COMEDOR ESCOLAR
El comedor escolar es un servicio que facilita la organización familiar y el cuidado del alumnado. Además, es un espacio educativo, donde se trabajan hábitos de alimentación saludable, convivencia y autonomía.
Durante este tiempo, el alumnado está atendido por personal especializado que se encarga de su cuidado, vigilancia y acompañamiento.
El servicio de comedor puede utilizarse de diferentes formas, según las necesidades de las familias:
Usuario fijo
- Requiere matrícula previa (una sola vez). Las altas se producen el primer día del mes siguiente.
- Se mantiene automáticamente para cursos siguientes si no se comunica baja.
- Incluye el mes de junio por razones organizativas.
Usuario eventual
- Uso puntual en días concretos por imprevistos o urgencias.
- Requiere la compra previa de bonos.
Usuario fijo discontinuo
- Uso regular en determinados días de la semana durante un trimestre.
- Requiere pago anticipado del trimestre completo.
Usuarios fijos
- El precio lo fija la Comunidad de Madrid cada curso.
- El importe anual se divide en 8 cuotas mensuales (de octubre a mayo), incluyendo septiembre y junio prorrateados.
- En caso de ayudas o becas, se aplica la reducción correspondiente.
- Se paga mediante domiciliación bancaria.
- Los gastos por devolución de recibos corren a cargo de la familia.
Usuarios eventuales o fijos discontinuos
- El servicio tiene un coste superior al de usuario fijo (20% comida y 30% desayuno).
- Requiere la compra previa de bonos (mínimo 5 vales o menús) en el caso de eventual o el pago anticipado del trimestre completo en el caso de fijo discontinuo.
- Los bonos son válidos durante toda la escolarización.
- El pago se realiza mediante transferencia a la cuenta del colegio.
| Menú comida usuario fijo | 5,50€ |
| Menú comida usuario eventual o fijo discontinuo | 6,60€ |
| Bono de 5 vales/menús comida | 33,00€ |
| Menú desayuno usuario fijo | 3,85€ |
| Día de vigilancia de 7:30 a 9:00 | 2,85€ |
| Menú desayuno usuario eventual o fijo discontinuo | 5,00€ |
| Bono de 5 vales/menús desayuno | 25,00€ |
Pago por transferencia
Para utilizar el servicio en modalidad eventual o fija discontinua, es necesario enviar previamente al correo de secretaría el resguardo de la transferencia bancaria. También se utiliza este medio para el pago de recibos devueltos en la modalidad fija.
- Indicar el nombre del alumno o alumna.
- Especificar el servicio que se paga: 5 vales eventuales de desayuno, 14 vales fijo discontinuo de comida, recibo devuelto del mes de enero...
- Enviar a secretaría el resguardo de pago por transferencia.
Las devoluciones dependen de la duración de la ausencia y del aviso previo:
- Hasta 3 días de ausencia: no hay devolución.
- Entre 3 y 7 días: devolución del 50% si se avisa con al menos 3 días.
- Más de 7 días: 50% sin preaviso suficiente; 100% si se avisa con al menos 7 días.
Otros aspectos importantes:
- No se devuelve la parte correspondiente a costes fijos (personal), salvo ausencias prolongadas con aviso.
- En excursiones, huelgas u otras situaciones en las que no se presta el servicio, se devuelve el 50%.
- Las bajas deben comunicarse con al menos 7 días de antelación.
- En junio, la devolución es del 50% en cualquier caso.
La devolución se realiza mediante transferencia bancaria, una vez comprobado que no existen pagos pendientes.
Se pueden hacer las distintas gestiones usando estos formularios:Normativa del servicio de comedor
Generalidades
Naturaleza y finalidad del servicio.
El comedor escolar constituye un servicio complementario de carácter no obligatorio.
Su finalidad es atender las necesidades de las familias o tutores legales que no puedan hacerse cargo del alumnado durante esos periodos, facilitando la conciliación entre los horarios laborales y escolares.
El comedor escolar es un espacio educativo en el que se fomentan hábitos adecuados de alimentación, convivencia y buenas maneras individuales y colectivas.
El servicio proporciona una alimentación correcta y equilibrada desde el punto de vista sanitario y nutricional, que permite al alumnado usuario afrontar la jornada escolar en condiciones adecuadas.
Artículo 121Marco normativo.
El funcionamiento del comedor escolar se regula por la normativa de la Consejería de Educación, en particular por la Orden 917/2002, de 14 de marzo, y su modificación mediante la Orden 9954/2012, de 30 de agosto.
Dicha normativa establece, entre otros aspectos, las condiciones relativas a la contratación de empresas homologadas para la prestación del servicio, el periodo y duración del mismo, la proporción de personal en función del número de comensales, el control nutricional de los menús, el importe del menú escolar y los supuestos de precios reducidos.
El servicio se rige igualmente por la normativa específica aprobada por el Consejo Escolar del centro.
Artículo 122Periodo de prestación del servicio
El servicio de comedor escolar se desarrolla en dos periodos:
- El servicio de desayuno, en horario de 7:30 a 9:00 horas.
- El servicio de comida, en horario de 12:30 a 14:30 horas, organizado en dos turnos.
Ambos servicios cumplen una doble finalidad: la alimentación del alumnado y la prestación de atención educativa y vigilancia.
Cuando se hace referencia al comedor escolar se incluye tanto el servicio de desayuno como el de comida.
El servicio de desayuno, por estar gestionado directamente por el centro, se rige por las mismas normas de gestión, funcionamiento y convivencia que el servicio de comida.
Artículo 123Adjudicación del servicio y organización del personal.
La dirección del centro, previa información al Consejo Escolar y conforme a los procedimientos establecidos para la adjudicación de contratos basados en el Acuerdo Marco, determina para cada curso escolar la empresa responsable de la prestación del servicio.
El personal de la empresa que desarrolla su actividad en las instalaciones del centro está integrado por personal de cocina y monitorización.
El personal monitor asignado atiende de forma estable al grupo de alumnado que le corresponde durante el servicio de desayuno o comida, así como en las actividades anteriores y posteriores vinculadas al mismo.
Artículo 124Competencias de la empresa adjudicataria.
La empresa adjudicataria asume la prestación del servicio de manutención, así como el cuidado, atención y vigilancia del alumnado usuario, incluyendo la contratación del personal necesario.
Corresponde a la empresa la previsión y planificación de los menús mensuales, sin perjuicio de la facultad del equipo directivo para introducir modificaciones cuando lo estime necesario.
La programación mensual detallada de los menús de comida incluye orientaciones destinadas a que la cena resulte complementaria al menú del mediodía.
Los menús mensuales, junto con los menús tipo del servicio de desayuno, se comunican a las familias o tutores legales a través de la página web del centro o por escrito cuando así se solicite.
La elaboración de los menús se ajusta a criterios nutricionales que incluyen, entre otros, la limitación de productos precocinados, la alternancia de panes, pastas y arroces integrales con refinados, la incorporación de fruta ecológica y la reducción de azúcares.
Artículo 125Organización y supervisión del servicio.
El equipo directivo organiza y supervisa el funcionamiento del comedor escolar conforme a las normas de organización y funcionamiento aprobadas por el Consejo Escolar.
Las personas representantes de las familias o tutores legales en el Consejo Escolar pueden supervisar el funcionamiento del servicio y acceder a la información relativa a los productos utilizados en la elaboración de los menús, en los términos establecidos por la normativa sobre etiquetado de productos alimenticios.
Gestión: usos, precios, devoluciones e impagos
Para ser usuario fijo de los servicios del comedor escolar es necesario matricularse cumplimentando el impreso o el formulario de alta a través de la Web o de la secretaría:
- En la matrícula se especifica el alta en el servicio correspondiente, ya sea comida o desayuno, indicando la fecha de inicio prevista, que coincide con el primer día lectivo del mes correspondiente. Por razones organizativas vinculadas a la contratación del personal en función del número de usuarios, la matrícula como usuario fijo incluye necesariamente el mes de junio.
- La matrícula de alta se tramita una única vez y no requiere renovación anual. Si la familia o tutor legal no manifiesta lo contrario, se entiende que el alumnado continúa utilizando el servicio en el curso siguiente.
- Las altas se formalizan con efectos desde el primer día lectivo del mes y se comunican con una antelación mínima de tres días, a fin de facilitar la contratación del personal conforme a las ratios establecidas y la gestión de la domiciliación bancaria. Fuera de estas fechas, el servicio puede utilizarse en modalidad eventual.
- Las bajas o modificaciones de los servicios contratados se gestionan mediante la cumplimentación del impreso o formulario correspondiente.
Precio y forma de pago usuarios fijos:
- El precio de los servicios de comedor escolar es determinado cada curso escolar por la Consejería de Educación. El importe total correspondiente al número de días lectivos del curso, multiplicado por el precio diario del servicio contratado y dividido entre ocho, da lugar a ocho cuotas mensuales que se giran entre el 1 de octubre y el 1 de mayo. Los meses de septiembre y junio se prorratean en dichas cuotas.
- En los supuestos en los que exista beca o ayuda concedida, se calcula una cuota reducida conforme al importe reconocido, distribuyéndose la cuantía total de la ayuda entre las ocho cuotas anuales.
- El pago se efectúa exclusivamente mediante domiciliación bancaria, debiendo facilitarse los datos necesarios en el impreso correspondiente. Los gastos derivados de la devolución de recibos son asumidos por la persona usuaria.
- El cuadro de precios se publica en el tablón de anuncios y en la página web del centro e incluye los distintos conceptos aplicables al servicio de comida y desayuno, tanto en modalidad fija como eventual o fija discontinua, así como los bonos disponibles.
Precios y forma de pago usuarios eventuales y fijos discontinuos:
- El servicio puede utilizarse en modalidad eventual o fija discontinua. La modalidad eventual se refiere al uso esporádico en días concretos por circunstancias sobrevenidas. La modalidad fija discontinua se refiere al uso regular en determinados días de la semana durante un trimestre.
- En ambas modalidades, el precio del menú se incrementa en un veinte por ciento en el servicio de comida y en un treinta por ciento en el servicio de desayuno.
- Para la utilización del servicio eventual es necesario adquirir bonos:
- El bono mínimo es de cinco vales, equivalentes a cinco menús. Los bonos mantienen su validez durante toda la escolarización del alumnado y, en caso de no utilizarse en su totalidad, se procede a la devolución del importe correspondiente al finalizar dicha escolarización.
- El importe total de los menús previstos debe ingresarse previamente, en un único pago, en la cuenta bancaria del centro (ES10 2100 6095 5813 0016 5888), indicando en el concepto el tipo de bono y el nombre del alumnado.
- En la modalidad fija discontinua se requiere igualmente el ingreso previo, en un único pago, del importe total correspondiente al periodo del trimestre.
- Para el uso del servicio de desayuno en estas modalidades se comunica previamente a la secretaría mediante correo electrónico, adjuntando el justificante del ingreso. Los vales se entregan a la coordinadora de comedor.
- Para el uso del servicio de comida en estas modalidades se comunica previamente a la secretaría mediante correo electrónico, adjuntando el justificante del ingreso, y se informa además a la tutoría antes de cada utilización. Los vales se recogen en secretaría en el horario establecido.
Devoluciones por ausencia, bajas o no prestación del servicio.
En los supuestos de ausencia se tiene en cuenta que los costes fijos de personal, equivalentes al cincuenta por ciento del valor del menú, no son objeto de devolución, salvo en ausencias de larga duración debidamente preavisadas.
- Las ausencias esporádicas de hasta tres días no generan devolución.
- Las ausencias temporales de más de tres días y hasta siete días generan devolución del cincuenta por ciento únicamente cuando exista preaviso mínimo de tres días.
- Las ausencias superiores a siete días dentro de un mismo mes generan devolución del cincuenta por ciento sin preaviso o con preaviso inferior a siete días, y del cien por cien cuando el preaviso es igual o superior a siete días.
- La plaza se entiende contratada para todo el curso escolar. La baja definitiva requiere comunicación escrita en la secretaría con un preaviso mínimo de siete días. En caso contrario, el servicio continúa contratado y debe abonarse. Tras la baja se realiza la liquidación correspondiente entre el servicio consumido y el importe abonado.
- Las bajas en el mes de junio generan devolución del cincuenta por ciento con independencia del preaviso.
- En caso de huelga, excursiones o salidas en las que la comida se contrata en destino y no es proporcionada por el comedor escolar, procede la devolución del cincuenta por ciento.
La devolución se efectúa cuando se está al corriente de pago, una vez comunicada a la secretaría la cuenta bancaria para el abono y transcurridos los plazos para la devolución de los recibos (dos meses).
Artículo 130Impagos y pérdida de plaza.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Orden 917/2002, el impago da lugar a la pérdida de la plaza en el servicio de comedor, sin perjuicio de la obligación de satisfacer la deuda pendiente.
El retraso reiterado en el pago de la mensualidad, en tres ocasiones, puede igualmente dar lugar a la pérdida de la plaza.
El procedimiento es el siguiente:
- Cuando se produce la devolución de un recibo bancario, la secretaría comunica la incidencia a la familia o tutor legal por vía telefónica o mediante correo electrónico. En caso de reiteración, no es necesaria esta primera comunicación.
- Transcurrida una semana desde el primer aviso sin haberse regularizado la situación, la secretaría remite requerimiento formal mediante correo electrónico con acuse de recibo, otorgando un plazo de tres días para efectuar el pago.
- Si persiste el impago, la dirección comunica por escrito la baja efectiva del servicio a partir del tercer día desde la recepción de la notificación, pudiendo reforzarse la comunicación mediante llamada telefónica.
Servicio de vigilancia en horario de desayuno.
El servicio denominado “Primeros del Cole” puede prestarse en modalidad exclusiva de vigilancia, sin incluir la alimentación.
La prestación de esta modalidad queda condicionada a la existencia de una demanda suficiente, con un mínimo de diez personas usuarias antes del inicio del curso escolar en septiembre.
Organización: menús, excepciones, alergias, incidencias, entradas y salidas
Excepciones al menú único.
El servicio de comedor escolar se presta mediante un menú único, elaborado por el equipo de nutricionistas de la empresa adjudicataria, aprobado por el Consejo Escolar y con el visto bueno del equipo directivo, destinado al consumo de todas las personas usuarias y comunicado mensualmente con carácter anticipado.
Se contemplan las siguientes excepciones:
- En los casos de enfermedad grave o crónica, tales como alergias alimentarias o trastornos somáticos, es necesario presentar certificado médico. El comedor escolar no dispone de instalaciones, personal ni espacios específicos para la elaboración de menús especiales complejos que garanticen seguridad absoluta ante determinadas patologías. En consecuencia, la dirección, de acuerdo con los criterios establecidos por el Consejo Escolar, estudia junto con la familia o tutor legal las siguientes alternativas:
- Adaptación del menú cuando el alimento que perjudica la salud del alumnado pueda eliminarse o sustituirse con facilidad y seguridad, como sucede en determinadas alergias o intolerancias específicas.
- Propuesta de aportación de comida elaborada en el domicilio familiar cuando la sustancia nociva presente riesgo elevado de contaminación cruzada o dificultad de detección.
- En los casos de enfermedad leve (problema estomacal, intervención dental) la familia o tutor legal comunica por escrito a primera hora de la mañana, mediante correo electrónico dirigido a la secretaría, la dieta que necesita (blanda, fría, masticación fácil).
- Por razones religiosas no se establecen modificaciones específicas del menú. Se permite, previa comunicación escrita en la secretaría, la no ingestión de determinados alimentos sin alteración del menú general. La responsabilidad y seguimiento de esta decisión corresponde exclusivamente a la familia o tutor legal.
- En ningún caso se aceptarán propuestas de modificación del menú en función de criterios u opiniones personales.
Restricción de acceso a cocina y comedor.
Por razones sanitarias y de conformidad con las directrices del Departamento de Sanidad del Ayuntamiento, queda prohibido el acceso a la cocina o al comedor a cualquier persona ajena al servicio.
Cuando se requiera el uso de bienes o servicios vinculados al comedor escolar, la solicitud se canaliza a través del equipo directivo.
Artículo 134Seguimiento y comunicación de incidencias.
Se realiza un seguimiento individualizado del alumnado usuario en el que se recoge información relativa a su conducta y hábitos de alimentación. Con base en dicha información se elabora un informe trimestral que se entrega a las familias o tutores legales.
La información relativa a incidencias relacionadas con la alimentación del alumnado se facilita a las familias o tutores legales a través de la coordinación de comedor utilizando el formulario para entrevistas.
Las incidencias relacionadas con la convivencia, con la calidad del servicio o con el personal de apoyo y vigilancia se comunican al equipo directivo a través del formulario para entrevistas.
Las familias o tutores legales no pueden dirigir quejas o reclamaciones directamente al personal contratado por la empresa adjudicataria del servicio.
Artículo 135Normas internas de funcionamiento.
- Entrada al comedor:
- El alumnado usuario no puede abandonar el recinto escolar durante el periodo de prestación del servicio, salvo en compañía de la familia o tutor legal o mediante autorización escrita de estos, y siempre con conocimiento del personal monitor.
- El servicio de comida se organiza en dos turnos establecidos entre las 12:30 y las 14:30 horas.
- El alumnado es recogido en sus aulas de referencia por el personal monitor y se dirige al patio o al comedor según proceda.
- La asignación de turnos se determina por la dirección al inicio del curso escolar en función del número de personas usuarias.
- Antes de acceder al comedor, todo el alumnado hace uso de los servicios para el lavado de manos, con acompañamiento del personal monitor en el caso del alumnado de menor edad.
- El acceso al comedor se realiza por grupos, de forma ordenada y en silencio, ocupando el lugar asignado.
- Estancia en el comedor:
- El alumnado mantiene un tono de voz moderado, permanece sentado durante la comida, utiliza correctamente los cubiertos y consume los alimentos de acuerdo con sus características personales.
- No se permite abandonar el comedor sin autorización del personal monitor.
- La mesa y el suelo se mantienen limpios de restos de comida.
- El alumnado de mayor edad puede asumir funciones de apoyo en la mesa, tales como distribución de alimentos, mantenimiento del orden, reparto de pan y agua u otras tareas asignadas por el personal monitor.
- Al alumnado de Educación Infantil se le facilita la comida adaptada y partida cuando resulta necesario.
- Periodo de recreo:
- Durante el tiempo previo o posterior a la comida, el alumnado permanece en las zonas del patio indicadas por el personal monitor.
- En caso de lluvia, el alumnado de mayor edad puede permanecer en el porche, mientras que el alumnado de menor edad permanece en sus aulas, en la biblioteca, en la sala de psicomotricidad o en otros espacios que se determinen en función de las necesidades organizativas del momento.
Normas de convivencia: tipos de faltas, sanciones y procedimientos
Las presentes normas han sido elaboradas siguiendo los mismos principios que aquellas que rigen los tiempos lectivos y de conformidad con el Decreto 32/2019. Son normas puestas al servicio de la convivencia en el comedor escolar.
Todas las personas usuarias de dichos servicios las aceptan y se comprometen a cumplirlas en el momento de formalizar la matrícula para dicho servicio.
Artículo 137.Tipología de faltas.
1.- Faltas leves.
Se considera falta leve cualquier infracción de las normas de convivencia establecidas en el Plan de Convivencia que, por su entidad, no tenga la consideración de falta grave ni de falta muy grave. Las faltas leves se corrigen de forma inmediata, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de Convivencia.
Se consideran faltas leves:
- Comportamientos disruptivos leves (levantarse sin permiso, traer objetos o aparatos prohibidos…).
- Comportamientos inadecuados en las entradas y salidas, subidas y bajadas (actitud inadecuada en escaleras o filas, permanecer en lugares no autorizados, correr o gritar, salir sin respetar la indicación del personal responsable…).
- Faltas leves de respeto a los miembros de la comunidad educativa (conflictos leves entre iguales en los espacios comunes; mostrarse agresivo en los juegos; amenazas verbales leves; conflictos leves con el personal adulto como mentir, no atender indicaciones o mostrar malos modos…).
- Daños causados a bienes e instalaciones (esconder o deteriorar bienes ajenos, mal uso de los baños u otras instalaciones, no respetar las normas de uso de materiales y equipos…).
- Hábitos medioambientales y de consumo inadecuados (introducir o consumir productos no permitidos, ensuciar el recinto escolar…).
2.- Faltas graves.
Serán consideradas como faltas graves:
- Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio de sus derechos.
- Los actos de incorrección o desconsideración hacia compañeros u otros miembros de la comunidad educativa.
- Los actos de indisciplina y aquellos que perturben el normal desarrollo de las actividades del centro.
- Los daños causados en las instalaciones o en el material del centro.
- La sustracción, daño u ocultación de bienes o pertenencias de miembros de la comunidad educativa.
- La incitación a la comisión de una falta grave contraria a las normas de convivencia.
- La participación en riñas mutuamente aceptadas.
- La alteración grave e intencionada del normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el Decreto 32/2019.
- La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves.
- La omisión del deber de comunicar al personal del centro situaciones de acoso o que puedan poner en riesgo grave la integridad física o moral de otros miembros de la comunidad educativa.
- La grabación o difusión por cualquier medio de imágenes o informaciones de ámbito escolar o personal que menoscaben la imagen de miembros de la comunidad educativa o afecten a sus derechos.
- El incumplimiento de una medida correctora impuesta por la comisión de una falta leve, así como el incumplimiento de las medidas dirigidas a reparar daños o asumir su coste.
Tipología de sanciones
1.- Ante una falta leve:
- Amonestación verbal o por escrito.
- Expulsión de la actividad con comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o la dirección, privación del tiempo de recreo u otra medida de aplicación inmediata.
- Realización de tareas de carácter educativo que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o a la mejora del entorno.
- Prohibición temporal de participar en el recreo de comedor tras la comisión de la falta.
- Cualquier otra medida prevista en el Plan de Convivencia.
- Retirada de dispositivos electrónicos no autorizados.
2.- Ante una falta grave:
- Realización de tareas en el centro, durante el horario de comedor escolar, que contribuyan a la mejora de las actividades o a la reparación de los daños causados.
- Expulsión de la actividad con comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o la dirección, privación del tiempo de recreo u otra medida de aplicación inmediata.
- Prohibición temporal de participar en actividades programadas del comedor por un periodo máximo de un mes.
Procedimiento para la aplicación de las sanciones
1.- Personas competentes:
- La aplicación de sanciones por faltas leves corresponde al personal del comedor en los supuestos previstos, dando cuenta a la coordinación de comedor y al equipo directivo cuando proceda.
- La aplicación de sanciones por faltas graves corresponde a la jefatura de estudios o a la dirección, previa información de la coordinación de comedor.
2.- Criterios generales:
- La imposición de medidas correctoras tiene carácter educativo y procura la mejora de la convivencia en el centro.
- Preserva la integridad física y moral de los integrantes de la comunidad educativa.
- Mantiene el clima de convivencia necesario para que la actividad del comedor cumpla su función educativa.
- Favorece la toma de conciencia por parte del alumnado de los valores de convivencia.
- Educa en el reconocimiento de los límites de los actos y en la asunción de sus consecuencias.
- Se priorizan los derechos de la mayoría de la comunidad educativa y de las víctimas de actos antisociales.
- Se valoran la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumnado.
- Las medidas son proporcionales a la naturaleza y gravedad de la falta cometida.
- Favorecer la toma de conciencia por los alumnos de los valores de convivencia que deben regir en las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa.
- Educar a los alumnos en el reconocimiento de los límites de sus actos y en la asunción de las consecuencias de los mismos.
3.- Circunstancias atenuantes:
- Arrepentimiento.
- Ausencia de intencionalidad.
- Reparación del daño causado.
- Colaboración en el esclarecimiento de los hechos.
- No haber incurrido con anterioridad en incumplimiento de normas durante el curso académico.
4.- Circunstancias agravantes:
- Premeditación y reiteración.
- Uso de violencia o actitudes amenazadoras.
- Daño a compañeros de menor edad o recién incorporados.
- Conductas discriminatorias.
- Actuaciones en grupo que atenten contra derechos de la comunidad educativa.
- Gravedad de los perjuicios causados.
- Publicidad o difusión de conductas perturbadoras a través de medios electrónicos.
5.- Responsabilidad y reparación:
- El alumnado queda obligado a restituir pertenencias sustraídas y a reparar los daños causados.
- Cuando proceda, las familias o tutores legales asumen la responsabilidad civil correspondiente en los términos previstos por la ley.
- La reparación económica no exime de la medida correctora.
- Las normas de organización, funcionamiento y convivencia pueden prever la sustitución de la reparación material por tareas educativas.
- Cuando se incurra en conductas de agresión física o moral, se repara el daño mediante excusas y reconocimiento de responsabilidad, en público o en privado según proceda.
Servicio de desayuno
El servicio Primeros del Cole, que incluye desayuno y/o vigilancia, se presta todos los días lectivos del curso en horario de 7:30 a 9:00 horas.
Su finalidad es facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias o tutores legales, ofreciendo una apertura anticipada del centro y garantizando, al mismo tiempo, la adecuada atención del alumnado antes del inicio de la jornada escolar.
Además del acompañamiento y supervisión, el servicio incluye la posibilidad de desayuno, contribuyendo a que el alumnado inicie el proceso de enseñanza-aprendizaje en condiciones adecuadas de alimentación y bienestar.
Organización y gestiónEl servicio es gestionado directamente por el centro y se rige por las mismas normas de organización y clima de convivencia que el servicio de comedor escolar.
Se estructura en dos momentos diferenciados:
- Periodo de desayuno.
- Periodo de actividades supervisadas (lúdicas, creativas o motrices) hasta el inicio de las clases.
Ambas modalidades (vigilancia y desayuno) pueden prestarse de forma independiente, siempre que exista un número suficiente de alumnado para garantizar la viabilidad organizativa del servicio.
Modalidades y condicionesEs necesario formalizar matrícula previa.
El pago se realiza conjuntamente con el servicio de comedor.
El servicio de desayuno (no el de vigilancia) puede utilizarse en modalidad: fijo, fijo discontinuo y eventual.
Atención educativa y supervisiónEl alumnado es atendido por:
- Personal del servicio de comedor encargado del desayuno.
- Monitoras responsables de la vigilancia y de las actividades posteriores.
La empresa adjudicataria es la misma que gestiona el comedor escolar y es responsable tanto de la elaboración del desayuno como de la atención al alumnado durante este periodo.
El funcionamiento del servicio puede ser supervisado por representantes del Consejo Escolar, así como por representantes de las familias o tutores legales a través de sus asociaciones.
Menús y atención a la diversidadEl desayuno responde a criterios de alimentación equilibrada y saludable, incluyendo alimentos de distintos grupos:
- Fruta fresca.
- Cereales (preferentemente integrales).
- Lácteos.
- Opciones que incorporan verduras u otros alimentos saludables.
Se ofrece un menú común, diseñado conforme a criterios nutricionales adecuados para la edad del alumnado.
En situaciones de alergias, intolerancias u otras necesidades médicas debidamente acreditadas, las familias o tutores legales deberán aportar la alternativa alimentaria correspondiente, previa coordinación con el centro y la empresa adjudicataria.
Modelo de menúSe dispone de un modelo mensual (cuatro semanas). De las cuatro opciones previstas para cada día, se elaborará una distinta cada semana, en función de la organización y disponibilidad del servicio.
Lunes
Base: leche / bebidas vegetales / yogur natural sin azúcar.
- Pan con aceite de oliva.
- Avena con yogur natural sin azúcar.
- Sandwich con fiambre de pavo.
- Huevo revuelto.
- Fruta.
Martes
Base: leche / bebidas vegetales / yogur natural sin azúcar.
- Cereales sin azúcar.
- Queso fresco.
- Pan integral con humus.
- Tortitas de maíz.
- Fruta.
Miércoles
Base: leche / bebidas vegetales / yogur natural sin azúcar.
- Pan integral con tomate.
- Huevo duro.
- Sandwich vegetal.
- Tostada integral con aceite.
- Fruta.
Jueves
Base: leche / bebidas vegetales / yogur natural sin azúcar.
- Bizcocho casero con stevia.
- Pan integral con aguacate.
- Verduras (zanahoria, pepino...) con humus.
- Tostada integral de fiambre de pavo.
- Fruta.
Viernes
Base: leche / bebidas vegetales / yogur natural sin azúcar.
- Tortilla de verduras.
- Pan con aceite de oliva.
- Tostada integral pechuga de pollo.
- Pan integral con tomate.
- Fruta.
El servicio Primeros del Cole constituye un recurso complementario que contribuye a la organización familiar y al bienestar del alumnado, garantizando un entorno seguro, supervisado y coherente con el proyecto educativo del centro.
Proyecto Educativo del Comedor Escolar (extracto)
El Proyecto de Comedor Escolar es elaborado por la empresa adjudicataria del servicio en colaboración con el equipo directivo, se aprueba en el Consejo Escolar y se incorpora a la Programación General Anual del centro, formando parte de la organización educativa del colegio.
El comedor no es únicamente un servicio de alimentación, sino un espacio educativo complementario que contribuye al desarrollo integral del alumnado y al mantenimiento de un adecuado clima de convivencia.
Finalidades del servicio
El proyecto tiene como objetivos principales:
- Garantizar una alimentación equilibrada y adaptada a las necesidades nutricionales del alumnado, basada en el modelo de dieta mediterránea.
- Fomentar hábitos de higiene y autonomía personal.
- Desarrollar conductas adecuadas en la mesa.
- Promover valores de respeto, cooperación y convivencia positiva.
- Impulsar hábitos de vida saludable y sostenible.
Los menús son diseñados por profesionales en nutrición y se adaptan a situaciones específicas (alergias, intolerancias u otras necesidades debidamente acreditadas).
Organización y acompañamiento
El servicio cuenta con:
- Monitoras de comedor responsables de la atención directa al alumnado.
- Coordinación del servicio.
- Personal de cocina especializado.
- Seguimiento periódico por parte de la empresa y del equipo directivo.
La organización se ajusta a la ratio normativa y a la distribución por etapas educativas.
Actividades educativas y de ocio
Tras la comida, el alumnado participa en actividades adaptadas a su edad:
- Juegos cooperativos y deportivos.
- Talleres creativos y artísticos.
- Espacios de relajación (en Educación Infantil).
- Actividades dirigidas y juego libre supervisado.
Todas las propuestas fomentan la participación activa, la autonomía y la convivencia.
Evaluación y mejora continua
El servicio se somete a un sistema de seguimiento y evaluación que contempla:
- Control higiénico-sanitario.
- Organización y funcionamiento.
- Clima de convivencia.
- Cumplimiento de los objetivos educativos.
El comedor escolar forma parte del compromiso del centro con una educación integral, saludable y respetuosa con las diferencias individuales del alumnado.
