Presentación de solicitudes

  1. El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá del 9 al 30 de abril de 2026, ambas fechas inclusive.
  2. Los solicitantes podrán elegir cualquiera de las siguientes opciones para presentar la solicitud y la documentación que debe acompañarla:
    1. Tramitación electrónica en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid: Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
      Las solicitudes y la documentación que proceda podrán presentarse de forma telemática a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid.
      La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud en el momento de su presentación y envío.
      Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente a través del enlace sede.comunidad.madrid, en la sección Aportación de Documentos y Consulta de Expedientes.
    2. Tramitación electrónica en la Secretaría Virtual del Sistema Integral de Gestión Educativa Raíces: a través del enlace https://raices.madrid.org/secretariavirtual, que será igualmente accesible a través del acceso habilitado para ello en el portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid. Se pondrán a disposición diversas posibilidades de acceso a la citada Secretaría Virtual. Los padres, madres o tutores legales, o el alumno solicitante en caso de ser mayor de edad, podrán utilizar alguna de las siguientes:
      • A través del sistema de identificación electrónica para las Administraciones Cl@ve. Se puede acceder a través de certificado digital, DNI electrónico, sistema de identificación de la Comunidad de Madrid Identifica, Cl@ve PIN, Cl@ve móvil, Cl@ve permanente o bien mediante la identificación con el nodo eIDAS para ciudadanos europeos.
      • Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático @SCV en el que se recogerán los siguientes campos: Tipo de documento, NIF/NIE/Pasaporte, nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono móvil, contraseña, pregunta de seguridad y respuesta de seguridad. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo.
      • Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a la Secretaría Virtual con dichas credenciales. Con el fin de facilitar la utilización de esta opción, los centros podrán generar las credenciales de acceso a los padres, madres o tutores legales que aún no dispongan de las mismas y tengan a sus hijos matriculados en centros sostenidos con fondos públicos durante el curso 2025-2026.
    3. Tramitación convencional en papel: en la secretaría del centro al que se ha optado en el apartado 4 de la solicitud o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 apartados b), c), d) y e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo, en todo caso, indicarse como destinatario el director del centro en el que se presenta la documentación.
      Si la solicitud se presenta en una oficina de Correos, deberá llevarse en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de que se proceda a su certificación, y se remitirá al centro al que se ha optado en el apartado 4 de la solicitud.
  3. La solicitud de admisión será cumplimentada y firmada por ambos padres o tutores legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad, en cuyo caso deberá presentarse la oportuna declaración responsable. La presentación de la declaración responsable se reflejará en la solicitud de admisión.
    Las solicitudes que incluyan nombres y apellidos con partículas, deben grabarse tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE, certificado del Registro Civil o libro de familia.
  4. Los aspirantes presentarán junto con la solicitud, según corresponda:
    • DNI/NIE/Pasaporte, en caso de no autorizar la consulta.
    • Carnet de familia numerosa, en caso de no autorizar la consulta.
    • Certificación de víctima del terrorismo.
    • Documento justificativo que acredite el pago del precio público por inscripción en prueba de acceso. Desde la página web www.comunidad.madrid los aspirantes podrán descargarse el modelo 030 (Servicios y Trámites/ Pago de Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos/ Música y Danza: servicios comunes por prueba de acceso.
    • Certificado acreditativo de discapacidad expedido por el órgano competente de otra comunidad autónoma.
    • Solicitud de adaptación para la realización de la prueba (solo para quienes lo requieran y hayan acreditado discapacidad).
    • Autorización del director del centro para cursar una segunda especialidad de forma simultánea a la que el solicitante se encuentra cursando.
    • Certificación académica de los estudios cursados en el caso de solicitantes de traslado y en el caso de aspirantes que soliciten realizar la prueba de acceso a una segunda especialidad.
    • Certificación de la puntuación obtenida en la prueba de acceso, en el caso de los alumnos solicitantes de traslado que hayan accedido a las enseñanzas en el curso 2025-2026.
    • Informe o dictamen de altas capacidades emitido por un Equipo de Orientación en el caso de aspirantes menores de ocho años a 31 de diciembre de 2026, según lo establecido en 274/2015, de 9 de febrero.
  5. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la administración de la Comunidad de Madrid.
  6. Aquellos que marquen la casilla correspondiente a “prueba de acceso” en la solicitud de admisión deberán aceptar la declaración responsable que figura en la misma. Dicha declaración hace constar que la persona que solicita participar en la prueba no está y no ha estado matriculada en las mismas enseñanzas y especialidad a las que opta en un centro público o privado autorizado.
  7. Los interesados deberán indicar en el impreso de solicitud los números de teléfono que aseguren las posibles comunicaciones relativas al procedimiento y la adjudicación.

** Documento justificativo que acredite el pago del precio público para la realización de la prueba de acceso (información general):

  • Puede proceder al pago aquí. Pago de tasas o precio público de la Comunidad de Madrid Pulse «Iniciar» / «Aceptar» la política de protección de datos / Seleccione «Pagar tasa o precio público» / En la ventana «Búsqueda por QR» introduzca el código 293. 293  –  ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL  -CONSERVATORIO PROF. DE MÚSICA DE GETAFE Servicios comunes: Prueba de acceso
  • El importe se puede abonar con tarjeta o en cualquier entidad colaboradora mediante la impresión del documento pulsando la opción «Pago Presencial». Entidades colaboradoras: BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER, BANKIA, BBVA, CAIXABANK y CAJAMAR.
  • Importe: 49€ 
  • Bonificación del 50% para familias numerosas de categoría General (24,50 €).
  • Exención del pago para familias numerosas de categoría Especial, minusvalía igual o superior a un 33% y víctimas del terrorismo.
  • En ambos casos se adjuntará documento justificativo en vigor.