Becas de Segunda Oportunidad

Becas de Segunda Oportunidad

Con fecha 16 de julio de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el extracto de la Orden 2335/2025, de 2 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2025-2026. Se adjunta a esta comunicación tanto el extracto como el texto íntegro de la orden.

Estas becas tienen como finalidad facilitar que personas jóvenes, especialmente aquellas en mayor riesgo de exclusión sociolaboral y abandono educativo temprano (migrantes, personas con discapacidad, minorías étnicas, jóvenes extutelados o desempleados de larga duración), retomen su formación a través de cursos que les permitan obtener una cualificación mínima, evitando así que la falta de acreditación académica limite su acceso al mercado laboral y perpetúe situaciones de desempleo.

Podrán beneficiarse de estas becas los jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que tengan reconocida la condición de beneficiarios y que, durante el curso 2025/2026, cursen en centros situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por esta Consejería y en modalidad presencial, alguna de las siguientes enseñanzas:

  1. Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
  2. Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
  3. Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Medio de Formación Profesional.
  4. Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
  5. Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional.
  6. Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria, desarrollados por centros privados, Ayuntamientos u otras entidades sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades u otro organismo público.

El plazo de presentación de solicitudes será del 17 de julio al 7 de agosto de 2025 y podrán presentarse:

  • Telemáticamente, a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid, dirigida a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, mediante la página web institucional.
  • Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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