Ampliación de Permanencia en el Centro para EE.EE.
El alumno, que habiendo agotado el tiempo máximo de permanencia establecido para las Enseñanzas Elementales de Música, o sus representantes legales, deberán solicitar la ampliación al director del centro cumplimentando el modelo que figura anexo a las presentes instrucciones. En dicha solicitud, el interesado expondrá las razones y aportará los documentos justificativos correspondientes.
El alumno podrá matricularse condicionalmente en el curso que corresponda a la espera de la resolución de su solicitud.
La Dirección de Área Territorial recabará del Servicio de Inspección Educativa el informe correspondiente, y elevará la documentación a la Dirección General para su resolución.
En el caso de que la resolución sea favorable, la matrícula pasará a tener carácter definitivo.
Ampliación de Permanencia en el Centro para EE.PP.
El alumno, que habiendo agotado el tiempo máximo de permanencia establecido para las Enseñanzas Profesionales de Música, o sus representantes legales, deberá solicitar la ampliación al director del centro cumplimentando el modelo que figura anexo a las presentes instrucciones. En dicha solicitud, el interesado expondrá las razones y aportará los documentos justificativos correspondientes.
La Secretaría del centro dará registro de entrada a la petición.
El Director del centro remitirá el expediente a la Dirección de Área Territorial que corresponda en el plazo de tres días hábiles desde la recepción de la solicitud incluyendo la siguiente documentación: — Solicitud del alumno y documentos justificativos aportados por el interesado. — Informe del tutor. — Certificación académica del alumno.
En el plazo no superior a veinte días desde la fecha de recepción de la solicitud en el Registro Auxiliar del Área Territorial, el Director del Área Territorial remitirá la documentación con el informe del Servicio de Inspección a la Dirección General de Ordenación Académica, para su resolución definitiva en un plazo no superior a diez días hábiles.
