las plazas reservadas para alumnos con NCE que no hayan sido necesarias para resolver las solicitudes de dicho perfil, decaerán como vacantes de reserva para estos alumnos y se utilizarán para escolarizar al resto de alumnos solicitantes de plaza escolar.

La admisión en el centro por reagrupación familiar se tramitará en el mes de septiembre, nunca antes del comienzo del curso escolar 2026-2027.

Deberá solicitarse en el centro la conformidad de la dirección y adjuntar dicho documento a la solicitud que deberá realizarse por registro al Director del Área Territorial – Madrid Este

Pueden consultar el procedimiento aquí.

Si tienen cualquier duda, pueden contactar con la secretaría de nuestro centro en el email:
secretaria.ies.maranon.alcala@educa.madrid.org

Puedes encontrar información sobre cualquier centro de la Comunidad de Madrid en el Buscador de Centros: