BECAS COMEDOR CURSO 24/25

         

Ya está disponible la  SOLICITUD de BECA de COMEDOR para el curso 2024/2025 así como las instrucciones para cumplimentarla e información sobre la protección de datos. Se puede solicitar hasta el 17 de junio.

 La Comunidad de Madrid ha publicado el ACUERDO de 25 de abril de 2024 por el que se aprueban las normas reguladoras de procedimiento de concesión directa de becas por comedor escolar.

. Se puede cumplimentar la solicitud y entregarla telemáticamente en este enlace también la puedes descargar y presentar en uno de los registros de la Comunidad de Madrid.

https://gestiona.comunidad.madrid/ereg_webapp_regelectronico/#/acceso-tramite/1963F1_24

Mas información sobre las becas de comedor la encuentras en este enlace.

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2024-2025

REGISTROS MÁS CERCANOS PARA PRESENTARLA PRESENCIALMENTE :

1.-OFICINA AUXILIAR DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTRO DE LA C. DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO.

C/ VÍA LUSITANA, 21, 28025,MADRID, de 9 a 14h.

2.- JUNTA MUNICIPAL DE CARABANCHEL.

PLAZA CARABANCHEL 1, 28025, MADRID, de 9 a 14:00h

Junto a la solicitud será necesario aportar copia de:

  • DNI O NIE, Si se manifiesta oposición expresa a la consulta de datos y consignar su número en la solicitud. 
  • CERTIFICADO DEL REGISTRO CIVIL acreditativo del matrimonio y miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento,         partida de nacimiento o documento equivalente. El Libro de familia expedido con anterioridad a la entrada en vigor de la ley 20/2011   del Registro civil, también producirá efectos.
  • CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA RENTA del ejercicio 2021 para determinar los ingresos familiares en caso de NO   AUTORIZAR LA CONSULTA con la agencia tributaria.
  • DOCUMENTO QUE ACREDITE LA MONOPARENTALIDAD en caso de haber existido matrimonio (certificado de defunción, Sentencia judicial de separación legal o divorcio…)
  • DISCAPACIDAD de algún miembro (certificado expedido por la Comunidad de Madrid) si se manifiesta oposición a la consulta de datos o ha sido expedido en otra Comunidad Autónoma.
  • BENEFICIARIO DE IMV por extinción de Renta Mínima Vital (RMI) Necesaria notificación de la resolución de extinción de RMI y además documento de estar percibiendo la prestación de IMV (Expedido como máximo 6 meses antes de finalización  del plazo de la convocatoria)
  • LA MODALIDAD DE RENTA PER CÁPITA. (ingresos inferiores a 4260€ de renta per cápita)

                    ES IMPRESCINDIBLE APORTAR DOCUMENTACIÓN SI SE OPTA A LA BECA POR  LAS SIGUIENTES MODALIDADES:

  • FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO. Documento acreditativo actualizado de prestar servicios en la Comunidad de Madrid. (Sólo Guardia Civil y Policía Nacional)
  • ACOGIMIENTO FAMILIAR. Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar. Cuando sea acogimiento temporal o pre adoptivo deberá estar expedido como máximo 6 meses antes de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
  • VÍCTIMA DEL TERRORISMO. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo.
  • VIOLENCIA DE GÉNERO. Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre. Cuando no sea orden de protección en vigor deberá estar expedida como máximo 6 meses antes de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes
  • PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición 
    Para acreditar la escolarización de alumnos nuevos con posterioridad al plazo de presentación de las solicitudes se deberá aportar propuesta de resolución de escolarización emitida por la Comisión de Escolarización. deberán aportar junto con la solicitud.
     

Los alumnos que soliciten la beca por la modalidad de RENTA no deberán superar unos ingresos de 8.400€ de renta per cápita teniendo en cuenta que computan solo como miembros de la unidad familiar padre, madre y hermanos menores de 25 años.

La solicitud deberá estar firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, madre, padre y hermanos.