📋 Guía Rápida de Convalidaciones en Formación Profesional (Curso 2026/2027)
Importante: Para solicitar cualquier convalidación es requisito imprescindible estar formalmente matriculado en el módulo correspondiente y haber abonado las tasas del curso.
1. 📂 Documentación a Presentar
Toda la documentación debe entregarse en la Secretaría del Centro:
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Solicitud Oficial: Modelo normalizado cumplimentado y firmado. ( descargar modelo V pinchar aquí)
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Justificante de Matrícula: Copia de la matrícula del curso actual.
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Certificación Académica Personal (CAP): Certificado oficial con notas de los estudios que aportas para convalidar.
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Para convalidar FOL desde LOGSE: Certificado de la formación en Prevención de Riesgos Laborales (Nivel Básico, RD 39/1997) (Obligatorio).
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Para Inglés Profesional: Certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas (EOI) (Nivel B1 para Grado Medio / B2 para Grado Superior) o Grado en Filología/Traducción.
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Para Estudios Universitarios: Plan de estudios oficial sellado y programas analíticos de las asignaturas superadas.
2. ⏳ Plazos Importantes
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Plazo de Presentación de Solicitudes:
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Ordinario: Desde la matrícula hasta transcurridos los primeros 15 días lectivos del curso.
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Matrícula Tardía: 10 días lectivos desde la fecha de formalización de la matrícula.
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Plazo de Resolución:
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Por el Centro: Máximo 1 mes desde la solicitud completa.
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Por el Ministerio: Los expedientes enviados al MEFPyD dependen de la resolución del Ministerio.
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Renuncia a la Convalidación: Dispones de 15 días tras la notificación para renunciar si prefieres cursar la asignatura para subir nota.
3. 🏛️ Tipos de Convalidación (¿Quién resuelve?)
A. Resolución por la Dirección del Centro (Resolución Directa / Autonómica)
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Módulos idénticos (mismo código y denominación): Traslado directo de la nota.
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Módulos transversales de la nueva ley:
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IPEI (1709) aportando FOL (LOE/LOGSE + PRL).
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IPEII (1710) aportando EIE o Título de FP de las familias de Administración o Comercio.
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Digitalización (1664/1665) y Sostenibilidad (1708).
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Módulos con tabla directa de convalidación publicada en los anexos del Real Decreto del título.
B. Resolución por el Ministerio de Educación (MEFPyD)
Se envían a través de la secretaría del centro pero las resuelve el Ministerio en los siguientes casos:
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Estudios Universitarios (Grados, Licenciaturas, Diplomaturas).
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Títulos antiguos de FP (LOGSE / Ley de 1970) que no figuren con equivalencia directa en los anexos del título.
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Acreditaciones no contempladas expresamente en la normativa autonómica.
⚠️ Reglas de Oro que Debes Recordar
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Asistencia Obligatoria: Debes asistir a clase y realizar las evaluaciones hasta que se te notifique oficialmente la resolución estimatoria.
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El Proyecto Intermodular NUNCA se convalida: Es un módulo no susceptible de convalidación ni exención.
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No reduce la FFE: Convalidar módulos no reduce el número de horas de la fase de Formación en Empresa.
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Silencio Administrativo: Transcurridos los plazos legales sin resolución, el silencio tiene carácter desestimatorio. Más información: PINCHA AQUI: Orientaciones sobre convalidación y PINCHA AQUÍ : cuadro de tablas de convalidación.
