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2026/2027 Becas COMEDOR

Plazo para solicitar la beca: hasta el 28 de mayo de 2026.

1. Nueva normativa

Se han publicado las bases para solicitar la beca de comedor para el curso 2026/2027.

Novedades ya en el curso pasado: para aquellos solicitantes en la modalidad de renta per cápita: menos de a 8.400 €. En el caso de familias numerosas, hasta 10.000 € per cápita.

2. Entrega de solicitudes

2.1. Cumplimentación y entrega online (recomendado)

  • Lugar de presentación: registro electrónico.
  • ¿Cómo cumplimentar?

Acceda a: beca de comedor para el curso 2026/2027.

Para cumplimentarla, haga click en ‘Administración digital’ > ‘Acceder’ > ‘Acceder a cuenta digital‘.

Es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve móvil,  Cl@ve permanente o Identifica.

Como opción cómoda y rápida en caso de no disponer de ninguna de las mencionadas, les recomendamos que se registre en Cl@ve. De esta forma, podrá empezar a utilizar Cl@ve móvil (descargando una app en su teléfono) o Cl@ve permanente (introduciendo una clave y un sms que le enviarán al teléfono).

Solo para Clave permanente:

Si ya se registró pero no recuerda su clave ni su código de activación, puede conseguirlo así:

2.2. Cumplimentación en papel y entrega presencial.

  • Lugar de presentación: registro o centro educativo. Lamentamos informarles que nuestro centro en esta convocatoria 2026/2027 no podrá recoger las becas por problemas con el sistema. Les animamos acudir a otro registro, como la ventanilla única del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. 

Puede descargar, a continuación:

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3. Importante

Aquellas familias que deseen optar por la Renta per cápita inferior a 8.400 €, deben multiplicar 8.400 € por el número de miembros de la unidad familiar (padres e hijos menores de 25 años; alumnos con discapacidad cuentan como dos). Los ingresos de la familia en el ejercicio 2024, deben ser inferiores a la cantidad resultante. En caso de superarlos, no solicite la ayuda porque le saldrá denegada.

Para las otras modalidades de becas (violencia de género, terrorista, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Ingreso Mínimo Vital…), consulte las bases.

4. Preguntas frecuentes

  • Me solicitan un certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativo de la renta del ejercicio 2024 con código seguro de verificación. ¿Dónde lo consigo?

Según aparece en las bases, para acreditar los ingresos debe presentar un «certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativo de la renta del ejercicio 2024 con código seguro de verificación.(…) No será válida la fotocopia de la declaración, ni copia de la confirmación de un borrador. Siempre deberá ser un certificado de la AEAT.» 

Hay familias que envían al centro el Modelo 100 de la Agencia Tributaria pero este documento no es válido.

Si tiene certificado digital o Cl@ve, puede descargar este certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria directamente en: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G306.shtml haciendo clic en ‘Solicitud y recogida inmediata’.

Si no tiene certificado digital ni Cl@ve, puede conseguirlo rápidamente en: (necesario disponer de DNI o NIE) https://site.educa.madrid.org/cp.principedonfelipe.boadilla/index.php/secretaria/otros-tramites/obtenga-su-certificado-digital/ 

  • ¿Qué hacer si alguno de los tutores legales no presenta la declaración de la renta porque no llega al mínimo requerido? 

En ocasiones se solicita a las familias los certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de ambos tutores legales (salvo familias monoparentales y casos debidamente justificados).

Si no constan datos en alguno de los certificados (por ejemplo, porque no presenta la declaración de la renta al no llegar al mínimo de ingresos requerido, ese tutor legal deberá deberá presentar, además del certificado, una de estas dos opciones de documentación: 

  1. Informe de vida laboral positivo o negativo de la Seguridad Social acompañado de las correspondientes nóminas o certificado del empleador en el que se determinen los ingresos del trabajador del 2024. Para aquellos en los que la primera fecha de alta en su vida laboral sea 2025, deberá aportar las nóminas o certificado del empleador del primer ejercicio en el que figure de alta.
  2. Documento expedido por los servicios sociales municipales en el que consten los ingresos de que dispone la unidad familiar. (No serán válidas las declaraciones juradas).
  • Me solicitan un informe de vida laboral. ¿Dónde puedo conseguirlo? 

Puede descargarlo directamente si dispone de certificado digital o de alguno de los sistemas de identificación electrónica que indica la Seguridad Social en este enlace.