Estas enseñanzas están dirigidas al alumnado de 18 años que no esté en posesión de ningún título de Formación Profesional o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos. Excepcionalmente, podrán incorporarse alumnos con 17 años que estén desescolarizados o aquellos en los que concurran circunstancias excepcionales debidamente acreditadas. 

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Según el Decreto 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria: «La superación de la totalidad de los módulos incluidos en un ciclo de Formación Profesional Básica conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria».

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