Con fecha 16 de julio de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el extracto de la Orden 2335/2025, de 2 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2025-2026. Se adjunta a esta comunicación tanto el extracto como el texto íntegro de la orden.
Estas becas tienen como finalidad facilitar que personas jóvenes, especialmente aquellas en mayor riesgo de exclusión sociolaboral y abandono educativo temprano (migrantes, personas con discapacidad, minorías étnicas, jóvenes extutelados o desempleados de larga duración), retomen su formación a través de cursos que les permitan obtener una cualificación mínima, evitando así que la falta de acreditación académica limite su acceso al mercado laboral y perpetúe situaciones de desempleo.
Podrán beneficiarse de estas becas los jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que tengan reconocida la condición de beneficiarios y que, durante el curso 2025/2026, cursen en centros situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por esta Consejería y en modalidad presencial, alguna de las siguientes enseñanzas:
- Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
- Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
- Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Medio de Formación Profesional.
- Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
- Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional.
- Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria, desarrollados por centros privados, Ayuntamientos u otras entidades sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades u otro organismo público.
El plazo de presentación de solicitudes será del 17 de julio al 7 de agosto de 2025 y podrán presentarse:
- Telemáticamente, a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid, dirigida a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, mediante la página web institucional.
- Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
